Embriaguez

Páginas332-402
./
EMBRIAGUEZ.
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del
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pe
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jáHos a
rtí
culos que sirven como
de
epígrafe al
presente
4 ca
tu
lo, nos
dan
una
id
ea detern;tinada de l a debili-
da
d de la
ley
penal respe·cto
del
modo· con que
estima
la
embriaguez; debilidád. .que facilita al autor de
un
he~
cho criminoso, los medios de -salvarse del rigor, del.
!]a
s-
\ '
/
332
tigo, recurriendo sólo á poner en
práctica
maliciosamen-
te
y con anticipación, las medidas adecuadas ·para justi-
fi
car esa embriaguez, para la adopción de cuyos 'medio~
·
none
ces
ita
mas
que cierta suma de perversidad inteli-
gente, y cortísimas exigencias materiales que coadyu-
ven con ventaja
{t
la
:ficc
ión, d e
la
que resulta, ó
la
ex-
cl
uf;!iÓn
de la responsabilidad criminal si el delincuente
puede demostrar que no es un ebrio habitual, ó
la
ate-
nuac
ión de la pena qu~ mereciera en
virtud
del delito
/ perpetrado, cuando la embriaguez
haya
sido incompleta,
y ·accidental ó involuntaria.
En
el caso de que
la
ern-
br
iagfi.
ez
sea
ha
bitual, el delito consumadc, se
reputa
com·9
de
culpa para la imposición de la pena, y, bien
sa
-
bida
es la enorme diferencia que
la
niisma ley es
tab
lece
para
castigar
esta
especie de delitos, y aquellos que es-·
tüha
bajo el aspecto de intencionales . .
~o
es en nuestro ánimo hacer en este capítulo el es-
tudio nosológico de la embriaguez, sino e
ntrar
de lleno
, en las consideraciones que surgen
de
la estimación del
estado ebrioso de un individuo ,
para
deducir de ellas
91
grado de responsabilidad ó de irresponsabili1ad que
pue·
·
da caberle en
Ja
comisión
'el.
e ciertos actos delic
tu
osos.
Ju zgaremos
la
embriaguez bajo los dos aspectos que de-
terminan para
ello.
los grados de irresponsabilidad ó de
responsabilidad crirnjnal, que son
1~
consecuencia forzo-
-
sa
de
los actos cometidos en el período. de perturbación
alcohólica; ó lo que es lo mismo, estudiaremos
para
la
...
-. irresponsabilidád penal, las circustancias hereditarias
a:ritropol6gicas 6 morbosas dei individuo, que, determi-
'Ilando
én
él mon manías impulsivas,
· llevan
involUJ?-·
,taria131ente á
la
comisión de
un
delito; y pára
su
respon-
1 \
\
333
sabilidad,
las
circunstancias
en
que
por
su
propia
volun-
.
tad
se
coloca,
ra
llevar á cabo
hechos
repr
obados p
or
la l
ey,
ya
sea
con iRtención deliberada y con
ciente
de
aprovecharse
de las consecneucias de
la
emb
ri
aguez, y a
sea
co-locándose por reincidencia viciosa, en condi-
ciones de
perturbación
mental
que
sabe lo
impulsan
á
la
perpetración
de actos reprensibles. ,
Todo -
est
udio
por
insjgnifica1
-ite
que sea, tiene .
bo
ll
e_
-
. ·zas
que
halagan y satisfacciones-
que
cautivan, así
co
mo
sus
aspe
rezas y escabrosid
ades
cuancfo la inteligencia
so engolfa
en
consideraciones .
que
quedan más
&:llá
del
lími
te
actual
de
la investigación
hum
a
na
; porque busc·
ar
la ide
en
la
masa
del cerebro y ,
seg
nir _sus diyersas evo-·
lu
ciones
hasta
lleg
a
la realización del
hecho
concebi-
do, es
tan
difícil por ahora, como llegar á esc
lar
ecer
un
a
por
una, y d
ete
rminándolas con
p1
\ecisión, las fo~cio;rns
ele
cada
un
'a
de
las
partes
componentes del mismo ce-
rebro.
·,
Tal
es la dificultad ·que nos ofrece el
present
,e
estudi
o
encaminado á
demostr
ar
hasta
dónde puede determinaT
una
responsabilidad
criminal
el
impulso moti-vado
por
la
. \
excitaci6n alcohólica,
guiada
por
una
inteligencia s ó
menos
perversa.
Desde cuándo empieza
la
respon
sabi
-
.
lidad
criminal
del ebrio· en
la
cpmisión de
un
hecho
re-
probado y
hasta
d6nde acaba ó cesa
esa
responsabilidud,
son motivos
de
un
estudio
que
casi
supe
·
ra
á
nue
st
ra
s
fuerzas, desfallecidas desde luego
ante
la diversidad de
ideas
ue
sobre
el
asunto
han
emitido notables jurisc
ón
-
sultos
y médicos-legistas
eminentes.
'
En
casos como el
presente,
conviene analizar
las
teo-
rías
establecidas
por
aquellas
personas
que con ·
más
em-
334
eño
han
dedicado al estudio
que
no"s
ocupa,
para
.
en
su
, vista y
en
virtud
de ese análisis, encaminar
nuestros
pasos sobre
segura
senda, y sacar de · nues
tras
investi-
gacione~ las apreciaciones que correspondan á
nuestro
inteilto.
· Siguiendo el
p1
:opó~ito fijado,
he
aquí lo
qu
e dice
el
Doctor Pedro
de
_ Mata en
su
obra
"La
1'CI
Z
Ón
humana."
La
embr
i
ag
uez es
una
forma, es un
estado
de
locura.,
por
mas
que
muchas veces no
seq,
esencial y sí
debida
al
abuso
Ík
bebidas
alco--
ólicas; el beodo, 1~ientras lo está, es
un
_loco,
no
se halla
en
el usu
de su razón, no ti~ne libre albedrío, no
sabe
lo que se hace; debe
ser
por
lo mismo y es't'an irrespou~able como 'el loco y el demente.
,
La
ley,
de
acuerdo
C';on
la
ju
st
ic
ia
y con todas las legislaciones,
ha
estab
lecido que
11n
hecho/
para
ser delito, sea
pr
ecisamente YO·
lnuta.rin é intencional.
La
inte.nción s
iempr
e constituye
la
moral,i-
dad
del acto. . . . . . Pues bien;
nada
más fácil que
probar
que no
son voluntarios los actos lle los beodos, y que
por
lo
tanto
no son, no
pueden ser delitol'.
Bien es
verdad
que
no es sólo en
España
donde se
considera
la.
embriaguez como
circunstancia
atenuante.
Casi todos han he-
cho lo
propio:
En
todas las legislaciones
antiguas
y modernas, se
ven· disposiciones iguales á las de nuestro Código, y aun
algunas
peores; y muchas
de
ellas· más
reñidas
todavía
que las
nuestras
,
co
n
la
civilización y
la
justicia.
La
Grecia,j
nzgaba
la
embriaguez con
tanta
severidad,
que
ni
co-
mo
excusa la
admitían
sus le
gislador
es
respecto
de
los actos
duran-
te
ella-cometidos y tenidos
por
delincuentes.
Pit
ac
o
estab
leció
pena
doble
contr11
las faltas y delitos cometidos clura~te ese período.
Solón condenaha á.los halcontcs ebrios
:i
la
pena
de
muerte. En
Espar
ta
se ca¡,tigaba ~éveramente la·
embriaguez
hasta
en las ba~a-
nales. Bien conocida es la
costumbre
que
había
en ese pueblo
de
e
mbriagará
los esclavos, con el objeto
de
que su
deplorable
estado
.llenase
de
horror
á los hijos
de
los bombreb libre!'! y les
sirviera
de
eje1~plo. -
Licurgo
lleg'ó á más,
arrancó
como más-
tarde
'lo liicie.:.
ron los chinos, las
cepas
de
las ,,füas_ : ·
.•
.,
3~5
En
Roma,
allá
en
los tiempo3
de
las
antiguas
leyes
Y..
de
los
.ft{i-
ci
os
onlinarios,
no
existían
las circiunstancias
atenuantes;
la
'
em-
briaguez,
por
lo
tanto
,
no
era
tenida
como
tal.
Pero-cuando
se
es-
tablecieron los
juic
i
os
ex
t1
·
aorclina
rios, tomándose los jueces
más
libertad
de aparta1·se
de
la ley, se aplicó á l a embriaguez
la
distin-
ción
seña
la
da
en el derecho romano, á
saber:
la
de
las acciones co-
metidas
clolo
malo,
y 1.as
perpetradas
ex
cinim
a frnpet
Íl
.
Entre
estas
últimas
co
lo
ca
Ma
rciano
la
embriaguez.
Los delitqs
de
los
ebrios
eran
castigados
co
n menos ri
go
r.
Lo
mismo sucedía respec-
to
del
derecho civil. Los
ebr
ios
eran
te nidos como niños, como
.
idiot
as, locos ó
perso~as
arrebat
:¡.
das
dominada
s
por
una
c61ern
Yiolenta, y en ese
estado
estaban
exento
s
ct
·e
responsabilidad. ·
Sin emb
ar
go.
en
la
misma
ltoma
se encuei:itran dis¡fosiciones.d
u-
i·as y b
árbaras
deb
id
as
á
la
repugnancia
y odio que
la
emo
riagucz
ins
piraba.
A los hombres ies es
taba
pl'Ohibido beber vtno antes
de
contraer
matrimonio, y en todo tiempo á las mujeres . El esposo, ·
cu·alquie r deud
o,
te
níi
el
derecho de
mat~r
á la muj
er
que bebiese vi-
1:
0.
:Met
e
lo
llegó á us
ar
de
~s
te
pr
ivilegio
bárbaro
que
la
l
ry
le
daba.
Los
árabes
y los-
mu
¡:,ulma
nes
pr
o
hiben
absolutamente
eJ
.
beber
vi-
no
. A !os embri
agados
les
aplicaban
en
otros
tiempos 40 palos,'
s1
e
ran
libres
, ú
SO
si
eran
esclavo¡¡. Soliman I mandó que se
vertiese
plomo
derr
etido
·en
la
boca
de
los bebe
dor
es. Solim~n
II
abolió
esta
bárba
ra
pena, y
tal
vez
por
esta
abo
li
ción consiguió
ser
ll
amado
et
l1orrach
o.
.
Castigando
lle
este
rnodo
la
embriaguez
y el beb
er
vino, se co,
m-
prende
bien lo
que
h
arán
esos pueblos con los delincuentes eor~os.
El derecho canónico,
fündál_ldo
se en el
saní
simo principio
de
que
to
da
acción debe
ser
ju
zga
da
en razón
de
la lucidez
de
conciencia
del
que la comete,
admite
la
embriaguez completa como
circunstan
'.
c
ia
atenuante.
. -
_En Alemania,
desde
los primeros
tiempo&1
.,
la
embriaguez
no cau~
s
aba
re
sponsabilidacf alguna . .
En
· el
sig
lo
VI
empezaron á,estable-
cerse distinciones
relativa
s~
loR
grados
de
la
emb;·iagiléz y al
estado
·
físico
de
los beodo
e.
Ya
se llamaron
ebrios
y ebriosos,
La
embria-
.
g1:1ez
involuntaria
,
por
ejemplo,
la
causa.
por
bebidas espi_
rituosas
con mezcla
de
substancias
.na,rcótiqas, ·
eximía
de '
to,dq
castigo.
no
. ha
bía
culpa
.
..
.
La
que no ab01ía el uso ~e
la
rpzón no
era
admitida
·
44
'\
-/
33'6
ni
como excusa, ni como
circunstancia
·
atenuante.
·
Por
últimó, ,
la
embriaguez
adquirida
voluntariamente
para
cometer
un
crimen
,
jamás
podría
admitirse
como excusa, no
podía
atenu
_ar un
acto
pe -
n
ado
por
la
ley.
Esta
doctrina
se
ha
venido
si
gu
iendo en
gepe
ra
l
en
toda
la
Alemania
hasta
hace poco tiempo.
-:-
Después de
la
anterior relación
hi
stórica que de las
penas
aplicables ú la embriaguez en algunos pueblos del
mundo,
hace
á vuela
pluma
el
aut
or, pasa
explicar la
estimacióh que la
(:)mbria
guez
tien
e en
la
penalidad de
otr
_os pueblos, bien como circl~nstancia que
at
e
:1úa
el
delito, bien como circunstancia que exc
lu
ye
la
respon
"'
sabilidad consiguiente al hecho criminoso cometido. ·
. ,
Abandonando al
autor
citado
durante
esa e~~plicación ,
sigámoslo más l;ldelante en sus consiaeraciones propias,
que, son las que deben
tener
valor en
la
presenté
cues-
tión que nos ocupa.
Continúa diciendo el Sr. de Mata:
J
Cua-ndo más meditemos sobre.
esta
grave
y
tniscendental
cuestión,
tanto
s profundamente convencidos nos Rentiremos
de
que la em-
br_ie
·guez, no sólo clebe
ser
tenida
como
circunstancia
aten
ua
nte
,
sino que debe
eximir
de
toda
responsabilidad
criminal
como cual-
quiera
otra
locura. ' /
..
La.
locura no' es si
empre
esencial 6 id í9pática; á veces es sintomá-
tica,
; dependiente de Ótra enfermedad,
capaz
de
trastornar
las
fun-
ciones cerebralés, ó ·
cte-
la
acción tilás ó menos
pasajera
de
ciertas
substancias
que también desconciertan el
entendimiento
y la· volun-
tad,
aboliendo 6 suspendiendo, mient; as
dura
su acció~, el
libre
a-
1.
,
bedrío
de]· hombre.
·
Entre
fas locuras-sintomáticas
está
la
embriaguez;
puesto
que
es
,
debida
á
la
acción
de
los licores alcohólicos.
El alcohol obra
de
una
·
manera
indudable
sobre el
cerebro
huma.
no,·y hace ex-perimerltar
sngeto
·todoe lós
síntomas
de
la
locura .
. 1
Por
,
éHierie
el beodo excitación y
aplanamiento
de
sos facnltadei.
,,
,-
)
)
-'
;337
intelectuales y afectivas; .tiene insensibilidad, errores de sentidos,
alucinaciones, todo
lo
cual constituye el
verdadero
tipo de la locura,
de la manía. ·
Cuando expongamos los s;ntomas de
todas
la
s formas. de
la
locu-
ra
.,
tanto
idiopática
como sintomática,
acabaremos
de
ver
más ple-
namente cuan
perdid
a
&e
halla la razón
en
la
S\
personas errtgriaga-
das, y con
cúan
justo motivo las tenemos por tan. locos como al pri-
mer enajenado. ·
Respetando
la opinión del ilustrado conien~ador Señor Pacheco,
nos parece que
está
en
error
suponiendo que en
el
prim
er
pe1
)uá.o
de la embriag uez no está
todavía
el
beodo destituido compl'etamen
~
te
de razón. Precisamente es
el
único período en que los ebrios pue- .
den hacer algo prohibido por la ley.~
En
los demás períodos casi eon
inütiles
para
todo;
no
se necesita qu e
caigan
en
el
tercero ó en el
colapso
para
perder
las-fuerzas,
la
dirección de las mismas y
el
buen
uso de sus sentidos, facultados intelectuales j afectivas. Cuando
. se
trate
de
la
locura sintomática debid a al alcohol,
ya
veremos :
·
mo
se debe
apreciar
cada uno de
lo
s p
erí
odos en que se divide
esta
locura, y
lo
peligroso que es suponer_ que el ebrio, en
el
primer pe-
ríodo, tiene
todavía
uso de razón. '
'
.
En
esto mismo convienen claramente
tódos
1011
·códigós, que consí -
deran
la
embriaguez
com
o cifcunstancia atenuante.
Por
lo
,mismo
que
la
creen
causa
sutici
!3
nte
para
.:itenua1~
el
delito ó la
moralidad
de un hecho
perpetrado
por el beodo, recono~en que,no ·
estaba
en
,
el
u
so
de su razón; de
lo
contrario,
le
_
aplicarían
la
pen~.
establecida
para
los cuerdos.
Pues
precisamente los acto
&-
penados por.las
le-
yes que los beodos cometen, se efectlían. más en el
primer
período
de
la
embriaguez que en·
e1
segundo.y el
tercero:
en
este tíltimo
se
hallan imposibilitados
para
todo, ,porque ese es
un
períoi:l
,o
comato-
so, de colapso, de postración y aplanamiento c.ompleto;
ni
concien-
cia de propios tienen; en el segundo hay,
tal
,acilación
d~
·-
pasos, \
I
tal
· 1laqueza de fuerzas, tal disturqio mental y moral, que apenas
pUe•
qen comprender
nada;
en
el
primero,
durante
el
cual rein~
la
exal-
tación, es cuandQ suelen cometer actos violentos y tenidos
por
jeE-
tos, cuando
hay
vqluntad de perpetrarlos. ·
De consigniente,
ei
la
embriag.ue~ es una locnra,r aunq,ne sintomá-
tica, producida
por
,las
bebid•s
alcoh61iea11;
.si es .
un
:~stado,. ·
en
·
el
J .
.,
.
..
..
·,
I
,
338
. cual no hay .libre albedrío
de
comúo acuerdo, ¿
por
qué no ha de
p'.s-
tar
comprendido
este
estado
en los que
abraza
el
art.
82 del Código
penal, si las voces loco ó demente son genéricas, de
sent
ido colec-
tivo, refiriéndose á todas las forrnas de locura?
En
él se dice que
están exentos
de
responsabilidad los loco
s,
á no
ser
que conste qu e
han obrado en un
intervalo
de razón; los beodos no
obran
n interva-
los lúcidos; carecen de razón mientras yacen en
tan
deplorable esta-
, ' do;
por
lo
tant
o, están comprendidos, deben estarlo, en ese artícuJo.
Demostrado que la embriaguez no es delito, y que
lo
s beodos no
están en uso
de
razón; ¿ qué razones habrá, pues, p
ara
sostene r ·las
dcct
r-inas que
dan
lug
ar
á que la embriaguez no exima, de la pena,
y á que sólo se
la
considere
lo
más como circun
sta
n
cia
aten
uant
e,
ya
que no les juzguen como
Inglaterra
y
lo
s
Estados
Unidos, s
dignos de
castigo
por
el hecho de
estar
beodos? .
La
repugnancia
,
!a
aversión qne la embriaguez inspira,
lo
feo
y
hediondo de ese vicio,
ha
ent
rndo
por
mucho en la do
ct
rina
que ham
:
1.
doptado
todosjos
códigos y
el
motivo en que se fundan
s legisl a -
dores inglese
s.
Creyendo'ciue debe cagt,i
garse
'más sev
erame
n~
e á los
· ebrios,
e11
la
razón más común y más generalmente
admitida
para
justificar el
rigor
que
contra
ellos emplea y las medidas que se to-
m;rn
co
ntra
esos desdichadtis insensatos al júzgarloi',
ya
que no com-.
pletamente como á los cuerdo
s,
6 que tienen
libre
albedrío, de un
modo aproximado á los que de éste no disponen.
Si tal legislación
ha
de fundarse en
quEl,
la embriaguez es un vicio
'
feo
y -hediondo, y en.
qÜe
todos sabemos. que, privándonos con
fa
be-
bida, nos
e~onemos
á cometer; no sólo actos
vío
lentos, sino delitos
más 6 menos grav9s; si' esa es·
razón que
hay
para
castigará
los
'ilbrios como á ios sobrios, y
lo
s con alguna menor pena,
lo
que.
se deduc.e lógica y claramente
esta
razón, es que no se
castigan
los delitos ó actos violentos cometidos duraritq la embriaguez, sino
el
privarse
con la bebida; este
e11
el verdadero
acto
cailtigado, por-
que
este
es
el que se cornete con plena libertad,· y eso no siempre;
· este es el que se
perpetra
con libre aJbedrío, y no los que luego se
· cometen estando privado, puesto que en semejante estado no hay -
uso
de
razón; el beodo-no sabe lo que se
11
·ace; se
halla
bajo el influ.
jo del alcohol,
9-0b1;1tancia
que le desconcierta las ideá:s sentimien-
tos; que le aloca y
le
· iinpul~a á c-onduci'rse c0mo
lo
hacen
otra
s
\
..
339
.
substancias
capaces
de
producir
la
locu·
ra
pasajera
y
ciertas
enfer-
medades.
