Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se emiten las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2007

EmisorInstituto Federal Electoral

ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se emiten las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG23/2007.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se emiten las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2007.

Antecedentes

I. La reforma constitucional del 22 de agosto de 1996, implicó, a su vez, una reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que reconoce a las Agrupaciones Políticas Nacionales como formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática, de la cultura política y de una opinión publica mejor informada. La reforma también regula el régimen de financiamiento público de las Agrupaciones Políticas Nacionales exclusivamente para las actividades editoriales, de educación, capacitación e investigación socioeconómica y política.

II. El 22 de noviembre de 1996, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral integró la Comisión Permanente de Prerrogativas, Partidos Políticos y Radiodifusión.

III. El 28 de diciembre de 2003, el Congreso de la Unión aprobó diversas reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre del 2003, que flexibilizaron los requisitos para facilitar la constitución de Agrupaciones Políticas Nacionales

IV. El 16 de diciembre del 2004, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el Reglamento para el Financiamiento Público que se otorgue a las Agrupaciones Políticas Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de enero del año 2005.

V. El 16 de marzo del 2005, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo por el cual se emiten las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2005, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de abril de 2005.

VI. Las Agrupaciones Políticas Nacionales denominadas Unidos por México y Nueva Generación Azteca, A.C., inconformes con el Acuerdo del 16 de marzo de 2005 promovieron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sendos recursos de apelación, los cuales se radicaron en el expediente número SUP-RAP-27/2005 y SUP-RAP-28/2005 ACUMULADO.

VII. El 2 de junio de 2005 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó una sentencia que resolvió modificar el Acuerdo por el cual se emiten las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2005.

VIII. En Sesión Ordinaria del 14 de julio de 2005, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, que modifica el Acuerdo CG31/2005 por el cual se emiten las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2005, aprobado en sesión extraordinaria de fecha dieciséis de marzo del 2005, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de abril del año en curso, en estricto acatamiento a la resolución emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída al recurso de apelación, expediente número SUP-RAP-27/2005 y SUP-RAP-28/2005 ACUMULADO.

IX. El 13 de abril de 2006, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó las Bases para la Evaluación de la Calidad de las Actividades Editoriales, de Educación y Capacitación Política y de Investigación Socioeconómica y Política para el Financiamiento Público a las Agrupaciones Políticas Nacionales durante el año 2006, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2006.

Al tenor de los Antecedentes descritos; y

Considerando

  1. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 41, párrafo segundo, base III, párrafo octavo, preceptúa que el Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, entre otras actividades, los derechos y prerrogativas de las Agrupaciones Políticas Nacionales.

  2. Que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en su artículo 35, párrafo 7, dispone que las Agrupaciones Políticas Nacionales que cuenten con registro ante el Instituto Federal Electoral tienen derecho a recibir financiamiento público, para el apoyo de sus actividades editoriales, de educación y capacitación política y de investigación socioeconómica y política.

  3. Que en el párrafo 8 del mismo artículo y ordenamiento referidos en el considerando previo, se establece que se constituirá un fondo por la cantidad equivalente al 2% del monto que anualmente reciben los partidos políticos nacionales para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, y que en el párrafo 9 del artículo referido, se ordena que este fondo se entregará anualmente a las Agrupaciones Políticas Nacionales de conformidad con el Reglamento que al efecto emita el Consejo General del Instituto Federal Electoral.

  4. Que, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 34, párrafo 4, del Código de la materia, a todas las Agrupaciones Políticas Nacionales les será aplicable en lo conducente, lo dispuesto por los artículos 38, 49-A y 49-B, así como lo establecido en los párrafos 2 y 3 del artículo 49, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  5. Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 35, párrafos 7, 8 y 9, del Código electoral federal, y 2.1 y 3.1 del Reglamento para el Financiamiento Público que se otorgue a las Agrupaciones Políticas Nacionales, el Consejo General del Instituto Federal Electoral deberá aprobar en el año 2008 el respectivo Acuerdo por el que se establezca el financiamiento público para las Agrupaciones Políticas Nacionales para dicho ejercicio. En particular, en tal Acuerdo se definirá, entre otros, el monto que será distribuido entre las agrupaciones políticas nacionales con registro que acrediten los gastos realizados mediante la evaluación de la calidad de las actividades llevadas a cabo de conformidad con las presentes bases y la transparencia de sus erogaciones.

  6. Que atendiendo a los principios rectores de...

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