Circular por la que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Servicio Integral Aeronáutico, Sociedad Anónima, Capital Variable

Fecha de disposición28 Julio 2011
Fecha de publicación28 Julio 2011
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Marina.- Organo Interno de Control de Marina.- Area de Responsabilidades.- Expediente SP-005/2010. CIRCULAR POR LA QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA SERVICIO INTEGRAL AERONAUTICO, SOCIEDAD ANONIMA, CAPITAL VARIABLE.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y

de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, 60 fracción III, y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 1, 3, 12, 57, 73 y 74 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria a la ley de la materia; 80 fracción I, numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y en cumplimiento al resolutivo primero de la resolución dictada el veintidós de septiembre del año dos mil diez, dentro del expediente SP-005/2010, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa Servicio Integral Aeronáutico, Sociedad Anónima, Capital Variable, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, con dicha empresa, por encontrarse inhabilitada por el término de seis meses.

En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente circular.

Las entidades federativas y los municipios deberán cumplir con lo señalado en esta circular cuando las...

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