' Que
semejante
legislación s e funda
en
la
razón
indicada,
se
paten-
ti
ta
desde luego
que
le
s decís á los
partid
·
arios
de
esa
doctrfoa,
que
un beodo no
está
en el uso
de
su razón; y os
contestan
que eso
es
ve
rdad,
pero
que él
sabía
que
embriagándose
estaba
expuesto á eso;
por
lo
tanto,
no
debía
hacerlo;
lo hizo
voluntari
ame
nte;
á
pesar
de
~
,
constarle
lo que·
podría
sobrevenirle;
por
lo mismo es
justo
quepa-
guen
su delito con
la
pena
correspondiente;
harto
se
hace
disminu-
:yendo la pena
ordinaria,
cons
iderando
la
embriaguez
como circuns-
tancia
atenuante.
No
pudiendo
caber
duda
en que el beodo es·un loco, que no
tie
'ne
UoO de razón,
en
que
et;
una
bárba:.idad
castigará
un
J'oco,
y
en
que
lo que se
castiga
es
el
haberse
embriagado
;
resulta
que
la
embriague
~_
es un
acto
simplemente feo, vicioso, asqueroso,
de
malao costumbres,
per0 delito,
cuando
el sugeto,
durante
este
estado, no comete nin-
gún
acto
calificado
por
los códigos
de
delito, y
pisa
á
ser
delito más
6 menos graYe
desde
· luego
que
el
ebrio
perpetra
actos
tenidos
por
delincuentes
de
más ó menos
graverlad.
·
. r
Esta
división
de
un hecho igual,
idéntico
en
, sólo
por
los
actos
á que
durante
él se
entrega
sin vol!Jntad el beodo, es
altamente
arbi-
traria
é
injusta,
hasta
repugna
al
sentido
c.omún.
Algo más lógicos ser{an los Córligos
si
calificasen
la
embriagu~z
de
delito
más. ó menos ·
grave,
segtin los
actos
cometidos
por
,el
beo-
do;
pero
no
comprenderlos
·
entre
los
delitos
y
considerar
al
ebrio
como
responsable
de
los
actos
que
perpetra
·,
penados
por
los Códi-
gos, es
la
mayor
de
las inconsecuencias.
. .
Dícese que los beodos deben
ser
,responsables, no en
cuanto
á
hombres faltos
de
r~zón, sino en .cuanto
se
han
puesto
voluntaria-
mente en e
¡,
e
estado,
y deben,
por
fo
tanto
·
ser
responsables
de
sus
consecuencias. Ellos sahen que el hombre,
privado
con bebiJa~ alco-
h'ólicas,
está
expuesto
á cometer
toda
clase de delitos;
por
-
lo
tan-
to, quien en
tal
estado
se
sumerge
con los· excesos
de
l.a bebida,
se
hace
responsable
de
los
actos
á que estos exoesos le conduzcan.
'l'al
es
la
doctrina
'que
ha
servido.y
sirve
de
1\a~e
á
la
enorme
in-
justicia
que
combatimos
.
-'
/
\
-. '
340
No repetiremos
10
· que llevamos dicho sobre
convertir
de este mo-
do
un
acto
no
delincuente, no penado
or
la
ley, en un delito, c.uando
el
beodo comete
actor,;
que
lo
son. Vamos á otro género de reflexio-
nes, que
acabarán
·
de
patentizar
la enorme injusticia de
e_sa
ju'ris- '
prude·nuia.
Si
no se
castiga
á los
beocÍos
,que cometen actos penados por la
léy1 por haberlos cometido en un estado de sin rázón, sino por que _
se 'han procurado voluntariamente -ese estado; si esto
ha
de justifi.
c~r esas medidas,
m?,s
aun deberíá hacerse respecto de las personas
·locas,
ya
idiopáticas, ya
sintomáti__cas,
siempre que al estudiar la s
causas de su locura se viese que en esas causas
ha
intervenido la
voluntad de la persona.
. , '
.,
.. ... -
........................
.
...................
.
........
. .
..
. . . . . . . . . . . . . ..
........
..
.......
..
........
... ......
...
.....
.
Castigar
á los que se
e~briagan,
· no porque haya~ cometido con
' voluntad sus actos
durante
la embriaguez, sino porque se
la
han
. provocado, es castiga.r las causas de
la
locu~a; y no imponer
cast
i.J
-
gos si.
no
cuando,
esta
'causa
es
la embriaguez, es
la
mayor
de la8 in-
justicias y la más
gránde
de ·
1as
ínco¿secuencias. ·
Si
· la 16gica es
buei;ia en unos casos, debe serio ·en otros; si hay razón
para
casti-
gar
una causa;
ha
de haberla
para
castigarlas todas .
. -
..
~
. . . .
.....
-
......
·-
................
.
............
...... .
. . . . . . . . .
......
. -.... ,
......................................
.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,• ........ .
.........
. \ .
Se
nos dirá que
~i
los códigos reconociesen la embriag.
uez
como ,
una
loQura ó como un estado irresponsable
;-
:i~
mayor
parte
de los
delitos ,quedarían impunes, ,porque
la
embriaguez es frecuentísima, .
y -además muchos se embriagarían á propósito
para
cometer
toda
clase de
C!.'.Íl}lenes;
para
satisfacer sus venganzas ú
otras
_ pa~io-
nes más ó menos violenta¡,,
c~m
la
esperanza de eludir
eI
rigor
de
_
la
ley, puesto que ésta los declararía irresponeables.
¡ · -Respetable y digna de meditación profunda es
esta
razón, .pero
no por
eso
es incontestabie, 'ni más sólida. -
· Convengo en que es frecuentísima la
z;
·en que sino
fa
rr¡áyor
parte
de los delitos, g
ra
n pa
rte
de ellos , se com
et
en
por
su _
infiújo.
\.
1,
341
._
..........................
·-· .-. ~··· .....
...............
.
. . . . . . .
..
. '
...
........
... •. •
................................
.
' '
.r:
Alegar
como
razón
de la ley que .
censuramo
s
la
-. frecuencia
de
·I~
embriaguez, no es ni
probar
que ella
sea
el mejor medio
de
comba-
t
irla,
ni justificar el
ca
st
igo dado á un infeliz que no sabe
lo
que
se
hace.
La
inmenRa- mayoría de los que" beben no
creen
~
embriagarse;
hasta·
aquellns que buscan en los licores un ·medio de atontarse,
de
subst
r
ae
rse á s
us
pesadumbres,
c?peran
contenerse en ciertos lími-
tes. Otros se
embriaga~
bien á su
pesar,
más, ó menos, y sin em-
bargo,
sea
cual fuere el caso, cuando
el
beodo comete,un acto p.cna-
do
por
la ley, se prescinde de
todas
estas
circnnsta~cias, y . á todos
se les
aplica
la
culp¡i,
haberse
puésto
en
im
estado
en el que
no
es
posible cometer delitos y
por
ellos se les
Cl!,Btiga.
,
Siquiera
convengamos en que
la
embriaguez
es frecuente, no en-
contramos nin
guna
razón' sólida
para
tomarla
como base de
la
doc-
trin
a que
castiga
los actos de los beodos,
por
Al
te
.mor de'que si
la
'embriaguez
eximiera
de .responsabilidad
criminal.
niuchos se em-
briagarían
para
· cometer delitos y
sa
ti~facer sus v~ng'an~as. Infini-
, ' ' . ., . .
.,
.
. tos son los que al
privarse
de la
libertad
por
medio de Jos'licores
.,,
alcohólicos, ni siqnie'
ra
~uañan en
ta11
aviesos pensamientos. úna
ojeada
rápida
á los diferentes m'6viles
que
,
conducen
á los hombres ,
á
embriagarse,
pondrá
hasta
la
iiltima
evidencia
·
esta
verdad.
·
,,,
Aquí
entra
el-
autor
de quien nos ocupamos á enume-
rar
las cfrcunstancias ppr las ,que
el
hombre
puede
· ver-
se
obligado á la bebida de licores espirituosos, ,
tales
aquellas como ciertas profesiones
que
obli0an á
estar
cerca de la lumbre; las faena·s del Gámpo; la vi.da seden-
taria;
el
oficio de 'tabernero; y othlS que sería lai·gd se-
,...
ñalar; pero si
enumera
, y señala
una
por
una
~sas ·
Qir-
cunstancias, de ellas se deduce que porque
el
hombre
·u.ecesita beb~r
para
estiwul~r
su
naturaleza deca1da
por
cü¡
rta
clase de trabajo, necesita embriagarse; y se guar--
da
muy
bien
de
.
hacer
esa 'deducción, porque sabe, sin>
duda, la diferencia enorme 'que existe
entre
usar
de l a
\
~
)
\
, ¡
..
342
,
bebida
de licores espirituosos
para
vigorizar,
entonar
6
animar
á
la
naturaleza
postrada
por
el cansancio y la fa.
tiga,
y
en
_
abusar
de
esa
bebida
para
caer
en el
pedodo
Áe
la
embriaguez, en el cual, el
hombr
e es completamen-
·te
inútil, y así como
inútil,
repulsivo.
Ha
bla
el Señor de Ma
ta:
Admitiendo de buen
grado
y de común con cierto qu e la embria-
guez no es un del1to, no es
pena da por ninguna ley; admitiendo
también de buen
gr
ado y de comün concierto que
lo
s actos del beodo
·uo son voluntarios, ó
lo
que es
lo
mismo, punible
s;
habiendo damos-
-trado., como creemos, que no
es
una razón sólida
castigar
los actos
dé l beodo por lo
feo
s, repugnantes y asquerosos; habiendó demos-
trado
igualmente, en mi concepto, que
castigar
los actos del borra-
cho
fundándose en que se embriagó libremente sabiendo que se expo-
nía
á cometerlos, y que por consiguiente él
fué
la
causa
de su em-
briaguez;
es
no
sólo injusto, sino inconsecuente y contradictorio,
,puesto que
no
se casti~an los actos de otros locos que han sido cau~
Sa
COn
BU
conducta de
SU
loci1ra¡ habiendo expuesto, por último, los
diferentes móviles que conducen á. los hÓmbres á
abusar
de
la
bebi-
da,' siendo éstos Ía causa de
la
frecuencia de
la
embriaguez, sin que
ninguno de esos móviles sea el intento ó
el
proyecto de cometer
de-
litos y de entregarse á venganzas
particulares;
veamos ya, como
lo
hemos·indicado al final de la lección
anteriór,
la 9
octrina
de los que
sostienen que la embriaguez no debe eximir de responsabilidad· cri- ·
minal, que
.
lo
debe s
er
una cüctinstancia
atenuante
y aun co.n cier-
tas
restricciones, fundadas en la suposición ~e que el que se embrja-
ga
lo hace con
el
intento de cometer Juego delitos de esta ó
aq
uella
naturaleza:.
. '
Como nosotros no
cr
eemos
que
el
estado
de
embria-
guez sirva
ya
como d e
at
e
nuante
6
ya
como
de
excul·
1
pante
de
un
delito, abandonamos al
autor
.citado deján-
dolo
en
la
tarea
difícil
de
disct-Ílpar
un
vicio
para
no-dar- .
le
la
importancia de
1:1-
n delito, y
entremos
de lleno en
nuestras
propias ap
rec
i
acioÚ.es
respecto
del
delito que
nos
ocupa.
M3
. Opina el Sr. de
Mata,
·casi á raíz de lo anteriormen-
t_e copiado, que, mientras más se medite sobre que la
embriaguez no es: delito, _s convencidos debemos que-
dar de que no debe ser tenida como circunstancia ate-
nuante, sino de que debe e
:s:imi
r de toda
-res
ponsabilidad
criminal corno cualquiera
otra
locur
a:
Disentimos por completo de
esta
nueva teoría que el . ·
a
ut
or de
"La
r
az
ón humana," pregona m
ag
istralmente,
y vamos á exponer las razones que, para ello nos sirven
de fundamento, aun á riesgo que se nos tache_ de atre-
vidos, y de atrevidos por ignorancia.
Compara el autor citado-al ebrio con el loco; y de
esta
comparación hace deducir que los actos de aquél, como
. los de éste, por criminales _que sean, no débell ~traerle
responsabilidad alguna. ·
Convenimos con él en lo dicho, si
la
ebriedad recono-
ce en el borracho como causa que lo predispone á ella
lo que
la
ciencia médica designa qon el nombre de
DijJ~
somanía; porque esta causa, constituida por
un
estado
· morboso hereditario, lleva· al sugeto, contra su voluntad,
á beber licores espirituosos, cuya des..-astador.a acci6n
se
ejerce por ·fuerza sobre el cerebro, perturbando
su
libre
discurso, el raciocinio y el discelp.imiento, resultando
de
este
estado involuntario, la predisposición del individuo '
para
realizar hechos reprobados por
fa.
ley; pero de los
que no puede ser responsable.
No sucederá ·
10
mismo, sin duda
·.
al~una, cuando el
ag~
nte
del delito
cat
ezca del estado morboso que sirve
de impulso
para
el
abuso de. las bebidas alcohólicas;
pues en
este
caso, la .embriaguez es volu_ntaria, y como
tal,. punibles sus manifestaciones delictuosas! '
45
\
.
'Í:
\
/
'\
344
J
Bajo dos aspectos
principalmente
juzga
la
embriaguez
el
·Sr. Mata
para
disculpar los
hechos
llevados á cabo
bajo
su
influencia: bajo
el
aspecto
de
que
el
hombre
que
ha
concebido
una
idea
criminal
se
ponga
en
estado
de
embr
iaguez para: realiz¡rla, lo
que
no
cree
posible,
dada
'.
la torpeza de acción y el olvido
de
,
la
idea
concebida
que
son como consecue:r:icias ,de los períodos del
esta
do
de
per
turbación
cerebra
l producidos
por
las bebidas
alcohólicas ; y bajo el aspecto de
qu
e los actos del ebrio
son
hi
jos de
la
locura que deterrµina en el
agent
e
del
de
lito
la embriaguez.
Para
nosotros no son estas las
cu
estiones principales.
La
razón·de
la
,,.
respohsabilidad
del
ebrio,
mal
que p_ese
al·
S1~
. de Mata,
está
en colocarse el
hombre
voluntaria-
mente
en condiciones de cometer
un
delito, no siguiendo
el impulso criminal eoncebido en el estado sóbrio,
si
no
el que le imprime la embriaguez misma, poniéndolo
en
e
ircunstancias
propias
para
incurrir
en
responsabilidad
po
r la p erp
ét
ración de
llll
delito.
· :Ante todo es preciso
establecer
una
diferencia neceo
sa
r
ia
para
el
buen
ord'en del
presente
estudio,
entre
los
· actos
~lictuosos cometidos por el ebrio
qu
e sufre cie.r-
ta
perturbación de sus facultades
intel
e
ctu
ales
durante
~
la intoxidaci6n pasajera '
de
las bebidas espirituosas, y
los
del ebrio
arrebatado
ya
por.
la
locura
alcohólica.
Los
, primeros, son resultados forzosos del
estado
de enajena_.,
ci6n pasajerá en q
ue
voluntaria
mente
se coloca el borra-
. cho. L
os
segundos, lo són de
un
estado morboso inde-
pendiente
de
su
voluntad.
En
aqu
ellos aparece respon-
.
sa
bilidad contra el agente por· cuanto á que se pon~.
al
·
sa
tisfacer
un
vicio
repugnante
,
en
condiciones
pata
'30·
.
....
' 345
meter
el
delito.
En
estos,
la
responsabilidad
nO
'
existe;
·
porque los actos cometidos plÍeden
ser
la
· consecuerioia
de
alucinaciones sugeridas por
el
estado
morboso.
He
aquí cómo se expresa
Legrand
du
Saulle en
su
·,, Tratado
de
medicina legal y JurisprÚdencia médica:" -
"Bajo el nombre de alcoholismo ó de locura alcoh6li-
ca se describen las dif
erentes
fo
rmas de em1jenación
me
ntal
que son la
co1
¡.sec
uencia del uso
habituafé
inmo~
derado de las bebidas fermentadas.
La
Íocura alcohólica
se
diferencía de la embriaguez.
La
una
es el resuJtado
· inmediato de
una
ürtoxicación
aguda;
la
otra, es ·
una
de
las manifestaciones sintom~ticas del alcoholismo qrónico;
no es esto decir que la locura a_lcoh6lica
presente
sien:i'-
,
pre
un
curso cróni
co
; puede, por
el
contrario, se,r .
muy
agudá; pero sea aguda, subaguda ó crónica, se desarrolla · , r
tan
s6lo en sugetos que desde largo tiempo
antes
abusan
de los licores alcohólicos." · 1
"Los
beodos, prescindiendo de
toda
_manifestación de-
lirante, sufren alteraciones más 6 menos rápidas de las
facultades intelectuales y afectivas; caen
en
un es,ta:do
de embrutecimiento prpfúndo; se vuelven indiferentes,
-apáticos;
su
sentido
morat
,se obscurece, sus sentimien-
,
tos
afectivos se pervierten,
su
voluntad
se debilita.
Su
_
ca
rácter
experimenta modificaciones importantes;
se
vuelven pusilámines, irritables, vio~entos.
En
este pe- ·
rfodo el alcoholizado no es todavía
un
loco; pero
ya
ll
e•
.
va el sello de
una
degradación física é
intelectu
'al avan-
zada.
S1+
mirada apagada,
su
fisonomía abotaga~a,
su
mano temblorosa,
su
palabra entorpecida, le
dan
.
un
as-
pecto enterame~te característico.
:r"fo
piensa, ó so
lo
piensa lentame
nte;
resp~nde con 'trabajo á las
preguntas
'
' '
\
346
,
que
se le hacen;
ha
perdido el sentin:iie
nto
de
su
digni-
d.ad y de
su
distinción nat
ural;
está
siempre sucio, de-
Eorde:riado, y no se cuida de
su
propia
honr
a
ni
la
de
su.
familia." .
"Los
alcoholizados pu~den cometer en este estado de
profundo embrutecimiento actos delinc
uentes
ó crimi-
nal
es (1) sin .haber sido impulsádos por fenómeno algu-
no alucinatorio ó impulsivo, y el médico-legista es el
ll
amado para dar ú veces
su
opinión. acerca del grado
de
im
p
uta
bilidad que les es aplicable.
Es
imposible esta-
blecer
en
esta
materia reglas generales y absolutas.
Cada caso particular suscita dificultades especiales. El
alcoholizado,
tal
como acabamos de describirlo, no
esun
hombr~ verdaderamente sano de
espíritu,
no
está
com-,
pletamente
desprovisto de
la
libertad
moral, y ser'á con
mucha
frecuencia
tan
~ifícil afirmar
que
es plen3:mente
responsable qe
sus
actos, como
pedir
para
él el
benefi-
. cio de
la
irresponsabilidad
completa."
_ Como
se
1 ve del anterior estudio,
el
ebrio
está
sujeto
á alteraciones de
sus
_ facultades
intelectuales
y afecti-
vas que pueden conducirlo á
la
,perpetración de ciertos
· hechos reprobados por
la
l
ey
,. y
qu
e
ésta
señala
conio
delitos.
Si
el ebrio por r~z6n de su falta de energia pa- .
ra desp
oj
arse del hábito vicioso, co
ntinúa
en
embriagar-
se,. mientras no caiga én el estado
de
locura,
sus
actos
le
perteJ)ecen y de ellos es responsable, como pasaremos
á
d.tJmos
'trarlo on el dischl'so de
este
capí
tu
lo. -
Todo delito se ca:i,:acteriza
:r:or
la
intención dolosa. que_
(l ) Siendo et
Si-
. Le
gr
a.mi
clu
Saalle individuo f
ra
ncé
s,
y c~tablecie
nclo
la
·
ie-
gis
laeión penal diferencia entre los crímelles , los delitos y
la~
fa
ltas, nataral es
qu
e us e de esa diferencia q
.:
e entre
11osotro~
1H.l tiene aplicación.
/
3'17
guía y dirige
las
acciones 'del agen}e. Sin intenci6n do-
losa
el
delito
perpetrado
no
atrae
sobre
su
autor
la res-
ponsabilidad necesaria
para
que
·ca
iga sob~e·él el rigor
de
la
pena.
En
ei borracho, se dice, no existe
e~a
inten-
ción dolosa,
por
1
que sus actos, siquiera sean-criminales,
no
resultan
mas que del estado de perturbación, c_erebral
producido por las bebidas alcohólicás.
