SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QUERÉTARO. COMITÉ DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS. CON FUNDAMENTO A LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 35 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO. ADQUISICIÓN DE “TELAS, COBERTORES MATRIMONIALES, CORTE Y BORDADO PARA SUDADERAS Y PLAYERAS”

Pág. 5244 PERIÓDICO OFICIAL 8 de agosto de 2008
17.- Que el artículo 36 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro establece: “La Comisión de Control
Interno tiene competencia para”; y la fracción III refiere: “Elaborar y rendir los proyectos de dictamen sobre los informes
trimestrales del ejercicio presupuestal que se remitan a la Legislatura del Estado y presentarlos al Consejo para su
consideración, por conducto de la Secretaría Ejecutiva”.
18.- Que el artículo 87 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro establece: “Las determinaciones del
Consejo tendrán el carácter de”: y la fracción II dice: “Acuerdos”.
19.- Que el artículo 90 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro señala: “Los acuerdos emitidos por el
Consejo, que no sean de trámite, deberán contener un apartado relativo a anteceden tes, las consideraciones necesarias
para apoyar la procedencia del mismo, los fundamentos legales de la determinación y los puntos de acuerdo…”.
20.- Que el artículo 114 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro indica: “El Director ejercerá funciones de
dirección en materia operativa, coordinará y supervisará el trabajo de los órganos operativos.
Ejercerá las funciones de administración y ejercicio del presupuesto del Instituto, procurando el eficaz y cumplido us o del
patrimonio para los fines que la Ley establece, acatando las disposiciones conducentes de la L ey de Responsabilidades de
los Servidores Públicos, la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos, la Ley de Adquisiciones, Enaj enaciones,
Arrendamientos y Contratación de Servicios y la Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental, todas del Estado
de Querétaro, sin menoscabo de las atribuciones y obligaciones que se desprendan de otros orden amientos jurídicos
aplicables”.
21.- Que el artículo 116 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro establece: “Contará con una
Coordinación Administrativa, a cuyo frente estará un coordinador, quien deberá acreditar conocimien tos y experiencia en
materia contable-administrativa. El titular será designado por el Director.
La Coordinación Administrativa tendrá la estructura que el Consejo apruebe, a propuest a del Director y auxiliará a éste en la
conducción administrativa del instituto y en el ejercicio presupuestal del mismo”.
22.- Que el artículo 117 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro dice: “Corresponden a la Coordinación
Administrativa las atribuciones siguientes:” y la fracción IV cita: “Coadyuvar en el ejercicio del presupuesto del Instituto,
aplicando los lineamientos administrativos que al efecto apruebe el Consejo”.
23.- Que mediante oficio número DG/0246/2008 de fecha 4 de julio del presente, el Director General remite a la Comisión d e
Control Interno el informe del ejercicio presupuestal del segundo trimestre del año 2008, para su presentación, conoc imiento
y dictaminación.
24.- Que en sesión ordinaria de fecha 10 de julio del año en curso, la Comisión de Control Interno dictaminó favorablemente
la propuesta remitida por el Director General relativa al informe del ejercicio presupuestal del segundo trimestre del año
2008 conformado por: a) Ampliación Presupuestal; b) Informe de Ingresos y Egresos; c) Avance del Presupuesto A utorizado
2008; d) Balance General y Estado de Resultados.
25.- Que mediante oficio número CCI/062/08 de fecha 10 de julio del presente, la Comisión de Control Interno remitió al
Secretario Ejecutivo del Consejo General el dictamen en sentido favorable, relativo al informe del ejercicio presupuestal d el
Instituto correspondiente al segundo trimestre del año 2008 y un tanto del origina l de la minuta de dicha sesión, con el objeto
de presentarlo al Consejo General para someterlo a su consideración en la sesión correspondiente.
26.- Que para el adecuado cumplimiento de los preceptos legales precitados, e l Consejo General del Instituto Electoral de
Querétaro requiere aprobar el dictamen relativo al informe del ejercicio presupuestal correspondiente al seg undo trimestre
del año 2008, el cual fue emitido por la Comisión de Control Interno en sesió n ordinaria de fecha 10 de julio del año en
curso, con motivo del informe enviado por el Director General y presentado por conducto del Secretario Ejecutivo del propio
Consejo; lo que se contiene en el documento que se anexa formando parte integrante del presente acuerdo, dándose por
reproducido en este acto para todos los efectos legales a que haya lugar.
Con base en las consideraciones anteriores y con apoyo en lo dispuesto por los artículos 41 y 116, fracción IV incisos b) y c)
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7 y 32 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 58,
60, 62, 68 fracción XXV, 70 fracción IV, 74, 75, 79 fracción XIII, y demás relativos y aplicables de la Ley Electoral del Estado
de Querétaro; 21 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro; así como lo dispuesto por los artículos 1, 25,
26 fracción III, 36 fracción III, 87 fracción II, 90, 114, 116, 117 fracción IV y demás relativos y aplicables del Reglamento
Interior del Instituto Electoral de Querétaro, éste Consejo General tiene a bien expedir el siguiente:

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