Acuerdo General 21/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece la Firma Electrónica para el Seguimiento de Expedientes (FESE)   

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2007

ACUERDO General 21/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece la Firma Electrónica para el Seguimiento de Expedientes (FESE).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 21/2007, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE ESTABLECE LA FIRMA ELECTRONICA PARA EL SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES (FESE).

CONSIDERANDO

PRIMERO

Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

El artículo 81, fracciones XVIII y XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dispone que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así como los de servicios al público y dictar las medidas que exijan el buen servicio y la disciplina en las oficinas de los tribunales de Circuito, juzgados de Distrito y órganos auxiliares del Consejo;

CUARTO

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por Acuerdos Generales 28/2001, 91/2001, 15/2005 y 31/2005, estableció, respectivamente, la obligatoriedad del uso del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), como programa de captura y reporte de los datos sobre los movimientos de asuntos del conocimiento de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito; la publicación por Internet de las listas de acuerdos, mismas que pueden ser consultadas por el público usuario en la página de Internet del Consejo de la Judicatura Federal; el uso obligatorio del módulo de captura del Sistema relativo a las sentencias relevantes dictadas en los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito; y el módulo de consulta de expedientes por Internet, respecto de los asuntos del conocimiento de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación;

QUINTO

La incorporación del uso de recursos tecnológicos ha facilitado la comunicación y seguimiento de los asuntos, tanto por los órganos jurisdiccionales como por los justiciables, lo que ha permitido un ágil manejo de la información, al regular la captura de datos en forma electrónica en un sistema que puede consultarse en la página de Internet del Consejo, a través del que se difunden las listas de síntesis de acuerdos de los diversos tipos de asuntos del conocimiento de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito y permite a los interesados en los juicios, enterarse de manera rápida y sencilla de la existencia de las determinaciones judiciales, de acuerdo a las disposiciones legales respectivas;

SEXTO

Actualmente, los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, de acuerdo a sus facultades, tienen acceso al sistema, mediante una clave para capturar y consultar los datos de los acuerdos y resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales federales en los asuntos de su competencia y envían con la firma electrónica de los titulares los reportes estadísticos;

SEPTIMO

Los avances tecnológicos han permitido al Consejo de la Judicatura Federal contar con el medio electrónico donde se incluye la configuración del expediente virtual, es decir, una copia digitalizada de las constancias de los autos del expediente real y el uso de una firma electrónica para todos los que intervienen en los procedimientos judiciales.

Este medio de comunicación puede aprovecharse para enviar y recibir todo tipo de comunicaciones, promociones y documentos que se almacenarán para consulta y acuerdo en los procedimientos jurisdiccionales que establecen las leyes de la materia de que se trate, expidiéndose constancias de recibo y entrega;

OCTAVO

El medio electrónico en comento contendrá toda la información de los expedientes en los juicios que conocen los órganos jurisdiccionales, de manera que las partes, los terceros interesados, los auxiliares de la administración de justicia o personas autorizadas por los órganos jurisdiccionales puedan consultar en forma inmediata lo que legalmente les corresponda;

NOVENO

Las determinaciones de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, se hacen del conocimiento de las partes con fundamento en las leyes que regulan las notificaciones en los procedimientos judiciales, como son, entre otras, la Ley de A. en sus artículos 28, fracción III, último párrafo, 29,...

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