Declaratoria de Emergencia por la ocurrencia de lluvia severa los días 28 y 29 de junio de 2010, en 8 municipios del Estado de Oaxaca

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EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LAURA GURZA JAIDAR, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12, fracción IX y 29, 30, 33 y 37 de la Ley General de Protección Civil; 10, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; numeral 3, fracción I del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN); y el artículo 9 del Acuerdo que establece los Lineamientos para emitir las Declaratorias de Emergencia y la utilización del Fondo Revolvente FONDEN (LINEAMIENTOS), y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio IEPC/DG/162/10, de fecha 29 de junio de 2010, el Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca, Lic. Ulises Ernesto Ruiz Ortiz, solicitó a la Secretaría de Gobernación a través de la Coordinación General de Protección Civil, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los Municipios de San Francisco Ixhuatán, Reforma de Pineda, Santo Domingo Ingenio, Santiago Niltepec, Santo Domingo Zanatepec, San Pedro Tapanatepec, Chahuites, San Dionisio del Mar y San Francisco del Mar, de la Región del Istmo, así como Santa Catarina Loxicha, Pochutla, de la Región de la Costa, todos en el Estado de Oaxaca, por la presencia de lluvia severa a consecuencia de los remanentes de la Tormenta Tropical "Darbie", y la onda tropical número 10, ocurrida los días veintisiete, veintiocho y veintinueve de junio del presente año dos mil diez.

Que mediante oficio número CGPC/792/2010 de fecha 30 de junio de 2010, la Coordinación General de Protección Civil, con el objeto de emitir la Declaratoria de Emergencia respectiva, solicitó la opinión a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), respecto de su procedencia.

Que mediante oficio número BOO.-1485 de fecha 2 de julio de 2010, la CONAGUA emitió su opinión técnica respecto de dicho evento, misma que en su parte conducente dispone lo siguiente: de acuerdo al análisis de la información y a la normatividad vigente, en opinión de la Comisión Nacional del Agua, es procedente emitir la Declaratoria de Emergencia para 8 Municipios; Chahuites, Reforma de Pineda, San Dionisio del Mar, San Francisco del Mar, San Francisco Ixhuatán, San Pedro Tapanatepec, Santiago Niltepec, y Santo Domingo Zanatepec del Estado de Oaxaca, por la ocurrencia de lluvia...

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