Esta
idea es erró-
nea
6,
nuestro juicio porque el hombr-e que
torna
á em-
br
iagarse de~pués de
tener
cofi.o
cimiento de l9s excesos
reprens
ibles á que lo conduce l a embriague
z,
aunque no
tenga
in
tención de perpe
trar
'
un
delito, si á sabiendas
de
esos excesos se
co
loca
en
condiciones d o comt;ter
un
crimen,
la
inte
nción dolosa ex
iste
en
él porque se em-
briagó poniéndose en estado
de
perp
et
ra
r el delito.
Si
un
hombr
e, pongamos por caso, concibe la idea- de
perpetrar un
robo
y la
pb110
e:n.
ejecución, y
al
llevar á
C?,
bo el hecho criminoso con cebido y encontrando resis-
tencia, mata, es responsable d~l robo como es responsa-
ble del homicidio perpetrado, aunque no hubiera tenido
intención de realizar
un
homicidio y éste fu ese la con-
se
cuencia inesperad3:. del atentado que se propuso reali~
zar. Así,
el
hombre que bebe y sabe cuáles son los exce-
sos á que lo
arrastra
el estado
de
perturbación en
qne
_
se
coloca, y borracho comete un homicidio, tiene que
ser
responsable de
su
embriaguez y
del
homicidio
perpetra-
do, por _
más
que
éste sea -una cons,ecuencia 'inesperada
del estado
de
embriaguez en que se:colocó.
Ahora
biQn,
si
el borracho, no es.
un
· loco "perfecto,
pues
pasado
el
estado: de
perturba
~ión· perebral · vÜelve
recobrar
el
juicio of~scado por·
la
'Bebida y á
estimar
durante
el
períod0· normal de· sus fiu~cione·s
intelectuales
..
i
.
'"
348
las manifestaciones del período anormal constituid.o
por
la
eµibriaguez,
el
Sr. Mata incurre en dos errores
de
-importancia cuándo afirma que el borracho es
un
lo
.90
y
./ por lo
1!1ismo
: irresponsable de sus actos.
_ Respecto del primer punto cabe e
ntr
e la irresponsa-
bilidad del beodo y
la
del loco
una
not
á
ble
diferenoia;
diferencia que puede encontrarse sin mucho esfuerzo,
·_
bastando para ello. de
un
solo
instante
de reflexión acel'-
ca de las causas eficientés de la perturbaci6n en el uno
y de
la
lo
c
ura
en el otro. El·beodo es
un
loco en el es-
tado de embriaguez, convenido; pero
est
e estado no _es
permanente en el individuo, sino que sale de él después
de cierto tiempo, ni
su
razón queda perturbada por ello
á no ser que el sugeto caiga en el estado de perfecta lo-
cura, en el cual es tan loco como el lo
co
y
tan
irrespon-
sable de sus actos
co
mo
éste.
El
loco por el contrario
, permanece en
su
estado morboso casi siempre indefirti-
-damen~e. llegando las
m6,s
veces á morir en él, y
si'
sale
de ese estado, queda siempre cómo candidato á
la
locura;
porque
su
cerebro no cesará de experimentar, más 6
· menos frecuentemente, los resultados de la enfermedad·
que lo afecta. Como el loco, es el dipsoinano también
irresponsable de
su~
actos llevado á cabo
en
el período
de embriaguez; porqué
la
embriaguéz . cedé
al
impulso
morboso, 6 lo que
es
lo mismó el dipsomano se embria
. ga porque á ello lo obliga
una
. imperiosa inclinación moi-
bósa hereditaria.. J ·
_
He
aquí-
c6;mo
se
expresa el J;)oetor
Luys
en
su
·".Tra- ·
tado clínico y práctico de la,s enfermedades
mentales."
_
"La
.lucha que ·sostienen ,(habla
·los .'dipsomanos)
, mmiho! de estos
d'.esgraciado!5
antes
de
· ceder á
su
funefi-
. . .
'\
/,
1-
/
349
ta
inclinaci6n, indica de
una
manera
muy
clara .cómo
difieren de los borrachos ordinarios. Estos buscan
las
ocasiones de beber; el dipsomano, al contrario., empieza
por evitarlas; se
reprende
á mismo, hace en
voz
alta
la
enumeración de los diversos tormentos que le asedian,
trata
de distraerse por mil medios, á veces evi
ta
beb~r
con la esperanza de no ceder á
la
tentación:. jamás pro-
cede así
el
bebeq_or
ordinario." '
"Onando acaba por sucumbir, el dipsománo se condu-
ce de muy di
st
in
ta
manera que el borracho; se .esconde ·
se aisla después de
haber
entr
ado fnrtiyamente ~n
la
taberna, de donde se escapa en seguida todo avergonza-
do. El bebedor de profesi6n, al contrario, es alborotador,
escandalos
o,
busca amigos
para
ir
á la taberna,
hace
alarde del número de botellas que
ha
vaciado y- pone
cierto esmero y entusiasmo en referir sus expansiones.
El uno
está
alienado antes a.e beber, el otro no es alie- ·
nado sino después de
haber
bebido." .
·
"La
relación hecha por el dipsomano mismo de ~us
esfuerzos
para
resisi
tir
las impulsiones es de
las
más ins-
tructivas; desde luego, con el fin
de
sobrepone:rse y
ayu-
' .
darse á soportar
la
lucha cuando beben el primer vaso,
prometiéndose cont.enerse 'allí; ó bien para disminuir
la
-
sensación de ca)or que J n la
garganta
sienten; pero, des-
de
ese momento,
la
resistencia interior se agota: sienten
una
ligera excitación,
ün
sentimiento de bienestar pasa-
' ' \
jero,
de
plenitud,
una
especie .
de
alivio en
su
est~do;
entonces
nada
puede. detenerlos y los incli~a/4 entre-
garse
á,
sus
libaciones; ·
A:
,cualquier precio les 'es rrece-
,
saria
'bebida favorita, y nada, excepto el "secuestro,'
podría
CODtént,rlos."
.
'
' '
\
\
-
/
350
De lo dicho se
desprende
que
el
estado
de
ofuscación
/
del
ebrio, es voluntario y pasajero, y, como fugitivo, no
puede co;1stituir
mas
que el de simple
perturbación;
pe-
ro
podrá
argü
irse
en
apoyo del Doctor
Mata
que á
ese
estado
se refiere él mismo
para
apoyar
la
irresponsabi-
/ I
·
lidad
del
ebrio.
Justo
sería lo dicho, si
el
hecho criminal, llevado á
c
p.bo
durante
la
embriaguez, fuera el ·
resultado
de
una
ma
la
in
spiración recibida
en
la
pr
imera,
aun
en la s.eg
un-
da
véz
en
que se sufren-las consecuencias
de
la beodez;
pero
si
apesar
Je
las consecuencias
de
la
borrachera-
que el borracho puede estimar en toda
su
plenitud
pa-
sado ·
e.
1 estado
de
perturbaci'ón
alcohólica-insiste
en
e
mbr
iagarse sabiendo que
la
embriaguez lo
pr
e
dispone
á l a comisión de hechos
re
probados, el delincuente,
ba-
j o condiciones tales, debe, si es posible;
experimentar.
,
las consecuencias penales
de
su delito, reagravadas
con
las
-de
su
embriaguez voluntaria. ·
El
Sr. D.
José
Saenz y Criado, en
su
obra
"Elementos
,
de
medicina legal y toxicología"
escrita
con arreglo á
las
explicaciones
de
D. Teodoro Yáñez.,
ydespués
de expli-
car
9ada _uno
de
los períodos de
la
.embriaguez,
que
di-
"
. vide
en
cuatro, y son:
1?
embriaguez,
2?
degeneración
costumbres.
3?
errores de sentido y alucinaciones;, y
4c
locura
ebriosa,
se
expresa
en estos términos:
"¿Qué
se
infiere de e~to?, Que todo acto cometido
por
un
embriagado
en
el
priD?-er
período,
es
lo mismo
que
si
.
lo eometiera
un
hombre
en
estado
de
razón;,
en
el
segun-
do período,
unas
veces
será
circúnstancia
atenuante,
y
ot~ás,
d~
í~responsabilidad,
cuanªº
el
sugeto
. no
sabe
d6nde
se
encuentra,
ni
conoce á
sus
amigos, y, se halla,
·-
'/
~sr
en
un
estado
en
que no
hay
libre -albedrío; cuando
está
en
el tercero,
en
el supuesto de
que
pued~ cometer
acto
alguno, es irresponsable, aunque afirmen lo contrario
los
legisladores diciendo que
la
embriaguez fué
voluntaria."
El
hombre
que delinqu.e en
su
sano juicio y con'
la
conciencia
plena
de la perversidad
de
su
acci6n, es cri-
minal y por lo mismo acreedor
al
castigo;
y'el
que
qe
-
linque
contra
su
vo
luntad,
buscando en
un
estado
de
perturbaéión
del
cerebro
la
resoluci6n necesaria
para
llevar á cabo
su
intento, es 'doblemente criminal; porque_
luchando
contra
el impulso
saludable
de
su
co
nciencia
que
procura
alejarlo de
la
perpetración
del delito, insis-
te
en
ésta, buscando en la emb
ia
guez
la
fuerza
impul-
.
siva necesaria
para
llevarlo á cabo.
El
delincuente dotad·o de sano juicio, obrar4 con
la
conciencia
de
la
ilic
itud
de
SU' prop6sito; pero
el
que
be-
be poniéndose con la embriaguez
en
ocasión
de
cometer
un delito por serle
ya
conocidos los impulsos
de
este
·
es-
tado,
demuestra
ipso jacto .que comprende
la
jlicitud
de
su
i_ntento, y
que
para
exaltar
sus
pa,siones,
recurre
á 1a
bebida: luego, el ebrio que delinque, es más culpable 4;ue
el que lleva
á.
cabo
un
hecho repropado-- sin
recurrir
á
la
embriaguez, .
El
primero seguirá,
el
impulso
voluntario
de
sus
deseos
al
petpetrar
un
crimen
; el segundo
ousca-
en
.
una
falta
el
impul~o de
su
voluntad
para
.realizar-
lo.
En
el primer'o .
hay
_
un
delito
que
castigar, y
en
.
el
segundo,
aiemás
del delito,
habrá
una
falta
que
punir.
'
En
conseQuencia;-
la
e,:nbriaguez -no debe
ser
c,on,s
'
idera-
,
da
como
una
circunsta.11:.ciaatenuante d~l delito
ni
mucho
·
menos
exculpante
de
él,
si
no que
debe
reagravar
la
r;es-
ponsabilidad
del
deli_ncuente.. Entiéndase bien
que
nes
' .
4:6
.
..
·/
/
352
referirnos al ·que habíendo bébido y sabiendo
c11áles
son
las acciones á que lo impulsa la embriaguez, insiste
en
1
' beber, y no á aquel que bebe impulsado por la dipsoma-
,.,.
nía,
ni
á aquel que perpetró el hecho reprobado bajo el
impulso
de
su
primer
desconocido estado de embriaguez.
El
ebrio es
un
loco voluntario como no lo es el
que
'
llega á
la
locura por el abuso de·la Venus. Aquel, sa-
liendo del período de perturbación alcohólica, sabe
las
consecuencias á que ese estado puede conducirlo, y de-
be
reprimir
su
inclinación á la bebida. Este, no se aper-
cibirá de
su
mencia, porque caerá en ella derrepente
y no volverá de ella fácilmente para reprimir sus sensua-
.
ies
deseos.
La
embriaguez es el camino que se recorre
y del cual, con ligero esfuerzo, se vuelve feliz á
la
ti'an-
quilidad del hogar:
la
locura es el camino que
se
sigue
para
penetrar. por las
puertas
del manicomio
en
donde
el
recuerdo del hogar se pierde, y en donde
la
concien- .
ia
del
yo
difícilmente vuelve al individuo.
1
No
son
desconocidas
par!il,
el autor de
"la
razón huma-
na"
los conceptos que acabamos de indicar, y
aun
. los
analiza, estimándolos, y los califica; pero apesar de ello,
insiste
en
suponer la irresponsabilidad del ebrio eri el
·- perío-~o 'de embriaguez.
Esta
insistencia en
la
exculpa
:-
ción del beodo
no-
rec~moce mas origen, á juzgar por lo
diclto por el autor cítado, que el
d~
encontrarse el delin-
cuente- en
un
·perípdo de locura. · A, este respecto, henios
dicho
ya
que ese estado'hace irresponsable
de
sus· actos '
. al delincuente., siempre que esos actos
s~
verifiquen bajo
el
impulso desconocido del primer estado '
de
embriagµ.ez
1
que
pueda. _afectar_al ·cerebro dél hombre·; pero esa irres~
·ponsabilidad -no'podra jamás
existÍ:f
i
en
óolitrarias con-
.
1-
\:., J
'
I
,.353
diciones.
si
u:a
juglar ó saltimbanqui, 1leva ·consigo
para
el entretenimiento de los, espectadores de sus actos,
una
víbora de cascabel, y ésta por
un
_descuido involuntario
de
su
guardián, 6 por no creer éste en las mortales con-
secuencias de'
.su
morded
jlra
, clava lo_s dientes
ti
n
un
in-
dividuo y
iste
muere, podrá ser irresponsable
hasta
cierto punto el juglar 6 saltimbanqui de la
consecuen-
cias de
su
descuido ó d_e
su
imprevisión; pero si después
de haber paipado los funestos resultados de la mordedu-
ra
delreptil,
insiste en abandonarlo, y resulta otra nue-
va victima del veneno de la.serpiente, es responsable de
ello y debe s,
er
castigado, con
tanto
más rigor cuanto que
pudo estimar las cons cuencias del abandono por-la en- ·
sefi.anza que é~te pudiera _ darle en
la
primera ocasi6n.
Así el borracho será también
más
responsable mientras
más insista en empriagarse, conociendo desde fa prime-'
ra
vez en que se embriag6," cuáles son Jos· instintos que
en
él motiva la ~mbriaguez.
Siguiendo al autor d~remos: que si el abuso dé)as Rrác- -
ticas religi,osas conduce á
1~
monomanía fanátic'a: que si
,el exceso del amor' lleva
la
demencia; y que _si por di ver-
, . ' . '
,....
. A
._,
'
sas causas se viene á
la
locu:ta, en· cuyo estad9 pueclen ,
cometerse diversos.heéhos criminales, cabe mucha.
--
dife-
rencia entre estas causas predisponentes 'del delito y
la
embriaguez. En aquél19s,.el resultado no puede estimar-
se, porque quien se 'entrega ·
li
la
oración que ·hace su-
poner. en
el
individuo la
é2Cistencia
.de
úna
naturaleza
paciente y buena y el 'eJe~bicio de
una
acción ·inofen-
siva, · 6 al,ámor! que , revela! el -exceso de la
•_
satisfacción
lo que·'es,
grat-O
i>
es-tán
_
m1.1y
lejos
de
suponer
qlie'1Jus
accione~
puédaii
enoaÍ'.Iíiiiat1os
fá
la
locnr.a.
y -
con
la l~cu
~
..,
'
I
I
. ;
'
3·
54
ra
á
la
e'o~is.ión de crírp.enes,
10
,
que
no .sucede con
..
el
ebri0, porque las
ma
.nifestacio~es
de
la
embriaguez son
inmediatas
~
su
estado, y estimables después
de
cesai
l_a perturbación cerebral producida por el alcohol; esti-
mación que
puede
y debe hacerlo desistir de
la
eiI\bria-
guez,
para
no
incurrir
con ella
en
la
voluntaria
perpetra.
éión
de
un
hecho criminal.
Ningún sér
ha
pensado jamás que cuando
levanta
su
a
lma
al
Creador y agradeciendo los. beneficios que de .
él
recibe'
se
entrega
á_la or:aci6n,
puede
caer
en
la
locura:
ninguno á
tj_uien
guste el beso de unos .labios
de
rosa y
contemplar
su
imagen en el cielo de
una
mirada
de ojos
azules ó en el abismo de
unas
pupilas negras,
podrá
pen~
·
sar
que
de aqu.el cielo y de, este _abismo
~n
que se
hunde
conJa
·fruici6n del deleite, puede
caer
en
la
locura tam~
bién; pero el. ebrio que experimenta desde luego
en
el
estado-
de
embri~guez·y después de
él
las consecuencias
1i
qu~
pueda
impulsarlo
este
. vicio
repugnante
y peligro-
,.
. so, podrá pensar en el delito á que
sus
~xcesos
pueden
·. :conduéirlo.· . · ·
~
'.
. '
P9dd
no . apercibjrseJ~l .ebr;o
·:
de$pués
de
salir
de
fa
embri~guez por
el
reposo,
de
lqs actos :Jlevadost á. cabo
dur!1nte.
este
perfo_do;
per,o
no,faltará , quién
se
los indi-
que,·
ya
~
se_a
un
.t~stigo
de
ellos,
ya
las consecuencias
mismas queJo's siguen;,mas el lo,
Go
,no
podrá
ni
apreéiar
.
el
~li~ho
del testig9, ni esti.
mar
las deplorables consecu(;ln-
cias
de
sus
.actos, ,porque
l~
: locu,ra permanenteimp,e~irá .
la
r~cion~l
~still}a,ció,n
d~
ello,s.
-
. . , . . , ·,)f, ·1
~
.
I'
Cabe
ade~
.ás
otrj),
dife,
rep.qr~e1;1
,
tre
r
l~
emhi'iagueZ,
:V,'
/Ía \
l~~ur~.
,
Eq¡.la
pi:imer~,
.el
4_e-li~
:
lleY,aclQ
4
fabp
r~ves:tirá
d1y~rs,J¼s
7torm!ls más i6 ,
Jll~*1os
. criiµfnaJ~;
if~g.ún
\
sea
,el
-
./_
·~
. .
'1
;,
\,
'
355 '
imp1;tlso
que las motive; y
en
el
l~co las manifestaciones I
de sus actos siempre serán las n;µsmas. Así-,1el borracho
puede ser homicida
Ei
el impulso
de
sus actos fué la có-
lera; violador, si 'el m6vil
fué
el
ardor de los instintos
sensuales; incendiario, si la causa
ft1é
un
sentimiento de
venganza, 6
la
satisfacción
de
una
alegría pueril por
la
_
luz intensa como
ha
sucedido
ya
en
alguna ocasión;
mientras que el loco
será
siempre dominado por las in- 1
clinaciones al incendio, á
la
violación, al homicidio 6 á \
otras muchás causas; pero reveladas siempre bajo de
una
'
sola forma, sin que
laf\
ideas dominantes pasen fácilmen-
te
de una
ca1,1sa
á
la
otra
sino
en
casos excepcionales
.'
Y _no se crea· que lo dicho es
una
exageración: he aquí
un
caso
de
homicidio llevado á' cabo _
en
el período
de
exaltación ebriosa en que se
pierden
hasta
los sentimien-
tos afee
ti
vos. · 1 ·
En
Guadalaja'
ra
se aca~a de cometer
un
crimen incompreneible,
inauditQ, reconociendo
oomo
causa
in11tigadora
para
su peq>etra-
ción,
la
embriagu.ez,
eee
indecente Ticio qne debía ser penado como
un verdadero delito: · '
Un individuo, Alberto Gutiérrez, sirTió algún tiempo
como
geu:
darme
en
la!~
~Demarcación; hace poco salió de
la.
Penítenciaría
despuós
ae
extinguir úna condena correccional que le impuso
ei
Je
-
fe PoHtico.
Ultimamente llegó ·á
BU
casa en un estado lamentabÍe de borra-
chera, acompañado de
~n
joTQn
de
nós
18
.í,
20
años, también
mu
y
ebrio. · · ·
Sin cause. Nstificada, Gutiérrez
e11!pezó
á proferir amenazas con-
tra
la autora de, sus días,
e::x:afüíndose
por
grados, llegando
s11
exci-
tacióa
al colmo, cuando la madre
trató
de,reconocerle una pequeña.
herida
que
tenía en la frerite. Entonces Gutiérrez
echan
mano de
un
afilado puñal y presa del vértigó ,de la s&ngre, ·pero no a_trevién-
. dose i cometer un parricidio, eligió
por
víctima
expiatora
de sus
iras, á su joven acompañante. que
ee
hahía quedado dormido en un
, .
356
asiento y al que clavó eLarma debajo.de
la
t'etill; derecha, causán-.
dole una· herida ,que pocos instantes después acabó con la vida de
aquel infeliz
que
ni siquiera
se
había enterado de
lo
acontecido.
