Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el ejercicio fiscal 2007

Fecha de disposición28 Febrero 2007
Fecha de publicación28 Febrero 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el ejercicio fiscal 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

BEATRIZ ZAVALA PENICHE, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 25, 27 y Décimo Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos el Programa de Rescate de Espacios Públicos, se destinarán exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Las nuevas reglas de operación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil de febrero.

Que esta Secretaría recibió el oficio 312.A.-000158 de fecha 12 de febrero de 2007, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos; asimismo, recibió con fecha 20 de febrero de 2007, el oficio COFEME/07/0675 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN Y PUBLICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007

Unico: Se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el ejercicio fiscal 2007.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil siete.- La Secretaria de Desarrollo Social, Beatriz Zavala Peniche.- Rúbrica.

Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el Ejercicio Fiscal de 2007

1. Introducción

México presenta un constante crecimiento en sus niveles de urbanización. Según el II Conteo de Población y Vivienda 2005, 7 de cada 10 mexicanos viven en las ciudades y zonas metropolitanas que integran el Sistema Urbano Nacional (SUN).

Lo anterior ha provocado que resulten insuficientes las acciones de los gobiernos locales, para dotar de infraestructura y seguridad a la totalidad de la población asentada en las ciudades. Dicha problemática también afecta los espacios públicos urbanos.

Por ello, es necesaria la instrumentación de políticas públicas que atiendan los fenómenos precursores de la pobreza y precariedad urbanos. En este sentido, a partir de la presente administración federal, la política social incorpora, entre otras, las siguientes consideraciones:

La inseguridad pública ha socavado la capacidad de los mexicanos de alcanzar un desarrollo humano sustentable. Políticas dirigidas a mitigar las desigualdades sociales, resolver los problemas públicos de violencia intrafamiliar, adicciones, marginación, así como a dignificar los espacios urbanos, entre otras, coadyuvan a reducir el crimen y la delincuencia en el país. Rescatar el espacio público dignificando zonas marginadas y áreas de recreación, e impactando sobre los problemas sociales que son propicios para la proliferación de la delincuencia organizada. La instrumentación de una política preventiva y transparente, donde el ciudadano y sus derechos, sean de interés principal, y que utilice como eje rector el desarrollo humano sustentable, pugnando por establecer condiciones de vida dignas que prevengan el crimen y garanticen a todos el goce de sus derechos y libertades. El rescate de espacios públicos tiene una vinculación estrecha con el mejoramiento del entorno y el desarrollo comunitario, aspectos que contribuyen a superar la pobreza urbana. Por ello, la estrategia de atención incorpora acciones para el reforzamiento de los mecanismos de integración con el resto de la sociedad, para que las oportunidades de desarrollo puedan ser efectivamente aprovechadas por los hogares pobres.

El espacio público está sustentado en los valores culturales e históricos que la comunidad le otorga como parte de su identidad y pertenencia social. Es un punto de encuentro y de expresión comunitaria, así como un lugar de esparcimiento y de interacción y cohesión social.

La actual administración, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado, como parte de la estrategia de combate a la pobreza urbana, el Programa de Rescate de Espacios Públicos, que busca dignificar áreas marginadas y espacios comunitarios, incidiendo positivamente en aquellos problemas sociales que afectan la seguridad de las comunidades.

Este Programa busca la protección, conservación y aprovechamiento de los espacios públicos de las ciudades, entendidos como todas aquellas áreas de servicio y uso común, como son: plazas, alamedas, áreas verdes, parques, jardines, espacios deportivos y culturales, camellones, centros de ciudad, bosques y lagos, entre otros.

Con la recuperación de estos espacios y la reorientación de su uso, se disminuye la vulnerabilidad de los sectores en pobreza urbana ante la exclusión social, coadyuvando, a la vez, en el mejoramiento de la calidad de vida, mediante el fortalecimiento de la seguridad y la equidad social.

Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:

Acuerdo de Coordinación, al Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de los Subsidios del Programa, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios; Delegación o Delegaciones, a las representaciones de la Secretaría de Desarrollo Social en las entidades federativas; DGEIZUM, a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas; Ejecutor o Ejecutores, a las instancias responsables de llevar a cabo las obras y acciones apoyadas con recursos de este Programa; Entidades federativas, a los estados de la República Mexicana y el Distrito Federal; Lineamientos de Operación, a los procesos operativos internos de las instancias gubernamentales que participan en el Programa de Rescate de Espacios Públicos, los cuales se podrán consultar en la página de Internet del Programa: www.espaciospublicos.gob.mx; Oficio para la Asignación de Subsidios, al que emite la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, para la asignación de los subsidios por entidad federativa del Programa de Rescate de Espacios Públicos; Programa, al Programa de Rescate de Espacios Públicos; Proyecto integral, al conjunto de proyectos que converjan en el mismo espacio público, que se complementan, que contribuyan a un objetivo común y que sean afines a los objetivos del Programa; Proyecto, a las obras o acciones que corresponden a una modalidad del Programa y que es apoyado con subsidios federales y locales; Reglas, a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos; SEDESOL, a la Secretaría de Desarrollo Social; SIIPSO, al Sistema Integral de Información de los Programas Sociales de la Secretaría de Desarrollo Social; Subsecretaría, a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio; y Zona metropolitana, a las ciudades cuya superficie rebasa los límites político administrativos del municipio que originalmente las contenía y se extiende, como parte de sí misma o de su área de influencia, a los municipios vecinos (uno o más) con los que mantiene un alto grado de integración funcional y socioeconómica. 2. Objetivos

2.1. General

Recuperar espacios públicos, para fomentar la identidad comunitaria, la cohesión social y la generación e igualdad de oportunidades, así como contribuir a la disminución de la pobreza urbana y a la prevención de conductas antisociales.

2.2 Específicos

Incentivar la participación organizada de los habitantes en la identificación, diseño y ejecución de proyectos orientados a rescatar y mejorar los espacios públicos y procurar su apropiación comunitaria. Impulsar la prevención y atención de la violencia y seguridad comunitaria en...

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