Resolución No. 29 que Emite el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima por La que Se Declara la Inscripción Ante este Organismo Electoral del Registro Nacional como Instituto Político del Partido Nueva Alianza

Fecha de disposición10 Octubre 2009
Fecha de publicación10 Octubre 2009
SecciónAnexos
Número de Gaceta48

DEL GOBIERNO DEL ESTADO INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMARESOLUCIÓN No. 29

QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA POR LA QUE SE DECLARA LA INSCRIPCIÓN ANTE ESTE ORGANISMO ELECTORAL DEL REGISTRO NACIONAL COMO INSTITUTO POLÍTICO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA.

PROCESO ELECTORAL 2008-2009

RESOLUCIÓN NÚMERO 29

07/OCTUBRE/2009

RESOLUCIÓN QUE EMITE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA POR LA QUE SE DECLARA LA INSCRIPCIÓN ANTE ESTE ORGANISMO ELECTORAL DEL REGISTRO NACIONAL COMO INSTITUTO POLÍTICO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA, PARA LO CUAL SE EMITEN LOS SIGUIENTESR E S U L T A N D O SI.

El día 5 de julio de 2009 se llevaron a cabo en el Estado las elecciones locales para elegir al Gobernador del Estado, a los Diputados Locales por ambos principios y a los miembros de los diez ayuntamientos de la entidad; elecciones en las cuales participó el Partido Nueva Alianza, postulando candidatos comunes a los cargos de Gobernador del Estado, diputados locales en los dieciséis distritos electorales uninominales y miembros de los diez ayuntamientos de la entidad.

II.

Que mediante Dictamen número 01, de fecha 15 de julio del presente año, este órgano electoral llevó a cabo el procedimiento para el Cómputo de la Elección de Diputados de Representación Proporcional, la declaración de su validez, así como la determinación de la asignación de diputados para cada partido político por dicho principio y el otorgamiento de las constancias respectivas, para lo cual se hizo la revisión de las actas de cómputo de cada uno de los 16 distritos electorales uninominales en el Estado, se sumaron los resultados de los votos obtenidos por cada partido político y coalición, mismos que se plasmaron en dicho Dictamen, en la consideración número dos, fracción II; de tales resultados se desprende que el Partido Nueva Alianza obtuvo una votación de 3,367 votos, lo que equivale a 1.24 por ciento de la votación total emitida en el Estado para la elección de diputados locales de mayoría relativa.

III.

En virtud de lo expuesto en el resultando anterior, este Consejo General dictó la resolución número 27 del Proceso Electoral 2008-2009, con fecha 30 de septiembre del año que transcurre, en la cual se declaró la pérdida de inscripción ante el Instituto Electoral del Estado de Colima del registro nacional como institutos políticos de los partidos Convergencia y Nueva Alianza, por haber obtenido menos del 2% (dos por ciento) de la votación para diputados locales por el principio de mayoría relativa, de conformidad con el artículo 65, párrafo primero, fracción I, del Código Electoral del Estado.

C O N S I D E R A N D O S

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