-:-
El
borracho, si se l e juzga buenamente, se creerá ins-
.
tru
ido·, valiente, satíri
co
6 humilde
-aun
que esto
rara
vez, pues la embriaguez tiende á exal
tar
las
pasiones-
pero on el fugitivo estado d ~ la embriaguez no se creerá
dios,
ni
rey, ni cosa 'semejante, pues
bien
conocidas son
las ideas de orgullo, de pretensión Y
,,
de val
entía
que do-
miñ~n al ~brío nÍientra;s no cae
en
la
·locura, y las que lo
perturban
· en
este
estado
en
el cual las a
lu
cinaciones
se
revelan primeramente por la visión de varips
an
imales J
la
sensación de sus .mordeduras y piquetes, animales que
toman
aspectos monstruosos cuando el estado de.locura
~
.
se
desarrolla; y
en
seguida por las
apar
icion_es de enemi-
gos que revisten la forma
hum
ana más ó menos pronun-
ciada; y por ende· las ideas de asesinato como fuerza .,·
repulsiva· de
la
visión, 6 del 'suicidio como substracción
.
al,pa
decirniento. . .
Por-o,
tra
pa
rte
hay
que
est
irnar'
en
.mucho las circuns•
1
tancias resultantes de
un
hecho involuntario, y aquellas
que_ son la consecuencia de otro hecho voluntario
para
la
Jinp¿sición de la pena. Si la l
ey
cast
iga en el hecho
involuntario desde la culpa leve
hasta
la
culpa grave,
debe siempre punir los actos del beodo corno consecuen-
-cías _
forzos¡1,s
de
un
acto voluntario constituido por
lavo-
híntad
de embriagarse; sabedor el individuo del impulso
que 1a embriaguez imprime á
su
voluntad
para
cond~-
drlo á la· comisión de hecho~ reprobados.
Todo borracho sabe, á no dudarlo, cuál es el aspecto
. /
357
.
bajo el cual se mañifiesta
su
embriaguez; y asi, úno
dirá
que es alegre,. decidor y festivo; otro inclinado al llanto
y á
la
queja
lastimera
y comunicativa; otro pendenciero
y b
a~a
llador;
otro
satírico 6 burlista, etc.; y si
pue$-a.l
al-
cance del individuo se hallan las manifestaciones de
su
embriaguez, será siempre
re
sponsable de sus actos co-
metidos
durante
este período de perturbación voluntaria
cuya
forma
puede
cambiar rápidamen
te
por el concurso
de d
ete
rminadas circun
sta
ncias.
Así,
pues, si
un
hombre-
inclinado á la bebida dice que
en
-
el
esta
do
de embria-
\
guez es alegre y comunicativo, pero que se siente pre- · . _
dispuesto á la riña, mal ,
hará
en
embr
iagarse, porque
comprende desde luego los e4cesos á que pu'ede condu- ' -
cirlo s u estado de enajenación
voluntar
ia, y si se em- .
\.
briaga dado
este
conocimiento,
debe
ser
tan
responsable
de sus actos como cualquier ind~yiduo
.,
que,
gu
iado por
una
intenci6n
dolosa,_
haya
llevado á cabo
un
hecho .r\e- ·
prensible. Si
un
hombre sab8' que, llegar..do á
_ta
l lugar, _
tropieza con
su
enemigo, y del encuentro tiene que re-
sultar
una
riña, y apesar de ese .conocimiento se provee
de
una
arma
y se dirige á aquel lugar, y
ya
en
él encuen-·
tra
á
su
enemigo y ,
riñ-e;n
y lo-m~ta,
será
reo
del
delito ·
de homicidio con las cir-cunstancias fatales de premedi-
tación, y
tal
vez de ventaja
po'r
la
.posesión del arma.
Asi el borracho
que-
sabe que bebiendo se coloca ·en con
'..
-diciones de cometer ltn delito y
bebe
-y lleva á cabo,
~
tiene que
ser
y es responsable de las consecuencias del
delito, reagravadas por
la
·existencia de
una
beodez vo- .
luntaria. ·
La
embriaguez tiene, siguiendo
un
adagio italiano,
tres
períodos e~c
lu
sivos . El primero, se dice, es el de la ale-
\
• 1
358
gría
bulliciosa y festiva del cordero; el segundo es el
de
~
·
la
irritabilidad'del tigre; y el tercero el
de
la
postración
del cer~o. Si,
pues,
el primer período es inofensivo pero -
peligroso desde el momento en que no
puede
esti~arse
· -
su
paso al segundo, y el segundo es peligroso por
mismo, todo hombre que bebe es responsable de sus ac-
tos
desde el momento en que, por experiencia propia,
sabe que de
la
alegría puede
pasar
á
la
ira
y con ésta, á
la
comisión
de
hechos reprobados.
En
cuanto al
tercer
período, en él es inofensivo el ebrio, porque el decaimien-
to
notable
de
·sus fuerzas, que
trae
consigo el estado
de
postración
-y
de aplanamiento de
su
cerebro, lo pone en
· condiciones tales, que no puede
tener
comparación con
·
nada;
por inmundo, bajo y desprecjable que sea.
Legrand
du
Saulle lo dice: ,
-
"Existen
en
la
embriaguez
tres
períodos
muy
distin-
tos: \
l?
Las facultades de la inteligencia y las fuerzas fí-
sicas se exaltan ligeramente: sensación
de
bienestar;
. -rapidez del pensamiento: feliz elección en las expresio-
nes; amabilidad
un
poco· exhuberante; algunas incohe-
rencias en
la
locución; palabras .indiscretas. irreflexivas,
integridad de' los sentidos·; conciencia perfecta:
tal
es, ·
con corta diferencia, el cuadro de este.primer grado, en
el
que la satisfacción propia no cede sino
rara
vez á los
arrebatos de la cólera.
2?
La vivacidad de la imaginación decrece, después
se
extingue:
la
voz se eÍeva progresivamente, y llega la
turbulencia;
la
cara se colorea ó palidece extraordina-
' riamente; las venas del cuello se hinchan;
la
respiración
1 , '
toma
un
carácter 'ansioso; se presenta
una
cefalalgia
' .
' .
I
·
359
.
congestiva; fos sentidos, 'al principio debilitados:
~e
em-
~otan;
IÓs
moYimientos
son
inciertos, y se conietpn al-
gunas torpezas; dificúltase
la
pronunciación; los miem-
bros inferior
~s
vacilan; preséntanse las evacuaciones
in-
voluntarias;
la
desviación
de
ideas
y la incoherencia
de
las
palabras
aumentan
sensiblemente; la menioria
nau-
fraga; la vol
unta~
se paraliza;
las
p?,siones se infláman;
se desbordan al menor
pretexto,
y pueden con
mayor
motivo conducir á Yiolencias irresistibles en cuanto
las
ilusiones, las alucinaciones y los
impul
sos que
muy
fre-
cuentemente
aparecen-en
este
peifodo-se
acentáan
'
más.
El
mania
co
es
tan
peJigroso
para
mismo. como
para
los demás.
3?
Un
sueüo profundo, apoplético~ acompañado
de
estertor
respiratorio,
determina
este
último período
de
la
embriaguez. Incapaz de
hacer
el
bien ó el mal;
extra-
ño á las cosas del mundo exterior, el individuo á quien ·
los excesos
han
sumido
en
ese
abyecto, estado,
no
ofrece otro aspecto
que
el de
un
grosero animal, con la
singular diferencia de que
puede
resistir
al frío y_aLcon-
tagio, como Double
ha
probado:
Absoluta~ente
inofen-
.sivo
para
la
sociedad,
su
vida sólo
está
expuesta á
las
catástrofes
que
un
peligroso · azai'
pu
ede de
un
momen-
to
á otro susci
tar
.,, .
Si siguiendo
la
teo1:ía de los
que
eu la embriaguez en-
cuentran
siempre
una
excusa
qué
'exculpe 6 por
l_o
me-
nos atenúe las faltas del qu~ se .halla bijo '
sn
dominio,
hacemos irresponsable al borraého habitual que en
un
acceso de furor
mata
al honrado
padre
de familia, con-
vengamos
en
que, propagado~es
de
ese prh1cipio erÍ·óneo,
'seremos·
tan
criminales como el
mis~o
delincuente,
por·
· , .
47
'
..
'
360
que
pregonar
la
irresponsabilidad
de
un
hombre que co-
mete
un
hecho reprensible porque se pone á
sabiehq1¡ts
.'
en
condición
de
cometerlo, es
tanto
como sancionar
el
absurdo
d~
que
la
embriaguez
constituye
un
estado
de
ena
jenación independiente de
la
voluntad
del
agente, y
q
ue
esta
enajenación reviste sus actos d e inocencia, por
más
que el borracho por s_atisfacer
su
vicio, conocien-
do los desastrosos impulsos que le imprim~
la
embria-
guez, se
haya
pue¡::;to
vo
lunt
ariamente
en
condiciones
ele
perpekar
un
delito.
El
hombre que por satisfacer rencores propios priv~ de
la
vida á
su
semejante, es delincue
nte
por el solo hecho
de
consumar
un
homicidío, aunque por otra
parte
el
mó-
vil de
su
conducta puede servirle de atenuación y
aun
de -
exculpación de-la falta; mas el hombre que comete igual ·
delito bajo la influencia de la embriaguez, y á sabien-
das de los
impul
sos que ésta imprime á
su
cerebro,
es
más
delincuente aún que aquel; porque voluntariamente
se/ puso en condiciones de cometer
el
hecho reprobado, -
sin que mediaran circuns~ancias p~evias que
le
sirvie-
sen de móvil
para
perpetrarlo con más 6 menos visos de
justificación. -.
.
El-misl).10
autor
antes citado dice:
"Cuando
un
hombre traspasa las leyes de
la
templan-
za y bajo el impe'rio del vino
co
m
ete
una acción ordina-
riamente reprobada, existe
un
mal en
la
causa y
un
mal
en
el efecto.
Sin duda
est
,a consideración fué la que indujo á Aris-
' t6teles y á
Qu
intiliano
est
imar la embriaguez como
una
agravación del
cr-
imen y á pedir dos
pe
nas,'.
una
pa
-
¡,
1
./
8fl1
. "
\ '
ra
el delito, y
otra
por
la
circunstancia ~etiol6gica
de
ese
delito. · ' 1
..... -· . . . . . .. . . .....
~
. . . . . . . . . . . . .
...
~
. . . . . . . . . .
..
.
Sin du,da, que
un
acto inmoral no puede ser legitima-
do, y disposici6n alguna legislativa
ha
de poder encu-
brir
crimen alguno proclamando
la
inmunidad de la_ em-. ·
· briaguez: el mundo se ll
enaríU¡
de
· seres perversos que
viven per nejas et
vi
tiurn, sembrando por doquiera el
te
-
. .
rror'
la
muerte
y el luto. ' .
f ' .
Pero, por
otra
parte, el
sér
moral no puede respoúd
er
-
de
los actos
de
una
máquina. ¿No existe acaso
una
contradicción
en
reconocer á la vez
la
criminalidad y
la
,
ausencia de la razón?
La embriagirnz,· ha dicho Damir
o'
n, es en cierto modo
una
locura artificial que uno se
procura
por
un
~1omen-
to, y en el hecho de. procurársela,
prueba
que goza de
libertad
y continúa
,respons1:1,bl~
.
Pero
·
una
vez lograda
y siendo culpabies las determinaciones qúe pro'duce
.'
en
.
el alma, cualquie'ra actividad que desplegue,
sea
de pen-. ·
samiento, sea
de
pasión, carece de
libre
albedrío." ,
Es cierto: el delito llevado
6,
cabo en '
el
período
de
.
em
briaguez
en
e\
que el libre albedrío.no existe, no· de-
biera ser, no debe ser,
más
claramente aúri, punible ba-
jo ningun aspecto; pero
para
· ·que al agente del delito no
sea posible imputarle responsabilidad alguna,
es
preci-
so que se
demuestre
que no es
habitual
en
é~
la
borra-
chera
, y que le son desconocidas las manifestacion~s aé•
tivas,
la5
inclina
cio1
ws impulsivas
de
la enibriag~ez.
Obrando su cerebro en contrarias · condiciones,
la
satis-
facción
del
vicio de
la
embriag-dez debe
repu
ta
rse c'omo
la
causa voln
nt
aria, eficiente y generadora del crimen,
(
362
.
,
cuya
rr
,aliz.
a:ción
at
rae sql;
.~ ~
'i
agente,
toda
1
'
la
-
suma
d.~
. ·
responsabilidad exigida
para
la
justa
imposic_ión
de
la.
pena.
- '
si
el loco i·ealiza
un,
acto reprens'ible; si el
a'fe
ctadÓ .
moralmente por
un
temperamento morboso llegan á ·
cometer .
un
acto
-re
pr
obado, son irresponsables de
él
,
porque no son age
ntes
vo
lun
ta
rios de
su
co
misión. Si
el
hombrn guiado por el impülso. de las pasiones, lle-
ga á
perpetrar
un
delito, debe ser responsable de él, y
aplicársele
la
pena que al delito corresponda, a
tenuada
- 6 agravada según sean las circunstancias concurrentes
en
la
comisión del hecho reprobado;-pero si el ebriQ lle-
va
á cabo
un
acto de
esta
especie,
Ja
ley
debe imponer- ·
le
su
castigo con todo rigor y sin
tener
en -
cuenta
el
esta
do de embriaguez, más _agravante por mismo que
a
te
nuante del delito.
'
· Conviénese generalmente
en
que
la
mayor
parte
de
los delitos se cometen bajo la1 influencia de la embria-
guez, y si
esta
obser-:ación es exacta, y
en
ella
estamos
de acuerdo, preciso
~s
convenir en qué esto se deb,e
la
lenidad
)a
ley
qtie
exc~1lpa
al ebrio 6 que ~tenúa
s~ :
fa
lta; y que es á la lenidad de la ley á
quien
se de-
be
, se -
d
e'
s}_ra
.
c.o
n
un
pequeño
est
udio
de
los efectos,~
0 que sirve de parént
en e~te capítulo .
. Se dice
q\1e
hay
delit.o de culp
a---;-ent
re otras vari
as
ocasiones
-cuand
o el reo infringe una l
ey
penal hallán-
dose en estado de ernbriague7, completa, si tieue
hábi
to
de
embriagarse ó
ha
cometido ant~riormente alguna in- .
fra
cción
pm
í.ib
le en estado de embriaguez. · ·
· Analicemos la prevención legal que
pr
ecede.
Hay
'delito de culpa cuarido el rep infringe una ley' pe-
\
363
'
nal
h~llándos'e:
en
estado
'
de
eD?-bríagu~z ·o
in
pleta
; die~
fa
· ley. · , ' • · ' ' · · )
f } '
El
estado
de
embriagu
ez
comple't
a es
aquel
en
que
e~
indivi
o,
pri
va
o del us'o de
sus
facultades
/inte_lectua-
les
por
el
abuso
de
la
bebid
á
de
licores espi
rit
uosos, c
ae
en
el peÍ'Íodo
de
colapso,
de
ai10n~da:miento_ ó
de
aplan
a-
miento
abso
lu
to
ele
su
s
facultades
int
el
ectua
les, y
en
· el
-. -
de postración
de
sus
esfuerzos
sicos.
En
este
estado,
que
es el estado
de
emb
·
riagu~.?;
com
pl
ete;
,
el
bori
:acho 1
es
jnofensivo,
porque
e
l.
individuo no
ex
i
ste
sino bajó la for-
ma
moral del idiota _y bajo la
apariencia
fí~ica
de
l
cerdo
que
se re
vue
l
ca
inconci
entE:lme
nt
e
ei1
·1a in'
mu
nélicia y
fo
F~
ma
de
escrementos
su
lecho· de.reposo.
En
este
esta
do
de postración física y de
aplanamiento
n;ioral, no
puede
,
haber
acción, y si
la
anción no ex
ist
e,
mucho
menos
pue
-
_
p.e
haber
delito. " , '
Si
al
estado
de embriaguez completa, '
Se
refiere la
ley
para
determinar
la e~istencia
de
u~
de
li
to
de c
ul
p.a, la
ley
l;l.O
se fundó
en
el estudio médico,
porque
á
hab
er
se
fundado en él, habría. visto el legisla'dor
que
en el perío-
do completo
de
la ·embriague
z-
terce
ro
de
Jos
qu
:e
deter
-
~
minan
el _
esta
do de
perturbación
alcol16li
ca_:_
·
e1
hombr
e -
-es incapaz
ya
no
lo de_
comprendena
ili
cit~d
~
no ili-
citud
de un
acto
, 'pero
ni
de
apreciar
las
manifestac
i
ones
de
sus
idea's , n,i de lleva
rl
as á
calSo
.
. '
Si
por
estado
co
mple
to
de
e1nbriague
.z
, e l le'gis
lador
sü.
-'
puso, 'el de
irrit
abilidad
qu
~
media
en
t
re
la
alegrfa y el
colapso, y
en
el
que
el
ebrió'se encuei1tra
en
condiéion
es
a
decuadas
'
par~
la
perp
~trac16n
de
un
delit,o,.
aebería
ha-
berse
fijado
''
en
que
ei1
este
período,
se
conserva
ra:z6n
bastante,
,
manifestaciones
concientes
qu~pu:édenj
r :
dC:-
' \
l
I
1
364
ben
deterzµinar más 6 menos responsabilidad en el auto;r
de
uh
delito y que por lo mismo no son constituyentes
de
un
estado completo de ebriedad.
En este estadp, el borracho siente los impulsos del
,..
amor propio que juzga ultrajado: esperimenta los ·diver~
sos sentimientos de sus simpatías ó antipatías: se coloca
en
el
estado de abrillantamiento de ideas, que si bien
se
las hace aparecer de .mayores proporciones, también les
da
un
fundamento racional. ·
Los actos cometidos por el borracho en este período .
le son imputables; constituyen una responsabilidad
en
su
contra
dE¡
que 110 es posible exirn,irlo, y este estado,
no
8!3
el
completo
· de la embriaguez á que parece referir-
se el principio lega
l.
1
La embriaguez completa postra, y con la postraci6n,
los actos 'reprobados.no pueden
tener
verifi.cativo, lu~go
-no puede haber delito de culpa en el borracho, 6 si la
ley
e.stimó
como período de embriaguez completa
el
estado
de excitaci6n alcohólica existente
ene
l borracho, el delito
de· _culpa no puede existir porque el delito de culpa·
está
constituido-por circunstancias que, aunque revisten la
forma delictuosa, son agenas á la voluntad del agente.
"Por
la ejecución. de un hecho 6 por incurrir en
una
Ómisiói que aunque lícitos en no lo son por las conse-
cuencias .que producen, si el culpable 110 las evita
pQr
imprevisión, por negligencia, por falta de reflección ó de
cuidado, por no hacer las inves
ti
gaciones convenientes,
por no
tomú
las precauciones necesarias; ó por imperi-
' cia en
un
arte ó ciencia, cuyo conocimiento es necesario
para que el
h~c1!:o
no produ~ca daño alguno. ( frac. I,
art.
1I,
Cód,
, penal.)"
/
I
865
Una
de
dos: ó la ley sup~so
en
.el borracho acci6n
pa-
ra
llevar á cabo un
he'cl10
cualquiera, imprevisión,
ne~
gligencia,
falta
de reflexión 6
de
cuidado, poco empeño·
investigador, ·Ó falta de atención en tomar ciertas
pre-
cauciones, 6 impericia, cuya suposición puede sólo refo-
rirse á
un
cerebro que funciona bajo la inflrnmcia de
una
naturaleza
sana,~lo
cual no
está
de acuerdo con
un
esta-
do completo
de
embriaguez y lo cual acarl'ea indü.dable
responsabilidad sobre el
agente,-ó
quiso suponer que co-
mo en el borracho no pued~
haber
acción,
ni
previsión,
negligencia, reflexión, cuidado, empeño 6 atención,
sus
actos reprensibles no podrían
por
lo mismo constituir
mas· que delitos de culpa, .es decir delitos de aquellos
en
que no existe ni puede e
xist
ir
la
intención delibera-
da, conciente, completa y por lo mismo dolosa, de lle-
varlos á cabo. '
Esta
última
suposición, aventurada á nuestro juicio,
tie1!e
además
la
doble circunstancia de no ser exacta y
de ser injusta. No exacta, porque én ciei'to e
st
ado de em-
briaguez el hombre está dotado
de
acción; el abrillanta-
miento normal de sus idea:s le pone c,omo de relieve
las
consecuencias del hecho que se
prop
realizar;
estima
ese mismo hecho.; lo valoriza; sabe que si se propone
matar
á alguno lo· matará; que si
su
ánimo es doloso
realizará el dolo, y con la realización
co~eterá
·
un
""
acto
ilícito é injusto. Es injusta
la
suposición, porque el
que
delinque
por
imprevisión, "imperi_cia ó ·negligencia,
tiene
la
excusa de sus actcrs en la falta
d·e
intención dolosa, y
es_ta
falta no cabe
en
el borrachq, y aún más,
puede
su-
ponerse
en
él, y por lo mismo, no es racional
equiparar
al
delito
de
culpa el delito perpetrado por el ebrio.
