Acuerdo por el que se emite el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil
Publicado en | DOF |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, Secretario de Gobernación y Coordinador Ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o. párrafos primero y segundo, 2o. fracción I, 26 y 27 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 párrafos primero y segundo, 16, 32, 33, 34 y 37 de la Ley de Planeación; 2, 4 fracción I y 9 a 15 de la Ley General de Protección Civil, y 1o., 2o., 3o., 4o. y 5o. fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, señala la necesidad de transitar de un sistema de protección civil reactivo a uno preventivo con la corresponsabilidad y participación de los tres órdenes de gobierno, población y sectores social y privado;
Que para afrontar dicho reto, el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 propone mejorar la eficacia preventiva y operativa del Sistema Nacional de Protección Civil y de las unidades de protección civil emplazadas en todo el país; identificar y mejorar el conocimiento de amenazas y riesgos en el nivel comunitario; promover la reducción de la vulnerabilidad física; fomentar la corresponsabilidad, coordinación y comunicación de los tres ámbitos de gobierno, sectores social y privado, y población en general; fortalecer la investigación aplicada para desarrollar y mejorar tecnologías para mitigar los riesgos; implantar una política y cultura de autoprotección; desarrollar y procurar apoyos técnicos y financieros para mitigación y recuperación, y dar atención prioritaria a los grupos más vulnerables de la población, y
Que para dar cumplimiento a lo anterior y, estimando que la Ley General de Protección Civil otorga a la coordinación ejecutiva del Sistema Nacional que recae en la Secretaría de Gobernación, atribuciones para integrar, coordinar y supervisar el Sistema Nacional de Protección Civil para garantizar, mediante la adecuada planeación, la prevención, auxilio y recuperación de la población y de su entorno ante situaciones de desastre, incorporando la participación activa y comprometida de la sociedad, tanto en lo individual como en lo colectivo; así como para crear las instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de carácter técnico operativo, de servicios y logística que permitan prevenir y atender la eventualidad de un desastre; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
Unico. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a seis de octubre de dos mil seis.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.
Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil
El presente manual tiene por objeto sentar las bases de coordinación, organización y operación del Sistema Nacional de Protección Civil, con una visión integral y moderna.
El Sistema Nacional de Protección Civil y los distintos programas que lo integran, contienen gran cantidad de acciones interactuantes, que generan una alta necesidad de coordinación entre las dependencias y organismos participantes. Para ello, y con el fin de asegurar la intervención ordenada en la realización de sus tareas, se definen las funciones específicas de participación requeridas para llevar a cabo los subprogramas de prevención, auxilio y recuperación.
En este documento la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se integra y organiza, tomando como base la propia naturaleza de las atribuciones que tienen estas estructuras, y las actividades que se establecen para el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Civil.
Una adecuada organización en materia de protección civil permite disminuir los riesgos a que está expuesta la población. Por ello, en el presente Manual se describen (de conformidad a las atribuciones de cada dependencia y entidad) cuáles son las actividades que deben realizarse en la prevención, en el auxilio y en la recuperación de un desastre. Lo anterior permitirá por una parte precisar a las instancias responsables, y por otra, precisar y difundir cuáles son las actividades a que están obligadas las autoridades durante las diversas etapas de la protección civil.
El Manual pretende también precisar claramente que cada unos de los órdenes de gobierno tiene obligaciones en materia de protección civil y que su actuación debe ser subsidiaria, es decir, que primero debe actuar la autoridad local de primer contacto, la Municipal o Delegacional, y que sólo cuando ésta sea rebasada y no pueda responder, podrá actuar la autoridad estatal o del Distrito Federal, en su caso, y si ésta fuera rebasada en su capacidad de respuesta, actuaría la instancia federal. Esta definición funcional se define tanto en el aspecto material como en el financiero.
El presente Manual es producto del esfuerzo y participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, del Sistema Estatal de Protección Civil y Sistema Municipal de Protección Civil, y de organizaciones de los sectores privado, social, científico y académico. Los escenarios modernos de la atención de emergencia, la naturaleza misma de las acciones de protección civil, así como la evolución de la Administración Pública, hacen necesaria la participación de todos los integrantes del Sistema para la actualización del presente manual.
En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, que establece como estrategia central en materia de protección civil transitar de un Sistema Nacional de Protección Civil reactivo a uno preventivo, con la corresponsabilidad y participación de los tres órdenes de gobierno, la población y los sectores social y privado se elaboró el Programa Nacional de Protección Civil 2001-2006, entre cuyas líneas de acción se propone la actualización del Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil, para precisar la forma, alcances y modalidades de actuación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y de coordinación y concertación entre éstas y los gobiernos estatales y municipales y los sectores social y privado.
Antecedentes
Del análisis que se llevó a cabo sobre las acciones de prevención y auxilio ante desastres enfrentados en el pasado, como fue el caso de los sismos ocurridos en México el 19 y 20 de septiembre de 1985, surgió la necesidad prioritaria de contar con un Sistema integral que permitiera enfrentarlos eficientemente, para ello el ejecutivo federal convocó a un amplio y calificado grupo de ciudadanos, al que se denominó Comisión Nacional de Reconstrucción, en cuyo seno se desarrollaron los trabajos del Comité de Prevención de Seguridad Civil, dando como resultado el documento central contenido en el decreto por el que se aprueban las Bases para el Establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil y el Programa de Protección Civil que las mismas contienen, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 6 de mayo de 1986.
Una de las propuestas más importantes y base de la organización del Sistema, contenida en el referido documento, era la conformación de una Organización Federal, Estatal y Municipal de Protección Civil, integrada por los Consejos, los Organos de la Administración Pública y los Grupos Voluntarios. En ese esquema se señalaba que en un futuro se crearía dentro de la Organización Ejecutiva, una Dirección General de Protección Civil, pero que en un principio se trataría de una Coordinación General integrada por funcionarios ya...
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