Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-038-PESC-2006, Pesca responsable en el embalse Netzahualcóyotl Malpaso, ubicado en el Estado de Chiapas. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros

Fecha de disposición31 Julio 2008
Fecha de publicación31 Julio 2008
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-038-PESC-2006, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE NETZAHUALCOYOTL "MALPASO", UBICADO EN EL ESTADO DE CHIAPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS.

WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o., 2o., fracción I, 9o., 14, 26 y 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o. de la Ley de Planeación; 8o. fracciones IV, VI, VII, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XXII, XXIII, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38 fracciones II y IX, 40 fracciones I, X, XIII, XVII, 41, 43, 47, 49, 50, 52, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 2o., fracciones I, IV, XXV y XXVI, 3o., fracciones I y III, 4o.,15 fracciones I, IV, XXX y XXXI, 32, 33, fracciones V, VI y XII, 37, 39 fracciones I, III, IV, VII, VIII, IX, X, XIII, XIV, XV, XVI y XVII y 42 fracciones I, II, III, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir el siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-038-PESC-2006 PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE NETZAHUALCOYOTL "MALPASO", UBICADO EN EL ESTADO DE CHIAPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS.

El presente Proyecto fue aprobado en la sesión ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable, efectuada el 20 de marzo de 2007; y se somete a consulta pública de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité, en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca ubicada en la avenida Camarón Sábalo sin número, esquina avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, de Mazatlán, Sinaloa, para que en los términos de la ley dichos comentarios sean considerados.

Durante este lapso los estudios que sirvieron de base para la elaboración del citado Proyecto de Norma, así como la manifestación de impacto regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior.

PREFACIO

La Subdelegación de Pesca de la Delegación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Chiapas, efectuó una revisión de la problemática del aprovechamiento pesquero en el embalse Netzahualcóyotl "Malpaso" ubicada en el Estado de Chiapas y propuso una serie de medidas de regulación pesquera, teniendo en consideración estudios y opiniones técnicas elaboradas por personal del Centro Regional de Investigación Pesquera de Salina Cruz, Oaxaca.

Las propuestas de regulación fueron analizadas por el Grupo de Trabajo número 5 "Pesquerías en Embalses", conformado por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable para coadyuvar en la formulación de los Proyectos de Normas Oficiales Mexicanas, referentes a las regulaciones del aprovechamiento pesquero en embalses de jurisdicción federal. Este Grupo de Trabajo técnico 5, estuvo integrado por personal técnico de las dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo, Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.

Instituto Nacional de Pesca.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

Secretaría de Marina.

Universidad Nacional Autónoma de México por conducto de la Facultad de Estudios Superiores Iztacala.

Subdelegación de Pesca de la Delegación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Estado de Chiapas.

Este Grupo de Trabajo Técnico 5 contó con la colaboración y asistencia técnica de la Secretaría de Pesca y Acuacultura del Gobierno del Estado de Chiapas, quien contribuyó con opiniones e información sobre las propuestas de regulación.

A continuación se presenta el texto de la Norma Oficial Mexicana que se pretende publicar:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-038-PESC-2006, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE NETZAHUALCOYOTL "MALPASO", UBICADO EN EL ESTADO DE CHIAPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o., 2o., fracción I, 9o., 14, 26 y 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o. de la Ley de Planeación; 8o. fracciones IV, VI, VII, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XXII, XXIII, 60, 61, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38 fracciones II y IX, 40 fracciones I, X, XIII, XVII, 41, 43, 49, 50, 52, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 2o., fracciones I, IV, XXV y XXVI, 3o., fracciones I y III, 4o.,15 fracciones I, IV, XXX y XXXI, 32, 33, fracciones V, VI y XII, 37, 39 fracciones I, III, IV, VII, VIII, IX, X, XIII, XIV, XV, XVI y XVII y 42 fracciones I, II, III, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir la presente Norma Oficial Mexicana NOM-038-PESC-2006, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE NETZAHUALCOYOTL "MALPASO", UBICADO EN EL ESTADO DE CHIAPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse Netzahualcóyotl "Malpaso", ubicado en el Estado de Chiapas

  6. Grado de concordancia con Normas y recomendaciones internacionales

  7. Bibliografía

  8. Observancia de esta Norma

  9. Evaluación de la Conformidad

  10. Introducción

    0.1 Considerando que la presa hidroeléctrica Netzahualcóyotl (Malpaso) se encuentra ubicada en los municipios de Berriozábal, Tecpatán y Ocozocuautla de Espinosa en el noroeste del Estado de Chiapas, dentro de las coordenadas geográficas 93º 45' 20" de longitud oeste y 17º 00' y 17º 15' de latitud Norte.

    Comprendida en la depresión central del Estado de Chiapas, a 40 kilómetros al oriente del punto que concurren los límites de los estados de Veracruz, Oaxaca y Chiapas. El clima corresponde a cálido-húmedo, con una precipitación anual de 2,300 milímetros centrados en nueve meses del año; registrándose las precipitaciones máximas en los meses de septiembre y octubre en que se han llegado a observar lluvias de más de 150 milímetros. La temperatura media anual es de 26º centígrados con máxima de 42º centígrados. La hidrografía la conforman los ríos: "La Venta", "Cacahuano", "Cedro", "Francia", "Achiote" y el río subterráneo "El Encanto"; los arroyos de caudal permanente "Ojo de Agua", "Las Flores", "Los plátanos", "Ocuilapa", "Santa Martha", "Las Camelias" y "Apic-pac".

    0.2 Que la construcción de la presa Netzahualcóyotl "Malpaso" entre 1958 y 1966 fue la primera y más importante del conjunto de obras hidroeléctricas que fueron realizadas en la cuenca del río Grijalva para el desarrollo del sureste de los Estados Unidos Mexicanos.

    0.3 Que la presa cuenta con una superficie máxima de 29,615 hectáreas; mínima de 15,750 hectáreas y un valor promedio de 25,120 hectáreas. Tiene una longitud de 160 kilómetros una anchura máxima de 75 kilómetros, y un área de 11,000 kilómetros cuadrados aproximadamente.

    0.4 Que de las investigaciones realizadas por El Colegio de la Frontera Sur, Unidad San Cristóbal, se determinó la existencia de las siguientes especies de peces: tilapia (Oreochromis aureus, Oreochromis niloticus, Oreochromis mossambicus, y Tilapia zillii), cíclidos nativos como la tenhuayaca (Petenia splendida), mojarra paleta, (Cichlasoma bifasciatum), mojarra zacatera (Cichlasoma pearsei), mojarra (Cichlasoma guttulatum), mojarra colorada (Cichlasoma synspilum), mojarra castarrica (Cichlasoma urophthalmus), mojarra pinta (Cichlasoma friedrichsthalii), ictaluridos como el bagre (Ictalurus furcatus) y bagre o bobo liso (Ictalurus meridionalis), además de otras especies como coruco (Potamarius nelsoni), macabil (Brycon guatemalensis), arenca (Dorosoma anale), juil o fil (Rhamdia guatemalensis), pichincha (Eugerres mexicanus) y roncador (Aplodinotus grunniens).

    0.5 Que con objeto de proteger y preservar algunas especies nativas como el juil o fil (Rhamdia guatemalensis) y coruco (Potamarius nelsoni), se deben establecer medidas para evitar su captura.

    0.6 Que las principales especies que componen la captura son tenhuayaca (Petenia splendida) con 58.35% en 2005...

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