. j
366
Una
·mujer
se
presta
.
de
.JJ
.uena
-y
ohu~tad
atender
á
otra
en
su
_alumbramiento
,'
y
por
impericia
en
el
arte
propio (la obstetricia) produce sin intención
la
muel·te
del
h1fante: es
re
sponsable del delito
de
culpa porqu!3
s
in
tít
ulo b
asta
nte
que garantice
su
pericia, se puso al
eje
rcicio de una m anipulación ignor
ada
. Un hombre do-
. minado por la
embr
iaguez no se pondría en
sit
uación
de
ayu
dar de comadrón ¿por qué? porque ap~sar de su em-
briaguez, comprendería
su
falt~
de
conocimientos y
de
perici&
para
prestar
su
ayuda
en casos de esa
natura
l
e~
za. Otro hombre por
matar
á un perro rabioso
mata
al
vecino que accide
ntalm
ente y
en
inala ocasión sale de su
casa, y aquél es responsable del de
lit
o de cul
pa
por im-
previsión
co
nsecuencia de· h aber hecho u
s'J
de
su
arma
en l
ugü
poblado. Un ebrio
sa
le de
la
cantiná y s
in
can
- ,
;:;
a justificada dispara la pistola sobro el
primer
transeunte
q
Úe
pasa por
la
calle ¿es delito de culpa? El que
trataba
de
matar
al perro rabioso llevaba la nob
le
y
hum
anita
~
''
ria
intención de privar á sus semejantes
de
un
peligro;
el bori·acho al dispar~r sobre el
transeunte,
¿mataba
á
'
un
per~o? ¿,ejecutaba,
una
acción en beneficio
de
los d e-
.
,.,,
más
individuos? .N
6!
com
et
ía
un
crimen verdadero pri-
va
ndo
de
h vida
á°
un
sér indefenso, y teniendo el ma-
tador
en
'
su
contra
las circunstancias agravantes
de
premeqitación
ta
l vez, y con segurÍdac.l las de alevosía y
ven
ja. El uno y el otro son reos
de
un · mismo d.elito
(homicidio) pero ¿la responsabilidad en que
han
incurrí~.
do es la mismá? . N 6 !
En
el
prímero
existe
un
delito·
de
...
,culpa; en el segundo
un
'delito intencional que no
puede
ate~uar
se por
haberse
c'ometido bájo
la
íirfluen,ci~
de
la
·1 embriaguez. · · ·
,.,
,
---~-~-~----..,---
;
~.,------~--~.
367
La
embriaguez
no es
una
·
excusa
en
la
perpetración
del ·crimen, y
no
_es
una
excµsa,
porque
siendo
general-
mente
conocidos los impulsos
de
la
embriaguez,
ningún
hombre
puede
excusarse con el
des
conocimiento
de
ellos
ó con
la
locura
pasajera y fu
gitiva
que la embriaguez
determina
n
su
cerebi'O. - · · · · 1
El
hombre
ed
ucado ·que
bebe
y
que
por razón de
su
posición. social vive en
íntima
relación con la sociedad,
satura
su
ali
ento
de
perfumes
pa~
ofuscar el del alco-
hol
(;r¡_ué
demuestra
esto?
que
para
el borracho son co-
nocidos los
resultados
de
la
bébida. Si ;p rns t
ie'n
e
el
ebrio el disce
rn
im
iento
bastante
para
procurarse
un
alien-
to
agradable
y no repulsivo ¿
por
qué
no
ha
d_e suponerse·
que
tiene
ta
mbién el discernimiento suficiente
para
es-
timar
los
impulsos
que
la
embriaguez imprime á sus ac-
ciones? Y si
para
cosa
tan
pequeña
g
uarda
un
preservgl-
ti
vo
¿por
qué
no
ha
de suponerse
la
intenc
ión conciente
en sus
demás
actos?
~
. .
en
borracho
en
un
baile
guarda
la
compostura conve~
niente:
es afable ·
co
n las señoras:
atento
en
su
,
trato
:
comedido y
hasta
pulcro en sus palabras: medido en
sus
acciones; y si
se
quiere afanoso
por
su
bien parecer.-
No
obstante,
ese
mismo individuo
en
el
inismo pe~íodo
de
embriaguez
que
1~
presta
el ejercicio de
tan
bu~nas do-
tes
J3ociales,
tiene
una
re
ye
rta
con otro en el_ mismo bai-
le, y
por
fútil
cáusa
le pega
un
balazo de
cuya
herida
muere
¿podrá
suponerse
que
no obró con -dis.cernimien-
to?
¿que
quién
·
se
c
1:
mduj0~como perfecto caballero
no
pudo.
estimar
las
consecuenci¡s
de
la
,riña? ¿que disparó
sobre
su
adversario
con intención
de
hacerle
una
cari;; ·
cia?
¿que
no previó-
que
el' balazo podria
producir
u.ria
.
(;
48
3(58
heriáa
y llevar
en
ella
co11
la
pequeña
bala
la
visita fu· ·
nesta
de
la
muerte?
No dudamos
que
el
borracho obre
en
virtud
de la
excitación alcohólica, pero si las manifestaciones e es-
ta excitación
le
son
conocidas ¿por qué bebe? y si bebe,
justo
es que
sufra
las consecuencias de
su
embriaguez.
Dos individuos riñ
en
estando
en
igual período de em-
briaguez, ó estándolo uno y no el otro, y el borracho
jamás
confesará
el
estado
en
que se encontraba al veri-
ficarse
etdisgusto,
porque
ya
en
su
juicio, estima como
imp11op
io de caballero buscar la excusa ,de
su
falta
en
la embriague
z,
y
esta
ofuscación irracional lo
hará
acep-
tar
un
duelo y
tal
vez
m{?rir
en la demanda.
Pues
bien,
ese
mism0 individuo si comete
un
delito,
buscará
un
a
excusa_ante la
ley
en
su
propia borrachera.
En
el primer
caso, ebrio. aún,
dará
los pasos necesarios
para
concer-
tar
éel duelo:
en
el segundo, a l verse aprehendido mani-
festará,
tal
vez exagerándolo,
un
estado de embriaguez
\
para
exculpar
su
falta.
El
discernimi
ent
o
en
ambas oca-
siones es el mismo, y
no
obstante, las manifestaciones
, son
divésas
¿por qué? porque
el
borracho sabe bien lo
,
qu
é se hace, y así como se dice que no
hay
loco que co-
ma
lumbre, así debe decirse que no
hay
ebrio que no
conserve la inteligencia suficiente
para
est
imar la ilici-
tud
6 no ilicitud de sus actos. ·
' , / " .
Todo borracho es
un
r conciente mientras no cae
en
el
período comatoso; y si pues es conciente, debe
ser
respons
3:
ble de sus acciones, porque éstas se realizan
bajo la influencia, si bien de
una
excitación
más
6 me-
nos
, poderosa, también con perfecto conocimiento de
ell~s;
'
1
369
¿C6mo pues, hac~r reo
de
un
delito
de
culpa al borra-
cho por la sola circun,stancfa de' liaJI~rse 'al,cometerlo en·
estado de embriaguez? . , _
Y lo que.Uama más
la
atención
de
las condiciones
que
la
ley
exige
para
qué
exista
delito
de -
~mlpa,
es que
el
agente. de
la
infracción
penal
tenga
hábito viéioso
de
embriagarse ó que
haya
cometido anteriormente alguna
infracción punible en ~stado de embriaguez: ó lo que es
lo mismo, que el vicio
constituye
una
excusa de.la falta
cometida y que
ia
reincidencia
ep.
la
infracci6ri no es
una
circunstancia agravante del delito. De
tal
modo que
si
un
individuo s6brio
mata
á otro,
será
reo de h0micidio
intencional, y si un. borracho_
habitual
en estado de eni- -
priaguez priva·de la vida al
hombre
sóbrio,
será
reo del,
delito de culpa en el homicidio. Si el hombre hom;ado
y justo,
pre9isg¡,do,
obligado por, circunstancias que él só-
lo puede estimar en lo que valen, roba,
SElfá
reo del
de
-
lito de robo; pero si el borracho roba
una
vez, y t _orna á
.:robar en otra, .habiendo estado
en
u:q.a
y
otra
ocasión ~n '
estado de embriaguez,
será
responsable del delito d6
culpa solamente. _ ,
-Estas_ monstruosas é . injustas difei·encias, sólo
pueden
disculpárse porque se. h_aJian dictado bajo
E;l
supue.s.to
falso de que
la
embriaguez
constituye
un
perfecto esta-
do de locura; pero
¡cuán
lejos
está
de serlo!
Para
de-
mostrarlo ·analicemos antes de
pasar
adelante en el es- .
-~
..
tudio general de.
la
embriaguez,
cuáles
son_ las ,caus¡is
que
la
moti-van: ,
La
herencia y el clima,'
la
vagancia y
)a
imitación -
unidas á
una
educación yiciosa,
son
los ~nóviles
impuh
sivos ·de la '
e_mbriag~ez;
pero
si
-
el
,
cli~a
y la herenc~a
3iO
morbo'sa h~cén' d~l beoclo'tui' sér digno
~e
éonsíd'etación;
si
por la lié'rencia porque 110 de¡:iende '
de
éli
la
i~clinaéi6n
al· vicio, y si
poi·
el
clima porque
-'
el u'so· y
~1.ui
el
J1.
bus'o
-de
las-bebidas embriagant:e·s,· le· son necesarias
para
con -
ser\;ar
en
equilibr
.io
su
naturaleza,· no lo es. el que lle
ga
al
estado de beodez ·por. vago, nial inclinado por razón
de -un~ mala educación, ó' por
un
ridículo y p eligroso
'afán imitativo:
,r
"
, , Si la
ley
impone pena al borracho hereditario en
lugar
de
ate
nder á
su
aislamiento y á
su
curación, castiga in-
·
justamente
á
·u:µ
sérirresponsable, y si por
la
existencia
· de
la
embriaguez aten,
úa
ó exculpa las faltas del borra-
cho,
S(j
liace mali.tenedora, sostenedora
d~
una
escala
eriminal·infinita. · -La l
ey
. debería aplicarse al borr~cho
··
en
.pi·oporci6n á sus antecedentes, estado y consecu.en-
·cias del delito, en lugar de
ser
la
protectora
irracio~al é
_ injusta' de los vicios.
El vago por ejemplo, es. borracho; ·como :borracho co-
mete
un
crimen, y la ley
atenúa
su
falta, y llega al ab-
surdo_ de
atenuar
·
un
hecho punible con otro hecho p
u~
' nible, y de-no poder agravar la pená .de éste
eh
cua
nto
á tas malas· costu'rnb_res del autor,
porque
el
·
autor
01]. s
cue
nt
~ atenuada
su
falta
en
su
propio estado de embria- .
güez. Si la :ley castigara·
el
delito· cometido con
la
pena
que corresponde y
reagr;vara
esta
pena
considerando
'-
á_
1~
embriaguez comó oircúnstáncia agravante, y tuvi~-
.
ra
en
_cuenta la vida de óéiosidad y de ~agan·cía del 'au-
tor
del del~to,
la
ley
sería
justa, y tendería, como, es
debido, á ~segur'
ar
fa:
.
vida'.,
la
ho:µra y los intereses,
de
la
:'
sociedad, i~divi~ual y colectivamente:·
'' . . . .
'.
·
'.
El
vago
de
por
es
i.ui
sér
-ver'dáder~h:iente 'nocivo;
/
37-1
su
~nteligenc~a
~n
tt~l;n~jQ
alguno en que tijai·set
tiende
á
~~
perversióp Y, en
la
perver,si6n se desarrolla;
se
ha-
bi
túa á
la
ociosida;d, y
la
0rganizaci6n á
la
~alta de acti-
. vi dad
para
sostenerse elt equi.librio; de todp lo cual re-
sulta
una
inteligenc~a ·d eprava,
da
que se enceneg~
en
el
vicio, siguiendo el i~npulso
de
las malas pasiones en de-
sarrollo y sin restricción moral alguna; y la organización -
decae y se agota en
la
satisfacción del vicio. De· aquí
esos seres enfermizos y demacrados, de intelige~cia ver-
caderamente perversa
por
viciada, que no esperan
mas
·
que
la
oportunidad ocasionar
para
precipitarse á la con-
sumación del crimen, entrando
por
su
mismo decaimiento
:,
en el período peligroso de
la
incubación de
la
locura.
En
esta
clase de seres abyectos
no
existen tonalidad.
es
' . ; . "
expansivas y alegres 6 depresfras y. triste~, porque
el
decaimiento
de
su
naturaler,a físic~ y moral los hace in-
concientes ú las sensaciones de
la
alegría 6, dehdolor;
mas cuando esto$ seres someten·
su
inteligencia y
su
'na-
turaleza decaidas· á la e;rnitaci6n a~coh6lica, el impulso ,
que
éstáles
imprime,
e&
generalmente cruel, sangrientp,
....
i
rif
ame y desastrozo.
He
aquí
por
qué el conjunto,
la
asociación
de
la
vagancia y del vicio, puede
hacer
de sim-
ples reptiles, gigantes que os
aplasten
,con fuer7.a pode-
rosa y sin obrar á impulsos de ,sentimientos que
tengan
viso alguno
d~
justicia,. qüe justifique á
su
vez la comi- ,
sión de los
¡ctos
depravadc,s.
l~stos
seres
son más temiblos
en
realidad
de
fo
~que á
pr
ime1
:a_ vista
par
ecen, porque
ag.n
cua~do
su
actitud
y
su apariencia física y fa contracción humilde
de
su
ros-
tr
o los
hacen
aparecer iuofonsirns, esa
actitud
y ,
ese
aspecto derruido de
su
naturaleza, puede erguirse vigo- ,
I
37
,2
r0so á los impulsos 'de
la
embriaguez': esa apariencia
humilde dél semblante que
no
· es ·mas que la máscara
de
la
hipocrecía viciosa, puede tornarse terrible, y
al
borbotar insultos 'de los labios, los ojos' ~ntes muertos,
tendrán miradas de potencia domina4ora tal, que· por
mismas inspirarán terror, y bien sabido es cu'ánto influ-
ye
el temor en la víctima
de
un
ataque justificado 6 n6.
Si
la
ley, atenuando por lo menos la falta -d el borracho,
' y por lo. mismo no teniendo en cuenta para agravar lo
que
at
enúa con
la
estimación de la vaga~cia, que cons-
tituye
por misma uh deplorable antec~dente en
el
sugeto, impone
'uria
leve pena al ebrio delincuente cas-
tigan~.p
más
en
élla
embriaguez que el
de1i
to, la vagan-
cia, y con la vagancia ésa embriague
z,
adquirirán
un
funesto desar_rollo, peligroso p'ara
la
sociedad.
Los pueblos sóbrios· han sido
grandes-Esparta-los
·
p'neblos en los cuales
la
embriaguez
ha
: sido tolerada, y
con la embriaguez la satisfacción del más grande liber-
tinaje, se han hundido en la nada' después de haber sido
·temidos en el mu_n_
do-Roma-;
de lo cuál se deduce que
el
primer deber,
la
primera obligación de los legislado-
res, debe-ser crear leyes que tiendan á-reprimir los exce-
sos, sin ma_s distinción que
la
del mayor ó menor rigor
-que1les corresponda, sin buscar en el vicio y' autorizar
con la tolerancia ·y la cons1á.eración del vicio,
la
ip.frac- ·
ci6n de la ley y el desarrollo y el desenvolvimiento
de
\
,,..
' .
una criminalida
d,
que tendrá que ir en aumento con
la
lenidad la misma ley.
Supongam
os
que la l ey sea benévola y tolera
nte
jus-
tamen
te
respecto de la responsabilidad que pueda afec-
ta
r, al
ebriQ
por la comisión de ciertos actos delictuosos
\
373
realizados bajo lidnfluencia de'
fa
embriaguez: suponga-
mos que esos actos
.como
aislados, únicos-y ocasi
no merecen el rigor del castigo
que
Ja
ley
les impone, 'y
hechas estas suposiciones
favorableE?
al
borraoh~, haga-
mos
otra
adversa para él. . Qué es
un
borracho juzgado
' /
individualme.nte?
..
Un sér sucio, repugnante y repulsivo",
descuidado
en
su
persona, y de
torpe
inteligencia.
Qué'
es el ebrio ,
para
cqn sus semejantes?
un
elemento por lo
menos de mala enseñanza y,de im;itilid~d perfecta y
un
peligro por lo m·
ás
á la vida y á los
int
.ereses de los hom-. ·
bres que viven
ei1
su sociedad. Qué-es el-borracho res-
pecto de
su
familia? Si juzgado como hijo;
ye
rgüenza de
sus padres; si
corr;io
GSpos9~
soez y abandonado; si como
padre, terror
y espanto de los hij~s pequeñitos, deplbrable '.
enseñanza de 1os ya'j6venes·, é impulso des.astroso
?e
los. :
que llegados á
una
·edad apropiada
para
1iuír
d53
un
'
sér
,
repulsivo, buscan en el vicio 6 eff
el
libertinaje ó en el
martirio ·á vecés,
la
áusencia del
sér
'qúe los ,hizo
dE;lsgra~
·
cia,dos. El borracho insultara las canas de sus p~dres;
ma~ará de hambre .á la rinijer orillándola con s~ crimi-
nal abandono
al
olvido de sus'deberes; creará hijos·
,.
1
dispuestos á ciertas afecciones morbosas-qúe ,los' con-
ducirán más
tarde
al
p11,tíbulo,
á la prisión, al manicomio,
al hospital y al cementerio·
prematuramente;
y
si
predis:
puestos á enfermedades,
{i,
áer inútil~s con ellas' h
la
so-, ·
-\:
-
. ciedad y nocivos á mismos_ y á las familia~ que
se
.
formen. y estas tristes consecuencias de
una
vida licen~-
il
'
ciosa, no son causas bastantea.
pa:m
corregir
al
ebrio
que
ebrio
s616
es, y castigar al borracho si
resulta
delincuén-
te?
Nosotros hemos visto á· ·
un
hombre
entrega~o· á
la
bebida, andar por. las piezas de
si1
casa, d~snudo, déjando
\'
I'
\
./
-r
374
al
descubierto ante sus hijos cosas ·que
ef
hombre hon-
1'ado oculta con ve1·güenza; tomar á
su
esposa ante los
niños y satisfacer
en
ella sus ~rütales instintos; golpear
, á los pequeños por fútiles pretextos-; y
para
colmo de
tanta
infamia, exigir alimentos
en
donde no había dado
1a
más pequeña monetla
para
satisfacer las naturales,
exigencias de
la
familia.
Este
és el cuadro interno, y por
ser
-interno, por que-
dar
enéerrado
entre
el velo de lágrimas de
la
esposa y
de
los hijos, ¿no es~criminal?
¿,no
es
de trascendencia
pa
>
1·a
la
familia y
:ril~~s
tarde
para
la
sociedad? ¿no es puni-
ble
-y má~ punible que otro cualquier hecho delictuoso
" .
por
razón de sus horribles consecuencias?
Ahora, si juzgam_os al ebrio respecto de mismo, de
·.
su
· propio individuo, habremos de juzgarlo como un sui-
cida, porque á sabiendas, lentamente mina
su
existencia
haciendo -víctima á su naturaleza de
la
intoxicación al-
cohólica. -.
Por, otra parte, el hombre no· nace
para
vivir aislado
de
sus semejantes; tiene una misión,qne cumplir sobre
el
mundo que habita~ es
un
miembro de la sociedad
qu:e
tiene
para
'con ella de.beres y obligaciones. Y si el
"hombre deja de cumplir con
la
serie de obligaciones y ·
·
deberes que adquiere desde· su nacimiento., será in-
digno de vivir en soci_edad puesto que.
puede exigir
el
e
ésta
la sumá de deberes y obligaciones que le corres-
ponden, strpuesto que
él
á
su
vez,1deja de cumplir con
-ellos. ·
(~
Con qué derecho exige el ebrio consideraciones, ca-
ridad
y respeto sociales, si es
un
sér degradado, y por
1 .
