Emiten Recomendaciones a La Sspdf Por Tortura a Ocho Personas

México, 28 Oct (Notimex).- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió una recomendación a la Secretaría de Seguridad Pública local por actos de tortura y tratos crueles e inhumanos de agentes de ese organismo, contra ocho personas que los grabaron en instalaciones del Metro.

Al dar a conocer la recomendación 11/2014 la presidenta de la CDHDF, Perla Gómez Gallardo, refirió que el 19 de junio y el 3 de agosto de 2013, el organismo a su cargo realizó la documentación de seis expedientes acumulados por estos hechos.

De esa investigación, la comisión determinó la violación a los derechos de libertad de expresión, acceso a la información y seguridad personal, así como a la integridad personal, en particular al ser sometidos a actos de tortura o penas crueles, inhumanas o degradantes, así como al uso desproporcionado de la fuerza.

Explicó que haciendo válido su derecho a la libertad de expresión y de información, las personas agraviadas se encontraban en instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro y documentaban, a través de grabaciones, al personal de la SSPDF.

Sin embargo fueron detenidos por agentes de la propia corporación policiaca, con lo que violentaron sus derechos y garantías individuales.

Las personas agraviadas son: Roberto Hernández, Aldo Sotelo Lázaro, Luis Méndez Pérez, Andrés Landero Quiroz, Lilia Marisol Hernández Martínez, Carlos Alejandro Barrera Jiménez y dos personas más que pidieron mantener la confidencialidad de sus datos personales.

La CDHDF recomendó a la secretaría de seguridad que en un plazo no mayor a 20 días naturales, contados a partir de la aceptación de la recomendación, se dé vista a la Dirección General de Inspección Policial de estos hechos, para que se investigue la responsabilidad administrativa en que incurrieron los servidores públicos involucrados.

También para que se inicien investigaciones respecto a la tortura a la que fueron víctimas Landero Quiroz y Hernández Martínez, y para que en un lapso no mayor de 60 días se repare íntegramente las afectaciones a Sotelo Lázaro y a Barrera Jiménez, por violación a su derecho y a su integridad personal.

Asimismo recomendó se repare el daño a Landero Quiroz y Hernández Martínez por violaciones a ese mismo derecho, al ser víctimas de torturas en los conceptos de daño emergente, moral y lucro cesante.

La comisión además dio un plazo de 60 días para que se incluya en los programas de capacitación al personal de la SSPDF...

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