375
lo mismo incapaz de
respetar,
socorrer
y
considerar
á
los
mie~bros
c:lE{la
sociedad
en
que
se
encu!'}ntra?
P~r el contrario,
el
ebrio
es
un
·
sér
nocivo
á
sus
se-
mejantes, y como
tal,
merece
que
la
l
ey
l~
aplique
tod
su
rigor punitivo
para
volverlo
al
sendero
del
bi
en 6
, aislarlo de los
demás
seres
que
viviendo
en
su
sociedad
,
pueden
ser víctimas
suyas.
La
mujer que se
entrega
menos
6
pocas
vec
es
á los
efectos de
las
bebi
alcohólicas,
figura, r
es
pecto
del
hombre, en
una
escala
de
criminalidad
infinitamente
pe-
queña
respecto de aquél, y
no
porqu
e
la
muj
er
carezca
de
en~rgía, de va
lor
,
de
re
t?
oluci6n,
y
aun
de
ligereza
y expedición
bastante
para
llevar
á cabo
la
comisión
de
.
un
hecho reprensible,
si
no
porque
cuando
se
coloca
en
/
condiciolies
para
realizarlo, lo
hac
e
siguiendo
sus
im
-
pulsos propios, que
reconocen
siempre
como
móvil
un
a
causa racional á sus ojos, y
no
aquellos
que
puedan
ser-
virle de arrebató
para
realizar
hechos
de
la
misma
na-
turaleza, sin causa racional
que
los
justifique.
En
el ebrio
,no
hay
cambio
de
instintos
ele
aquellos
que
tiene
en
'el estado s6brio
con
aquellos
que
tiene
en
el
estado ebriosó.
El
beodo.
tiene
los
instintos
propi
os
de
su
naturaleza,
de
su.
inclinación.
pervertida
por
una
mala educación, ó
de
su
temperament(?
mo
rboso;
y la
embriaguez no servirá ·
en
él
mas
que
de
elemento
pod
e-
1~0~0
para
hacerle
adquirir
un
valor
oportuno
y
una
de .
vergiienza completa;
de
tal
modo
que
si
el
qu
e
por
de -
tenninada~ c
ir
cunstancias
se
siente
inclinado
á
la
per-
petración de
un
h9micidio,
de
una
violación ó
de
·
un
robo, no llevará á cabo
la
realizac
ión
de
estos
hecho
s e n
estado
de sobriedad
por
1~
az6n
del
conocimiento
de
la
40
376
. .
ilicítud
del
acto 6
por
temor
al
castigo, .
pero
cuando·
la
falta
de
.
temor
6
-de
vergiienza
de
acuerdo
, cqn
la
existencia
del
impulso criminal,
Pe
sea
motivada p9r
embr
iaguez. Y esto
es
,
tan
ci~rto
cuanto
que nosotros
hemos visto
hombres
que
para
. llevar á
cabo_
diversas
acciones 110 punibles, gr
adúan
er
esta
do
de
su
pertu
rba-
ción alcohólica, tomando
determ
inadas cantidades de li-
cor que los pongan
en
el estado
ele
energía 6
de
e:x;pedi
-
ci6n necesarias
para
llevar á cabo sus propósitos; hecho
que
también corrobora_
~1
/ fundamento de nuestr~s ideas,
cuando
afi.rmamos que en el pri
mero
y
ann
en el se-
gundo
período de l
t!,
embriaguez, el hombre cono~e aún
la
ilicitud
del hecho que
tiende
' á realizar; pfüq
ue
eri
esos estados no se determinan ni
la
ofuscación ni el .
apla
namient
o cerebral que
postran
por
completo al in-
dividuo,.s existe el impulso crimin;:tl, que
la
embr
ia-
gue21
despier
ta
y aviv~. .
..
.
1 Para: concluir,
ROS
basta
sólo
demostrar
cuán equívo-
. \ .
cos se ~ncuentran los que afirman ,que el ebr10
es
tan
, 1 , { f f
irresponsablff de sus ideas extraviadas, como el hombre
d,e
las que en
~l
m,ismo sentido .experi
menta
durante
el
·
sue
ño.
Para
demosirar
ese equívoco
basta
r á fijarse
en
que
el
ebrio
busca
vo
lun
'tariarrient~ con
la
sat
isfacción del vi-
cio:
la
oportunidad de cmneter
una
fa
lt
a 6
un
delito
i.
q
ue
ese mismo vicio
puede
orillarlo, m
ient
ras que el in-
dividuo que se entrega al sueño, lo
ha
ce en 1V
irtu
a'
de
una. necesidad
natural
, sin conciencia
de
que
va
á po-
·.
nerse en condiciones de cometer
un
· delito ó
una
faltá,
, y
si
ri
esp~ranza de llevar .á cabo é
sta
ó aquél, á no
ser
eri
el estado sonambúlico , que
constituye
por
mismo'
la
/
- . / 1
377
existencia de-
un
estado morboso. Más claro
s_un,
el
hom-
bre
al embriagarse ( conociendo
ya
los d
ep
lorables efec-
tos de
la
embriaguez) se pone voluntariamente
en
cir-
cunstancias de llevar á cabo
un
hecho reprobado, mien-
tras
que el individuo que se
entrega
al
sueño, sigue el
impulso que le aconseja
su
propia naturaleza: el reposo
después d el trabajo, sin sospec
har
que al entregarse al
sueño
pueda
des
pertar
de él reo de
un
delito.
Para
concluir con
este
ligero
estud
io
acerca de
l¡:¡,
em-
br
iaguez, es oportuno manifes
tar
:, que si
la
colocamos
como 'ca
usa
impulsiva de
cierta
clase de delitos tales có-
mo el homicjdio,
la
violación y el incendio, así,como del
suicidio, al ·
tratar
de cada
uno
de los cuales hacemos
especial mención de ella,
es
porque las alucinaciones
del
ebrio lo encaminan á la comisi6n de esos actos delic-
tuosos
la
mayor
parte
de
las
veces, y no por ejemplo á
la
del robo, porque por lo i;egular la manifestación dolo-
sa
de la embriaguez, se
reduce
á
la
destruccción de
mismó 6 a
la
de sus semejan
tes,
y
algunas
veces á la sa-
tisfacci6n de la lujuria, aunque
esta
forma de delincuen-
cia, sólo aparece cuando el beodo comienza á caminar
por
la tesbaladiza senda del vicio, y no después,-
en
cuyo -
período de progreso, la naturaleza física decae, y ener-
vada
la
inte
ligencia por el alcohol, no acaricia
ya
s
la
ilusión del amor y del deleite. "
Véase en apoyo de lo dicho·,
un
cálculo hecho _por el
Reverendo
Justin
Edwai·ds
en
su
"Manual
d'e
tempe
_ran-
. '
cia,"
para
demostrar
hasta
que
gr'ado influye la embria-
gu ez
en
la
comisión de los delitos.
Segú
n
Mr
.
Edwa
rds
en
1
838
las ¡
pa
,,
os
gri·
_.,
......
ll
LA
~!.ICl
.
- - --
-----
- -
.,
,
~i.'!r,t
,...
..
11
378
minales encerrados ~n
la:
cárcel
de Ogdensburgo (Nu:eva
York),
eran
borrachos. ·
_
En
la
cárcel
del condado
de
Litchfield
(Conneticut),
de
39 reos, 35
eran
fervie
ntes
adoradores de las morta-
les
delicias del alcohol.
En
la
prisión de
Estado
de Ohio (en el afio 182\J), de '
134 delincuentes, 98
eran
conocidos como ebrios . .
~n
la
pri.:iión
ele
igual
clase
de
Auburn,
de,
64
7 proce·
, sados, 346
habían
delinquido bajo
la
influencia, de
.l
a
embriaguez; y en
la
misma prisión,
en
un
año, excepto
..
un
reo, todos los demás
eran
borrachos.
En
1
la
prü;ión de
Estado
de ,,y ethersfield
de
120 en -
causados, más de
90
lo habí~n sido
por
cometer
delit
os
en
estado de embriaguez.
Después del cálculo que precede,
he
aquí
un
dato
que
refiere:
·
"J.
O.
Cole; Juez policía
de
Albany,
Estado
de
e-
va
York, testifica que
de
cincuenta casos criminales traí-
dos
ante
él, en el curs.o de
una
semana,
cuarenta
y ocho
se
originaron del nso indiscreto de la be biela; y que d e ·
ci
en
causas criminales que habían sido· investigadas du-
rante
un
año, noventa y seis fueron· del mismo
origen."
Después de lo dicho,
he
aquí enérgicas expresiones
del
autor
, que fotografían por decirlo asi, los impulsos .
espantosos de
la
embriaguez: '
"La
te
n'eació.n
cl
Q
com
eter
u,n
crimen, que
pud
iera
ser
rechazada si el entendimiento no
est
uviese bajo el pod
er
de
·
1u
bebida, se
ll
eva ade
lant
e h
asta
que el crimén
se
perpetra.
La iniquidad,
aborr
ecida
antes
por el alma,
vi
.ene
cij
elemento de
sus
en
su
eños clelícioSos; y los
, .
....
.i.' ¡
dl
'~
lf
..,
•'
{i
/
-;
.f
,&
1J"''t,i'
..
..c;..
..
_ ;,(,
..
. - _ ......
..
'
379
erímene~, qué,
s619
al
rensar
en
~llos se ii;iquietaba el
al,.
ma,
son ahora cometidos
co
.n . voracidad
...
. . "
¡ Cuán significativas son
lai:¡
_anteriores frases y las es -
ta
dísticas que las
pr
eceden!
*
:;:
*
Indiquemos ahora cuáles son las manifestaciones m
ás
·
comunes de la embriaguez, citando al efecto algunos
casos de ellas, y cuál es el desarrollo de
este
vici
o,
·
para
lo cual nosºservirán de mucho recientes estudios es'tadís-
ticos.
Nótase de una manera incuestionable, que el ebrio
puesto
en
la pendiente del abism
o,
se precipita en él sin
oponer por
su
parte
un
obstáculo conciente al peligro
de
cuya
apreciación se halla· di$tante, y esto depende de
q
ue
comenzaildo á beber licores espirituosos no se detie-
.
ne
en
el
mornento oportuno én que lo bebido
constituy
a
\
pa
ra
él ,
un
esta
do
de bienestar, sino que siguiendo el im-
pulso vicioso, seguirá bebiendo
hasta
ponerse en
co
ndi-
ciones
ta
les, que le sirvan de móvil para la perpetración
de
un crimen á que lo impulsa el período de-excitación
en que se encuentra, y que, detepninand_o en su cerebro
· a lucinaciones espantosas, lo conduciá la consumac
i6
n
de
un
hecho reprobado;
hasta
en
Jas
personas de
su
ma-
yor
estimación. De
esta
insistencia en beber y
en
beber
lico
re
s que por
su
propia composíción tienden á
pertur-
ba1:
más pronto las facultades intelectuales, nos ofrece
un ejemplo-
el
caso siguiente:
Victoriano 'fdrres y
Jo
..Balderas, eran d0s amigos que t~nfan
la.
qostumbre' de tomar copas.y pulqu_
e)u
p.
tos'.
.
Esto aconteció la ma!íana del n de
Fel;>rero
del
afí.o
pasado en
que·cas'rialmente se eacontraron 'en,
la
tialie del Puente Blancó, yen-
do á tomar 1
ío}'as
cd
rt
aguardien
te
'
on
uná,
tiendia;-de13pués
.fueron¡¡
'
,. , , ,
{.
/
380
una
pulquería¡ y al salir
d~
ahf
ya
ebri.
os,
por
causas baladíes,
Bal~
toina una·
piedra
.y
ataca
á su compañero, contestando á esa
agreeión con una naT¡ija, entablándose
la
rifia· en 1.a que recibió
el
primero 9cho heridas. Una de ellas
le
cansó
la
muerte el
26
de Mar-
zo
del mismo año.
Poco más ó menos esta fué la declaración que rindió el herido,
_tanto en
la
·Comjsaría como en el Ju~gado.
El prMesado está conforme en el principio de la declaración de
su amigo, pero nie
ga
ser cierto el
final;
pues dice que se separó de
él p.espués de tomar las hojas, que
se
retira
ba á su casa, pero como
'
11ovía
, tuvo que
reg,
·esar á la calle donde
lo
dejó; que
ahí
le
encon-
tró
herido vi endo
huirá
su heridor.
Ni en pró ni en contra existe declaración alguna, pues
no
hubo
ningún testigo pre
se
ncial.
Aunque
el
primer Agente
qu
e conoció de este proceso, Lic. Beja-
ran
o:
formuló acusación contra
el
procesado,
el
que llevó la cau-
sa á
Jurado
lo acusa
como
autor del homicidio perpetrado en riña,
siendo él el agredido.
La
defensa, fundándo
se
en
la falta de pruebas, pidió la absolu-
ción de su cliente. /
El-Jurado -declaró culpable á Torres: y votó todas las conclusio-
1 úes que presentó-el· señor .Agente por unanimidad; pero
como
en la
audiencia de derecho el señor defensor hizo presente algunas defi-
ciencias en el proceso,
el
señor Juez, fundándose en el
art.
544
del
Código Penal,
lo
puso en absoluta libertad.
Otras,v'eces, dominado el ,ebrio por ideas extraviadas
á consecuencia del estado de perturbación en que se. en-
cu.entra, se verá impulsado á
la
comisión, -de .delitos á
que lo llevan mótivos insignificantes, tales como la· sos·
-
pecha
de
un
insulto, de
una
provocación deshonest~, ó
de
cualquiera efímera
ca:u~a
de esta naturaleza. -
En
este
período, el ebrio, conservando en
su
sentfr, el raciocin~á'
,
bastante
para, _e~ti~~r,
~i
J
:p.~ulto
·.
por
ejémplo,, y oliscar
la
jnst~ veniaD¡z~
d~
él, 9.olocará á sü,cerebro, ~Iterado.
.....
081
por
la
bebida, sobre
una
senda falsa, al fin
de
la
cual
el
imp1:1.lso
se~á
sin.
duda
algun:a
el
da
la
comisión
de
un
cri:tp_en,
impulso
ql-íe
á
estro juicio, no. por
venir
del
estado
de 'embriaguez; debe' eximii
:-
al agente de
la
res-
ponsabilidad que le. correspt:mde, por' más que, d~s.pués
de pasado el período de la excitación alcohólica,Jmsque
los medios propios
para
exculpar ó por lo. menos pa
ra
atenuar
su
falta.
A, ese estado de ·suceptibilidad exageraf
la
del ebrio
en
el estado ebrioso, se deba
tal
vez la comisión del he-
cho
qu.e
un
periódico
narra
en
su
sección de
"Jw,ados,"
bajo la
siguiede
forma:
En
una
tienda
del pueblo
de
Xochimilco,
tomab
an copas,
invita-
dos
por
Desiderio Díaz (a)
"El
Chino,''
la
noche del 7
de
Marzo del
año
próximo pasado,
varios
individuos
entre
los que se
encontraban
Inocente
Noriega
y M
arcos
Villanueva.
Después
de
varias
libaciones,
llama
Dí~t
fuera
del
establecimi
en-
to
á
Noriega
y á Villanucva y sin
media
.r dísgm,to alguno,
saca
un
cuchillo, y con él,
hiere
á ambos en e l pecho
..
Noriega,
muere
horas
después,
sanando
afortunadamente
Villa-
ilüeva.
durando
en
curación
más
de
dos meses.
. '
El
acusado
no ni
ega
sér
el a
utor
é:lel,
crimen
que se le i0¡1puta, pe-
ro
dice
haberlo
cometido
en
riña
y
haber
sido
agredido
por
~us
víc-
tim
as
. · ·
En
sus
conclusiones
el
señor
.A.gente,
consideró
el delito cometi-
do
por
Díaz
fuera
de
riña,
con las
circunstancias
agravantes
de
pre,
m~ditacióIÍ.,
alevosía
y venta_ia.
La
defensa,
por
el con~pirio, op1na que el hecho se cometi_ó en
rifta
Ó
COOtie
'
nda
de
,obra, . siµ '}UC
existieran
las circunstanciáii ale-
gadas
por
el Sr.
Li
.'
Isias.
_ ' ' ,
En
vista
del
veredicto
del
Jurado,
que fué
condenatorio,
Díaz füé
3entenciado á s'
ufrir
la
pena
de
14
aflos
de
pri.sión
contado$
desde
el
lll
.
de
Septiembre
último. , .
'Bl prÓceéiído
es
m
en
or
·
de
. edad~
··,
~
> ¡ ' ' \ ,
:,_q
j ·
l'i
, t
~,,
1
~·,
ft
.
t".{1.·~
....
'~
I;
'
t(.
,-
! ='-
\,¡
I
' .
382
.
E~
~
1
'otras
. ocasiones
..
sucede qu~
el
ebrio :no conserva
memoria de
sus
acciones ll~vadas
á,
'cabo
durante
el
pe-
ríodo
de
. embriaguez, porque llegando
éste
al
estado
de
aplanamiento
del
cereb1;
0,
ofusca en
él
el
re~uerdo del
· pasado, y
s6
1~ la
natural
eza :
por
lo
que
á ella correspon-
de, se e
ncontrará
postrad
a, decaída y
por
lo mismo en-
ferma.
.-
\ · '
E~ta si
tu
ación penosa del bo
1T
acho,
en
la
qu
e
su
'.
est6-
1
).1a
go
está
dolorido,
su
alien
to
ca
nde
nt
e y fétido,
sus
manos t6mblorosas,
inyectados
los ojos y la
mira
da s
in
vigor,
rehuyendo
la contemplación de objetos
lu
minosos
_,
y
tendiendo
á pern:ianecer bajo la
media
obsc
uridad
, de
los. cerrados párpa
do
s; en
esta
situación
en
_
la
ql1e
el
cue
rpo
teme
al frío y
huye
de la
act
ividad
para
caer en
un
estado
de
reposo enférmizo, el
ebr
io tiene
la
cabeza
como-hueca,
su
cerebro bajo
la
influe ncia del cansancio
de.
un
trabajo espantoso, ó bájo las consecuencias de
una
c?ngesti6n _que pasó, no
gua
rda
memoria
de
los hechos
realizados, y
lo
una
que
otra
idea del pasado, fugitiva
y sin permanencia cruzará
su
decaida inteligencia, de-
jando
en
·ella del recuer
'clo
, lo que
queda
en
un cielo
de
nqche
tempestuosa
de
la
ligera luz de !os i:elámpagos.
¡ Cuántas veces_
el
h~~bre
que
ha
cometido
un
délito,
ó
una
falta en .el período ebrioso, no
tend
memoria
de
sus
acciones, y
al
verse
ap
'rehendido
por
la
policía y
.
preso
y sumariado, se cree
vfctima de
.',
una
equivoqa-
ción ó\
de
circ:unsta!!,cias fatales·
en
las
:que no
ha
ten
-ido
participio algunó! . , · ! 1 ; . 1 •··
_ Ocupa
_..
el banquillo de
los
acusado~ Pedro
q-
~par90,
(~)
i1'
"011
,
a•
¡al,"· acusado del delito de homicidio perpetrado en la persona· de
Teodoro Cervantes, la noche del n de Junio de 1899.
' ,
'
383
· El inculpado, en todo el curso del proceso,
ha
prote.stado siempre
su inocencia. En
la
barra
negó t-ambién
haber
cometido el delito
que se le imputaba, y al ser ínterrogado
para
-que explic¡i.ra las cau-
sas porque habfa sido aprehendido, se expresó así, poco más ó
. ' .
menos:
"La
noche del
17
de Junio de 90
me
encontraba yo en .el mesón
de San Antonio Abad, que
er9,
donde vivía, y de improvis o se me
pr
esentó
un
'gendarme, que intimidándome á que me
diera
preso,
me
condujo á la Demarcacióq
d~
policía.
Ya
una vez allí, supe que se
me
declaraba culpable del homicidio
cometido
en
la persona de Teodoro Cervantes, á quien'
yo
ni siquiera
conocía, y
no
recuerdo tampoco hab.
er
tenido disgusto con él, 1ha-
biendo, además, la circunstancia de que
me
encontraba ebrio."
Pero contra
la
insistente negativ.a del acusado, existían algunas
deposiciones testimoniales, entre ellas la de
un
testigo presenciar,
Apolonio Ramírez, quien aseguró ante el
Jurado
que; á consecuen-
cia de
un
dü,gusto que tuvieron Gallardo y Cervantes, en cuya
com-
-
pañía se hallaba,
en
una tienda del rumbo de San Antonio Abad,
ambos salieron á reñJr, resultando que el primero diera muerte al
segundo. El; agregó, d.inmediatamente
parte
á
la
policía.
Las declaraciones de
los
gendarmes que concurren al
lugar
del
crimen, así
como
la de
los
dependientes de la tienda en donde sur-
gió
el
disgusto, están de acuerdo en
parte
eón las de Ramírez •.
Después haber oid6 al Agente del Ministerio Púb\ic0,
al
de-
'
fensor, y
el
resumen del Juez. el
Jurado
pasó á deliberar y pronun-
ció un veredicto condenatorio, en virtud del cual, Gallardo fué
condenado á sufrir la pena de cuatr-o afios de prisión y una cuarta'
parte más de retención en su caso, debiéndose contar la pena desde
el
29
de Agosto de 1890. · · /
-:-
El hecho referido nos da
la
idea de la ínconciencia del
ebrio respecto de los actos cometidos durante la embria-
gue¡z;;
i~conciencia que resulta del estado de pbstración
siguiente
al
de la é~citación álcohólica;
del
estado''de .
olvido,
8-ei
:pasado
pÓr
ei
desfallecimiento del eerebr0·,
qu.e
.
foitzO'saménte
.:
&i
·gue aLpéríodo de
una
loeura acttiva
50
384
en
sus manifestaciones y constituida
por
un
cambio po-
deroso en''las ardientes evoluciones del cerebro; obliga-
do
6,
entrar
de lleno
en
un
·estadO de actividad ájeno á
su
manera
de
ser
normal y constante, 6 sometido á'al-'
teracio
i1es
frecuentes1 de las que
resultan
postraciones·
tan
poderosas, como poderosos· son los móviles que obli-
gan' a la inteligencia á funcionar.activamente.·
·
Un
sab'ip médico
ha
dicho que
la
s constantes exc
it
a-
ciones del cerebro motivadas por
la
embriaguez, hacen
perder
á
éste
poco á poco cada
una
de las facultades
constitutivas de
la
inteligencia,· h
asta
dejarlo
tan
' sin
ideas
como
una
página en blanco, comparación exacta
por
cierto, púe,; esa y no
otra
es
la
condicién desgracia-
da de
.
un
cerebro excitado con frecuencia,
en
el que la
fuerza vital conc1uye, hundiendo al individuo primero
en
el
1olvido de sus·aétos, y después en la locura ó en el·
idiotismo, fuera además de los otros resultados penosos
á-que
está
su
j~to física y moralmente el borracho.
Por lo regular
la
embriaguez tiene la· facultad espail'-
1
tosa
de, ·avivar las pasiones y despertar los recuerdos.
Generalmente el que se embriaga, si es de condición pa-
cífica, reirá festivo 'con el recuerdo de actos y de suce-
~-
s s: divertid9s para él1 ó llorará con la memoria de añe:~
jos sufrimientos. Mas
hay
que advertir.que
esta
tristez~
ó aquella _alegría, son positivas, porq
ue
el borracho siente
con -exquisita sensibilidad,
tanto
la
satisJacción .
de
sus
alegrías, e.orno
la
amargura .de sus dolores;
p~q.ie:11-do
aseg1¡rarse que sus acciones, llevad~s á cabo
en
.el.pe-
ríodo
de
excitac;i~ón
alcoh,6lica qu~
apn
no
~o
postra,.
sp~
..
~
hijas(
do
, alteracion~s á_
qú.e
está
.sujefo .
el
,cflr.epro en-
el,
.e~
_
tap.o
mor~QSQ
qe
la
~µ)p~iaguez;
...
p_~ro
e11.l.M
. _q~e es
. '
385
manifiesto el dominio
q:ge
la
razón, au,nque extraviada,
ejerce
en
ellas.
La
embriaguez, además, tiene
entre
sus
·manifesta-
ciones
la
de
aumentar
las proporciones de la.leve ofensa
recibida, ó de la demostración alhagadora de que
ha
si-
do objeto el borracho. s
f,
pues, en
la
inteligencia
és-
te
serán
exageradas. las ,afecciones del odio y de
la
gra-
titud,
por mas que ni
la
causa eficiente del primero, ni
el móvil de
la
segunda, sean
bastante
poderosos ' para
conservar recuerdo de ellas. De esa tendencia de la ima-'
ginación por aum_
entar
las proporciones- afec
~vas
en el
-período ebrioso,
resultan
muchas veces delitos que re-
·--
visten -
un
aspecto de venganza.
q°:e
repugna,
aunq1'le
la
ofensa que los motive al borracho cierto grado de
just
ificación de
SllS
acciones. ·
He
aquí un caso que revela
hasta
qué extremo puede
conducir
al
hombre esa forma peculiar de
la
e:rpbriaguez:
El proceso de que vamos á ocuparnos, desarrolla uno de esos '
mas domésticos que por desgracia son muy fre·cúentes én
la
clase
baja
del pueblo, cuyas mujeres careciendo en lo general de las I;IO·
ciones más
rudimentarias
de educación, se
embriagan,
pierden el ·
'pudor, y provocan disgustos que pueden
terminar
en
una Simple
r
iña
á puñaladas, pero que también suelen
dar
por
re
s
ultado
un
crimen. ,
De un caso de
esta
naturaleza
ha
tocado conocer en
esta
vez al
augusto
tribunal del pueblo. ,
De
la
lectura de las constancias procesales resulta, que paseando
un
domingo en la tárde, José Martfnez y Simona Cordero que
vivían
,
en
amasiato,
la
segunda se embriagó ligeramente,: y bajo ,la infiuen-
ciii,
de(
lic%
. ocurri~Ie despertar _celos en
_.
M'artinez,-~tci~ndole al
pasar
cerca de
,,
un ,desconocido:. ';
'M
salúdaJ9,
,'
P,Orque
,,
ese
es
tu
-
\.
,
''
~
•,
•.
_,,
1 , 1 , , J .
.,
f , , ,
amo.
,.
, , , , ,
..
._
E~tr~ _l.a
gente
del ,pueblo, . es ;este ,tin
~rav
,e
in~J!to:
,
qu
,e éqÚi;.ale
á
revelar
la
infidelidad de uBa mujer. Así fué que
éste
.
inci_de
_
n~e
' '
386
provocó un serio
di~usto
entre
atilbos
.'
Inútil
es
agregar
que1 se
cruzaron los contendientes las palabras máa soeces: .
Al
llegar á la casa. Martínez y
la
Cordero, é~ta se acostó con
BU
ab~elita en una pieza, dejando á
Bu
amasio en la otra, en compañía
de una hija, fruto
\fe
aquellos amores.
·
Al
dfa
siguiente
\a
Cordero se negó á
dar
el desayuno á
:M:artínéz
y
1~
dijo que se
iba
al baño á lavar.
Martínez recordapdo la escena de la tarde anterior y en presen- ·
cia del desdén con que se le
trataba,
decidió
ir
á la pulquería á
so-
focar, sus penas
por
medio del blanco licor.
En
la noche, por supuesto, llegó algo ebrio al hogar, y la Cordero
se
negó á darle de
ge
n
ar
y le riñó porque
iba
en aquel estado.
Este
fué
~
princípio de
un
nuevo disgusto que se
fué
agriando
pau)atinamente,
al
grado de que Martínez tomó un formón, é infirió
con él tres heridas á su amante, uria en el hombro izquierdo,
otra
en
el
puño de la mano derecha, y la tercera en
el
corlo del mismo
brazo. Esta última interesó una
arteria
y produjo una abundante
hemorragia que por
no
haber sido atendida á tiempo causó la muer- .
te de
la
Cordero.
]TI!
heridor se entregó á la policía, confesó su delito y manifest'Ó
;.
la
mayor resignación
para
soportar sus consecuencias.
El Agente del :Ministerio Público en
BUS
conclusiones, acusaba á
Martínez de homicidio cali
fi
cado; pero
el
defensor alegó varias ate-
' nuantes, de
Jas
cuales sólo dos. fueron votadas.
, El
Jurado
entró á deliberar y pronunció uu veredicto conde.nato- ·
rio, en virtud del cual, Martínez debía ser condenado á sufrir
la
úl·
!ima pena, pero el Juez teniendo en cuenta las atenuantes alegadas
ppr
la
defensa y votadas por el Jurado, le conmutó
al
reo la terrible
pena por la extraordinari~ de veinte afios de prisión.
-:-
1~
He
aquí ·otro caso:
Haceúnos dos afi9s cu,atro meses, Celso Nazario, Andrés Medina, ·
Angel Aguilar y ,otr9s,índividu~s, se reunieron. en un experniib de
.pulque de Casimiro Ortega, en'Tecomitl, cerca ·de Tláip~.
m,
y basi ·
se embriagaron. , : ' ·
·
De
e~tds'prececÍen~ s·
~o'
podía resultar"
otra
óo~á
que 'un disgusto
yaei'rat
'¡,
e•,
>,J
,_',
'"
,
!.
i T
/ 1
38'7
'
Nazario
y . .Aguilar se injuriaron.
Todo
parecía
ya
haber
termjnado, cuando Nazario,
según
se des-
prende
de las constancias procesales, al
salir
de
la
taberna,
y favo·
recido
por
la
obscu·ridad que.reinaba, saqó .una pistola y
la
disparó
sobre su contrario.
No satisfecho con haberlo herido mortalmente, se acercó á Aguilar
que
yacía en el suelo
bañado
en sangre, y le hundió varias veces un
puñal
en el cuerpo
para
acabarle de
quitar
la
vida
.
Al
tener conocimiento
la
autoridad
de
tan
atroz delito, procedió
á c
apturará
los que
aparecían
responsables, y fueron encarcelados
Nazario y uno de sus compañeros, Medina.
Este,
durante
la
instrucción del proceso, logró fugarse de Belem;
pero después se presentó al Lic.
José
María Pavón, prometiéndole
que
se
presentaría
ante
el
jurado
cuando fuese
la
vista
de
la
causa.
Este
hecho sirvió de base
al
·
citado
abogado
para
probll,J,'
_
la
in-
cu-
lpabilidad de su de!enso,, y el
tribunal
-del pueblo absolvió á _
Me-
dina. '
Cont_
ra
Nazario aparecían sus tnalos antecedentes y ias constan-
cia
s procesales, por
lo
cual el
Jurado
votó
en
contra
suya·
un
vere-
dicto condenatorio, en
vista
del cual
fué
sentenciado á sufrir.la péna
capital,
pasado
por las.armas. ·
La defensa apeló de la sentencia.
El borracho está predispuesto si8mpre á '
la
comisión .
de
hec
hos reprobados, porque _en el períod0 ebrioso,
su
inte
ligencia
ti
·ende, ofuscada¡ por
la
embriaguez, á
la
perpet
ración de hechos que por mismos
constituyen
delit
s.
Todo imlividuo
perturbado
por
la
bebida de li-
cores espirituosos, se
vengativo, sanguinario, provoca-
tivo, etc., y nunca será
ag1
:adecido, tímido y
prµ.
_dente;
de
a
ql'J.í
, que
basta
-él más lige
o estímulo
para
precipi-
ta.do, c~mo desbo0ado, á
la
co
misión
de
. esos actos re-
prens
ibles. .
Si
en una ;reunión
de
ebrios
-dno
ca
nta
,
cantarán
los
otros, y
si
uno riñe 1'
eñirán
los de
más;
mas en cambio
, 388
.
si
uno llora, lo consolarán alg"unos 'y los '
más
se burla-
rán
de él.
Esto
depende
de
que
e-q.
el
borracho se borra
todo principio de lo justo, de lo noble y levantado y
de
lo bello; de aquí que
las
acciones del ebrio sean todas
ellas: repugnantes, injustas y muchas veces criminale~,
/ pue~
bastará
para
hacerlas
tales
, que_
un
solo borracho
d_é á los
demás
un
perver~o ejemplo de maldad.
La
embriaguez., ese vergonzoso estado del hombre
en
q
ue
por ·
su
voluntad se convierte
en
el
ludibrio de sus
. seme
jant
es ó
en
el motivo
de
su
desprecio, conduce al
que
lo sufre, á
un
término fatal,
ya
sea
este
la locui·a, el
s
1.ücidio,
cualquier
est
a
do
morboso deplorable, 6 lo que
· es más
triste
aún; á
una
muE;rte
temprana
no se
ntida
por sus semejantes,
ni
siquiera por los miembros de
su
familia, á quienes
habrá
hecho muchas _vec~s víctimas
· de
su
depravación.
-Refiramos á
nuestros
lectores
un
caso de suicidio de
'
un
borracho, que tomamos d_e
un
períQdico de Chihua-
hua:
1 ·
''En San Bueri'aventura lo efe~tuó el artesano Soto, hijo del di-
funto
R,ayo
Soto, que prestó grandes servicios á
la
nación en los fo.
nestos tiempos de
la
intervención francesa y al
Estado
en diversas
épocas de prueba. El joven Soto
estaba
listo
para
. casarse en esa
población, habiendo obtenido
-ya
el
consentimiento de
la
familia de
su prometida, cuando á
ésta
le
sugirieron
la
idea
de que él novio
- e
ra
casado; con este motivo
la
familia le exigió que probase su es-
tado. Se disponía á venir á
esta
· c ap
ital
á recog
er
algunos documen-
; tos, pues
hasta
había comprado el boleto
para
la
diligencia.
Antes de '
marchar
se reunió con vario"s · amigos, y comenzaron á
beber
has
ta
embriagarse;
una
vez en ese estado de
exaltac
ión de
· ideas, se dirigió á su casa, y aconsejado por
la
locura de
la
embria-
guez, ápuró
una
gran
sis de ácido ,sulfürico, cuyos funestos efectos
ño se hicieron esperar, y
presa
de los h.orribles dolores que
le
pr
o-
'
-.
I
389
, el veneno, vino nn violento
vómito:
se
retorcía,
sentía
un
frío
-
glacial.
. -
Después
de
suspenderse
ei vóaiito
por
corto
tiempó, volvió con
mayor
intensidad
arrojando
un líquido color
de
chocolate, y
en
· me-
d io
de
las más terribles
angustias
espiró, " .
-.-
Y
para
concluir,
he
aquí
un
suceso risible
qu.~
pone
manifiesto
ha
sta qué extremo
puede
la embriaguez
.llevar
al
hombre.
M
r.
Spitz,
recaudador
de
impu estos en vVhitest
one
(Long I
sla
nu),
ha
causado
rec
ientemente
un
gran
escánda
lo en
dicha
localidad
por
u
na
singulas
ima
oración que hizo
en
voz a
lta
dur
an
te
el servicio
de
la
tarde,
en el tem p
lo
Metodi
sta
Episcopal.
El
escándalo fué tan-
to
mayor en·
razón
:i que Mr.
Spitz
era
conocido e n
Wh
itestone
co-
mo poco
relig
io
sQ,
y s u
pre
se
ncia
en
el templo
había
ya
provocado
por
si
s
ol
a
ciert
a
sorpresa.
·
1
'¡0h,
Dios mio! exclamó Mr.
Spitz
de modo que le
oyeran
bien
todos los
fi
eles,
parándo
se y tomando uria
actitud
de
profundo 'reco-
gimiento:
te
pido
me conéedas
la
gracia
de,
cortarle
pulg
ada
y
media
de
l
engua
á mi mujer. Antes,
era
yo rico; antes,
era
yo consejero
municipal
de
este
lugar;
hoy, soy un ebrio; hoy,· soy un '
hombre
arrui
:
nado, y y todo esto_á caus_a de
la
maldita
lengua
de
mi
esp
osa. ¡Oh,
sefior,
cortadle
la
leng,ua, cortádsela!"
·
Fácil
es imagina¡r
la
cons
ternación
producida
en
el
templo
por
tan
extraña
pleg
aria.
La
Sra.
Spitz, que se
hallaba
presente,
se
escu-
rrió
con el meno'r ruido posible, y
en
cuanto
al
marido,
se
dice
que
al
salir
del t emplo
fué
. á
acabar
tranquilam<:jnte>
la
noche en
una
can-
tina
cercana.
-:-
Este
hecho
risible en que ·
un
marido culpa á
su
-espo-
sa
de la 'desgracia
en
que se encuentra, no es
mas
que
un
incidente divertido de vida de
un
borracho; pero
c
1+án
lejosi e
stán
de ser as
todas las manifestaqiones del
hombre que sin
espeto á mismo ni á
la
sociedad en
que vive, se entrega á la bebida y olvida ·con e
lla
todo
o
\
?90
aquello que se debe á mismo.y á sus semejantes! i cuán~
tas
familias se ven en
la
miseria y
aun
en
la
degradacióil·,
debido á la mancha que arrojó sobre ellas
un
padre vi-
, cioso! ¡cuántos niños que pudieran
ser
útiles en
la
edad.
viril á
la
sociedad y á
la
patria, se ven vagar por las ca-
lles, enfermizos, hambrientos é ignorantes, abandonados
por
el
padre
que los olvida! ¡Cuántas esposas hundidas
en
la
prostitución, maldecirán al marido borracho
qi:re
las
precipitó, por el descuido
de
sus deberes, en el abis-
d. 1 . . ' '
mo
~
v1c10
.....
*
::: *
La
embriaguez adquiere por desgracia,
un
desaÍTollo
·
not
_able
e!.:
nuestra
sociedad, porque reputándola · la ley
en
ciertos casos como circrinstancia
atenuante
·de
un
de-
lito,. y en otros como exculpante de él, el hombre que se
-
entrega
ú.
este feo vicio y que no resiente mas que los
efectos de
una
pequeña ·represión, de
un
insignificante
castigo, muchas veces consistente en multas fáciles de
,pagar, no se abstiene de beber ni cuida de corregir el
hábito
vicios.o contraido. ·
- 1
_Los
"C
uadros gráficos de la criminalidad," publica- ·
dos por el gobierno del Distrito Federal, y que compren-
,
den
un
período de cuatro años (1888 á 18Ql) bastante
para
estima1: el aumento ó disminución del crimen en
cada úna de sus fases, nos ofrece y nos presenta precio-
.sos
d~tos, de los
·c
uales nos aprovecharemos · en el dis-
curso no solo de este capítulo sino de la. obra en
gene1:a1.
Resumiendo á dichos cuadros observemos el desarfo-
llo de
la
embriaguez en el sigu,iente resumen:
y
AÑOS.
391
Hm!BRES.
MUJERES.
1888
2'00
.06
..........
. 1 5832
1889
..........
21236
...
·
..
.....
.
1890
..........
21640
1891
....
.-
.
....
22844
............
.,...
5378
5080
7372
Y téngase en
cuentá
qüe los anteriores dato~
se
i·efie-
·
ren
al número de individuos puestos á disposición de las
autoridades como ebrios escandalosos; péro no á aque-
llos que no
han
formado escándalo y que pací:tkramente
y dando traspiés, se retiran
en
sile_ncio
á sus hogares;
porque si todos los individuos que-
aparentan
-embriaguez ·
fuesen, detenidos, superaría la suma anual á la que hoy
arrojan los datos ·mencirmados, pór lo menos en el doble
de
la que hoy representan. ·
Tomando como término medio de las consignaciones
de
ebrios escandalosos
durante
el año;
la
suma
más
ba-.
ja
de las que representa el cmltrienio anterio1:, es · decir,
la c01Te&póndiente al añb de i 888, tendremos
1667
con-
signaciones por nies 6
l
que
es lo mism_o, 55 individuos
puestos diaríamente á disposici6n de
las
autoridades co- · ·
mo
ebrios escandalosos. ' . ·
~
De los 20006 hombres qti'e al
año
se ven bajo el poder
de
las· autorid~des,
cÍebei:nos
,
creer
·que u'na
cuarta
parte
lo es de individuos que
han,
i'ecJbido educación, y' 'en.
quienes
po1~
lo mismo, '
hay
que suponer prin,áipios' de
moraÜdad ytemorJ·everencfal á 1as,leyes, que dominan-
-00
á la embriagdez ·o no permitiendo
en
ésta
.el desarro- .
llo de las· malas pasiones,' no conduzcan' al ~brío· á ·
1a
~omisión de algún· ªdelito ;:
pe~'O
quedan
.
en
c¡mbio
tres
cuartas
partes
de ese número, ó lo qrie es lo misrno,
51
/ ,
392
/
aproximadamente
40
individuos al día, que. dominados
por
la
embriaguez y sin principios · de moral y de temor
al castigo, sort otros tantos agentes de hechos reproba-
dos, puestos en práctica contra la vida, los intereses y ,
l~s
buenas costumbres de la sociedad.
Ese aumento notable ·de la embriaguez; ese ~esaurollo
incuestionable de_ un vicio
tan
repugnante como peligro-_
so, se debe, á no dudarlo y como hemos dicho ya, á la
benevolencia inconsiderada de -las leyes penáles que no
imponen al ebrio, por delincuente que sea, mas que pe-
nas insignificantes.
Si por el contrario esas penas fueran las que corres-
ponden al delito perpetrado y se reagravasen con penas
proporcionales
l:Í
la embriaguez, este vicio dejaría' de te-
ner
el inmenso número de prosélitos que ahora arroja la
estadística, y la criminalidad
/disminuiría notablemente.
No
se puede, sin violación de las garantías constitu-
cion:¡tles,
restringir el comercio de bebidas·espiri~uosas.
ya
sea gravándolo con mayores contribuciones,
ya
sµje-
táqdolo á _
la venta de determinados vinos; pues enton-
ces, y en
l:>ien
'de la sociedad, búsquese
en
el castigo.
,de
los ebrios
1a
restricción de la embriaguez y entonces s,e,
~-
verá dispiinuir
la
criminalidad, y se notará cómo y
~on
qué rapidez se moraliza la socied~d, resultando de est~
,,
moralización, el aumento de hombres útiles á la patria
y .de que tanto necesita México en apoyo del avance,
del desarrollo ,y del desenvolvimiento que le imprimen,
poco á poco, los laudables esfuerzos de sus gobern'.antes.
Ese desarrollo de la embriaguez es tanto
rna,s
lamen-
_table,: cuanto que afecta
ya
én grande escala á la mujer,
' aunque es cierto que este feo vicio se encuentra sólo de-
\ ,
393
"
sarrollado en la clase pobre y en las prostitutas,
cuya
falta de pudor y de vergüenza, las entrega sin temor
.al
más desenfrenado libertinaje; pero cuyas circunstancias
no obstan para que constituy·a embriaguez
Úna
ense-
ñanza ejemplar reprensible y sea fuente de innumera-
Nes delitos.
Para tratarse de la mujer, los datos estadísticos que
arrojan ·
Ios
cuadros' de la criminalidad_ de que nos ocu- r
pamos, son verdaderamente espantosos; por:que supoiler
que un equivalente de la cuarta parte en mujeres res-
pécto
d'el
número total de _ hombres, se ve consignada
anualmente por el delito de embriaguez, dada la
propor-
ción que con respecto al número de habitantes de _uno y ·
otro sexo tiene la República, es dar lugar á suponer
que
la
embriaguez domina á la mujer, lo
qu,e
n'o puede
ser exacto, por fortuna, si nos fijamos 'en los frecuentes-
casos de reincidencia; porque
hay
q~e suponer también
que esos da.tos estadísticos no se refieren
al
número
-verdadero de individuos con·signados á .las autoridades
como ebrios escandalosos y con noticia exacta de
su
rein-
cidencia en los casos en que tenga lugar, sino al número
verdadero de individuos pµestos en tales condiciones,
aunque sea uno mismo el que
haya
-
daclo
l~gar á ser pu-
nido las 20006 · veces que la estadística señala respecto
1 del año de 1888. .
Y teniendo en cuent,a· los casos. de reincidencia, y su-
poniendo tanto respecto del hombre como de la mujer';
que -aquella constituye la mitad ,de las ·consignaciqnes
anuales, siempre, y ~pesar de epo, el desarrollo de la-em-
briaguez es digno de. ocupar la atención
de
los legisla-
dores para reprimirlo. · ·
/
.,
394
La
embriaguez
es
el
gran
recurso
del
hombre
para
ce-
lebrar
sus
alegrías 6 disminuir
sus
tristezas, y á-
la
·eril-
b;iag
uez' ·
recurre
en
,
frecuentes
circu~1s tancias, p0rque · '
. lo's dol9res como
las
alegrías,
son
enormes en
la
vida.
Del falso principio de que
la
embriaguez alegra
nuestras
alegría's y desvanece
nuestros
dolores,
resulta
la
·adquisi-
ciqn
de
la
costumbre
de embriagarse, y de
esta
costum- ,
bre
al
vicio no existe
ya
distancia apreciable, como no
1 ex
iste
distancia
alg~na
de
la · embriaguez
habitual
á
la
consumación
de
los delitos, á
la
locura; al suicidio, á
la
epilepsia
y á otr~.s manifestaciones peores,
para
las
cua-.
les
es
un
benéfico término Ja
muerte;
A~
í como
el
hombre que
se
embriag
a
degenera
física
y
moralment
e, volviéndose sucio, ,lespreciable y cana-
lla; nial hijo, peor esposo y
repugpante
y _abandonado _ .
padre, de failiilia; sin amor á
la
patria,
á.la familia'y á
:t:qi~mo;
a~Í
Jos
puebl(?S
en los que la embriaguez domina
1 á
su
,~.
habitantys,
se
hunden
en
el
olvido bien
pront<:>
bajo
el
desprecio
de
los µemás, dejando, cuando muého,
el
vergonzoso rec:uerqo de su torpez.a. . ) .
'J?or
regla general qebe e~tablecerse que si el
uso
-prli-
dente
ele
..
los liéotes
~s
hasta
ventajoso á
la
. natuvaleza
hu mana, el
abu.~9
d
,e
·s beqidas ~lcohólicas
constituye
un
mal
individu
JJ,
l, que,)
1.f
ectand.o
áfa
sociedad genera1-
mente,
plie
cl
c
ser
causa de
su
i·uina y de
su
desapareci-
mie
nto,
por
lo que
Y:
á _cy-itar esós perjuicios individua-
, les y soqiales tienden nues
tros
esfuerzos.
B
aste
éon lo dicho has
ta
ahora
respecto
de los males ·
qu? prod~
1c
~ la.
e~nb
riag,
g:
_
~z;
if
' el medio do represión -que
-
debe
ponerse en·práctica,:y
ent
remos desde
l_1t1e
go
ál
a
influencia qne debe ejercer
la
:rnedicina legal, tan.to para .
/
!(
, .
395
)a
apreciaci6~
de
las causas
que
motivan
en
el
hombre
la
tendencia
á embriagarse,
cuanto
para
:fijar
en
qué
ca-
sos y
hasta
qué
punto
puede
ser
punible,
y
en
cuáles
constituir
una
circunstancia
exéluyente
6
atenuante
~
lel
delito
perpetrado.
*
,;:
*
Dos son fas causas
de
la
emb
riaguez
más
pronuncia-
, das
quE?
deben
ser
motivo
del
estudio
médico-legal
para
fijar
el
grado
de
responsabilidad
del
agente
de
un
delito.
I.
Las
condiciones
hereditarias
del
individuo
deter-
minantes
é impulsivas de
la
embriaguez, y .
II.
El
hábito
voluntario de
embriagarse.
La
primera
constituye
p_or
misma
·
una
circunstai-1-
. cia
exculpante
dél delito
perpetrado;
porque
la intencí6n
de realizarlo no
pertenece
,al_individuo
por
cuant~ á .que
no es concien
te,
ni es dneño
de
reprimirlo
porque
no
está
n á
su
alcance los, medios
de
evitar
la
fa.
nesta
nqli-
nación á
la
bebida.
En
cuanto, á
la
segunda,
es Í)or
misma
causa
bastante
para
reagravar
la
pena
que
co-
rresponde
al
delincuente
·
po1·
la
Mmisión
del
delito por-
que
se le procesa. ,
Hemos dicho que
el
borr;who
puede
serlo
por
,
causas
predisporientes
hereditarias
que
traigan
consigo
la
dfp-
somanía y con
ésta
la
esRecie
de
demencia
inicial
que
la ciencia médica clasifica con los-
nombres
·
~-e
lipemm~ía
6 keromania,
de
las cuales
la
¡:;rimera, comprendiendo
.predisposiciones terribles y
co1
1s
tituy~ndo
alú.cinaciones
fatales eri
el
índividuo,
pueden
conducirlo á'
1a
·
perpetra-
'--
ción
de
"cierta: 'clase de
d(¡'Ütos,
resultantes
·
del
perí~do
latente
de
la
lo9ura
en
que ,d~be
recaef
rn~s
adela
~te.,
.
Las
alucinaciones
que
'forman
el
'priiicipio
sistemáti-
..
,,.
\
,.
, /
396
co
de
la locura y que son por lo , mismo las manifesta0
ciones morbosas iniciales del estado de alienaci6n abso-
luta,
pueden
ser
el
resultado de
un
vicio hereditario,
ya
sea
para
el
var6n ó para
la.
hembra, según
haya
sido
formado y concebido
en
momentos favorables
para
re-
-/ultado
tan
desastroso por circunstancias viciosas oca-
sionales.
de~
padre
6
d~
la madre. ·
Esta
inclinaci6n morbosa hereditaria se manifiesta, se-
gún
es sabido, bajo diversas. formas á.las que no es aje-
na
la
epilepsia; y se.revelan más en los varones, por ser
,
el
padre
incubador más frecuente de ese principio mo
r-
-
boso hereditario, porque por raz6n de
su
sexo,
está
más
propenso á
la
adquisici6n y posesi6n de los vicios ; sien-
do de notar, que los hijos varones heredan las dispo- ·
siqiones morbosas resultantes
del
padre, y las hijas'l as·
de'la madre; notándose también que
en
aquellas se re-
velan .más las funestas formas de
la
herencia, cuya cu-
raci6n
se
hace más difícil
po.r
no decfr imposible.
Como es safüdo_, la dip'somanía se manifiesta por arran-
ques indomables hacia fas bebidas espirituosas, por arre-
batos del paciente que lo conducen al extremo de em-
briagarse, siguiendo contra
su
voluntad,
una
tendencia,
un
ar{·astre vigoroso: hacia la satisfacción de
la
necesi-
da!1
del organismo . . Si
la
moral rechaza esa desastrosa
-inclinaci6n, razonando fuertemente en el individuo con-
tra
la
inclin~ci6n dominante én
el
período' morboso, el
estado morbos.o hereditario, siendo
más
fuerte, lo lleva
mal de
su
grado 4 la embriaguez.
En
este
período
el
individuo que
of_usca
SU
entendimiento COll
la
e4CÍtaci6n
alcohólica, y
más
· aun, con el aplanamiento
de
sus
-
~a-
in'tel~ctuales en , 'el estado de
p9straci_ón
á
I
897
que lo lleva
el
exceso de la bebida, no
tiene
ni concien-
cia de sus actos
duránte
la excitación, ni
el
recuerdo
de
sus acciones después de pasada
la
postración.
He
aquí
cómo
ún
dipsomano puede ser delincuente en
..
aparien-
cia y no
ser
en
realid'ad responsable de
sus
actos.
En
el ebrio habitual
no
existe causa ajena
indep
en-
diente de
su
voluntad que imprimiendo
{t,
su naturaleza
una
fuerza impulsiva
Yigor
osa, lo conduzca á la embria-
guez y con la embriaguez á
la
perpetración de cüirtos·
actos que
la
moral rechaza y que
la
ley
castiga.
Trélat lo
ha
dicho: (1)
"Los
borrachos son gentes
que se embriagan cuando
encuentran
ocási~n; los dip-
somanos son enfermos que
se
embriagan siempre que
están
bajo
la
influencia del acceso;" y Cebrian se expre,
sa
así:
"El
borracho es un
sér
depravadQ y abyecto cu-
ya
presencia
la
sociedad debe evitar; el dipsomano es
un
enfermo al que la sociedad debe compadecer.:'
La
dipsomanía tiene
un
carácter que se traduce
poi·
accesos intermitentes y paroxísticos que dejan, al de~a-
parecer, male~tar cerebral que se atenúa poco á po
co
·
adquiriendo el enfermo en seguida las costumbres só-
brias en
queha
vivido; el borracho por el contrario, bus-
ca
voluntariamente
la
ocasión
de
beber, la encuentra y
se embr,iaga; y pasado el
malestar
consiguiente á
la
postración que sigue á la excitación a_lcohólica, sigue
bebiendo inmediatamente y vuelve á_ trastornarse,. y así,
por
un
hábito
vicioso,
hasta
caer en el crimen 6 en el
delirio alcohólico, que, constituye por mismo
una
fa-
se
de la locura.·
(l)
ll'oUe
lucide-Par!a
1S61
, pág.
lil.
/
398
En
el
dipsomano; el impulso es
el
resultado forzoso
de
su
manera
de
ser
hereditaria:
en
el
ebrio,
el
mismo im-
pulso
puede
ser
obra de
la
misma causa, (en cuyo caso
tendrá
la satisfacción del vicio sus intermitencias,) ó
· ·de una inclinación voluntaria y viciosa y por lo mismo
reprensible. ' ·
La
dipsomanía tiene sus revelaciones
para
el
hombre
. .
de ciencia, tales son, por ejemplo,
las
manifestaciones
de
melancolía ·que genera
lmente
aparecen antes del acceso:
el
robo,
la
prostitución,
el
crimen, el olvido de los hijos,
del
esposo 6 de
la
esposa,
y,
en general, de toda ausen-
cia de sentimientos afectivos; pero siempre precedentes
ú
la
revelación práctica del acceso.
En
el borracho
ha-
bitu~l la meláncolía no existe sino el cansancio, y aun-
que el
rob.o
y la prostitución
pueden
manifestarse en
el
estado lúcido del hambre entregado
á,
la
bebida, no
serán
nunca como iniciales disculpables de '
un
e
stad
o· morbo-
so, sino como actos m:aliciosos verificados por el ebrio
p~
ra
facili~arse recursos, 6 como consecuencias ·de
un
estado de exaltación de las pasiones, que sigue al
primer
período. de la embriaguez~
.~ Por 6ltimo, el esta40 alcohólico del borracho, consti-
t,uy
,e
una
complicación y no
un
sintoma
-.
como acontece
en
el dipsomano, y es,preciso fijarse en que los prodro.-
_mos de la dipsomanía son por lo común iguales, manifes;
t&ndose casi siempre por un vago sentimiento. de
tristeza
,
que· conduce al paciente
ú.
la melancolía, y-
en
coriclusión, ·
por sensación de calor en el estómago, ansia inmoderada
!le beber y de. beber solamente líquidos excitantes
por
espirituosos, oonstituida aquélla por
un
deseo, irresisti~
. .
I
I
, ,
399
ble,,
indomable
y tremendo,
ante
el cual d~
nada
sirve
la
voluntad
más fü·nie. · . 1
En
resumen:
la
embriaguez
se
motiva
6
por
razón
de
un
estado morboso
herrditario,
ó por raz6n
de
una
vo-
Iuntad
viciosa.
Para
el
autor
de-un delito
perpetrad
.o
ba-
jo
la
influencia del estado morboso, lu
ley
debe
declar~r
la
irresponsabilidad del acusado:
para
el
agente
de
un
crimen llevado á cabo bajo
la
influencia de
la
embriaguez
voluntaria y ocasional á
esta
clase de hechos, la mi'
sina
ley
debe
ser
severa, conminando 'al delincuente con
la
pena
del delito,
reagravada
con
la
pena
impuesta
la
em-
briaguez;
mas
_ como el conocimiento
de
la
causa
que
pue-
da motivar
la
excitacióñ alcohólica y con ella el
jmpulso
irresist
ible ó
la
petp
.otración
de
un
acto reprobado, .
no
es
al
alcance de las autoridades,
para
eso conocimien~,
to es indispensable eLconcursÓ forzoso del médico-legista
que, sometiendo á -todo individuq acusado al estudio citJn-
tífico peric1al, encarrile á
la
autoridad
',
la
dirija ó
por
lo
menos
la
coloque con sus investigaciones,'
en
el senilero
' despejado sobre que debe
caminar
para
la
imposición
de
las penas 6
para
la
absolución·
de
los acusados. ,
Si
la
ley
investiga
hasta
dónde
alcap.ia
el
discérni-
-miento del
menor
de
edad
que'
aparece
como delinc.uen-
te;
la
capacidad del sordo~mudo
en
iguales cirminstan-
cias;
el
sentimiento
de
justicia-repeliendo
el
ejercici0
de
una acción :injusta; la legalidad,
de
la
defe~sa propia;
el
"
dominio
de
la
.fuerza física y
de
la
coacqi6n moral;
el
exceso de
la
fra;
. el impulso
de
la
excitación.
producida
por hechos
del
ofensor; la torp~za
de
la ignorancia y
el
enojo y el.:temor producidos
po,i·
la, provocaci6n
yJa
,
ame-
naza,
sentimientos
todos
que
: ori1lan
al
hombre
la, co-,
52
/'
1
r.100
misión
·de.l delito ¿por qué no investiga
la
misma ley
antes
de esos sentimientos,
cuáles
sean ·las causas que
los
niQii
,ivan,
en
el estado cerebral del agente del hecho
reprobado?
El
joven
puede
ser precoz
por
ser
inteligente; el sordo-
mudo, avisado, á pesar de
su
defecto orgánico; el de ca-
pacidad escasa,
torpemente
convencido de 1a injusticia'
de
un
acto justo;
el
que ejercita
la
defensa propia, pene-
trarse
de mi
ataque
cuando no
hay
verdadera agresión;
~l fuerte-, . de debilidad
ante
un
sér más débil pero que
se
ha
imp-qesto física ó moral 6 moral y ·físicamente so-
bre
aquél; el provocado, amenaza donde no existe
ni
el
insúlto;
y en tales condiciones, la
ley
dice: que el discer-
nimient0 existe-desde
tal
edad; que el sordo-mudo es
h6bil
en
tales circunstancias; que
la
ignorancia Uega á
, _
tal
6,
cuál extremo; que el ejercicio de
la
defensa fué
más
· ó menos necesario; que la debilidad es ó estimable;
""
que
_
la
provocación y
la
amenaza fueron
más
ó menos
predisponen
tes
del delito; y, entonces, ¿por qué la mis;
,
ma
ley
ho
toma
en
consideración el gr~do
de
capacidad
mental
del individqo ·á quien juzga? ¿por ·qué antes de
ana:lizar·la-forma eón que se llevó á cabo-el delito, no se
analizan las condiciones morbos·as impulsivas del delito
mism.o?
"'
Se analizan los medios
de
perpetración
hasta
reconstruir el hecho realizado y se analizan los resulta-
dos· de la perpetración; pero no se llega
a1
análisis
dél.
_ · grado de perturbación
mental
del agente del
hech
.
o,
¿por:;qué? Lo ignoramos y por.lo mismo -
que
lo ignora-
mos-,
he
aquí
el
objeto de nuestros estudios.
El tisico-investiga la causa que motiva el rayo; des-
pués,
,,
qué
·lo·forma; y -
por
~ltimo, el efecto de ese rayo;
" .
,, .
/
,..
/
401
y no pudiendo evit~r la causa pero conociendo
el
efec-
t
o,
procura reducir al rayo á la impo
te
ncia y ev
it
ar sus
desastrosas consecuencias.
En
cambio, la jurispruden-
a sabe que hay
un
estado en el hombre que
se
llama
l
oc
ui'
a:
que ésta se manifie
sta
más 6 menos acentuada:
palpa los efectos de esa
wanera
de
estar
irregular del
cerebro; y1 no obstante,
no
se
cuida de reducir
la
locu-
ra
Ja
impot
encia;
, sino que castiga al delincuente sea ó
n6 Yerdadero responsable
"de
sus actos. De aquí el casti~
go del dipsomano que llevó á cabo
un
hecho repro_bado
1rante el acceso morboso, que repetido con frecuencia,
acusa la co
stu
mbre de embriagarse: de aquí
la
absolu-
c
n ó la atenuación de la
pena
para el ebrio que deb
e-
r'
a ser doblemente castigado. Y en esto iio
hay
justicia, · -
\
porq,ue
de
ello resulta la imposición de una pena üune-
recida ó
la
absolución
ele
1.ma
verdadera delincuencia.
De todo lo dicho en el presente capítulo venimos á ias
s
i:z
uie
ntes
conclusiones:
,_ t '
I.
La
embriaguez debe
ser
pµnida como delitq.
lI
. P
ara
imponer la pena
en
caso de comisión de un
del
it
o bajo la .influencia del período 'ebrioso, deb,e recu-
rrirse previamente al reconoci~iento médico del éstado
c
erel:>
ral del délincuente,
para
investigar con
él
si éste
es
un
dipsomano y como
tal
irresponsable de su~ acto
s,
.
ó un r envilecido por vicioso y netamente responsable
del hecho criminal que realizó.
'
1
\

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