Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, por el que se aprueba el Calendario Electoral del Proceso Electoral Ordinario 2014-2015.

Pág. 12036 PERIÓDICO OFICI AL 10 de octubre de 2014
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
ACUERDO D EL CO NSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTOR AL DEL ESTADO DE QUERETARO, POR
EL QUE SE AP RUEBA EL CAL ENDARIO ELECTO RAL DEL PROC ESO ELECTORAL ORDINARIO 2014 -
2015.
ANTECENDENTES:
I. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposicione s de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mex icanos en materia política -electoral. El diez de febrero del año dos
mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Dec reto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia
política-electoral”, el cual estableció en sus artículos primero, segundo y cuarto transitorios lo siguiente:
PRIMERO. El presente Dec reto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación, sin perjuicio de lo dispuesto en los transitorios siguientes.
SEGUNDO. El Congreso de la Unió n deberá expedir las normas previstas en el inciso a) de la
fracción XXI, y en la fracción XXXIX-U del artículo 73 d e esta Constitución, a más tardar el 30 de abril
de 2014. Dichas normas establecerán, al menos, lo siguiente:
II. La ley general que regule los procedimientos electorales:
….
CUARTO.- Las adicion es, reformas y derog aciones que se hace n a l os artículos 35; 41; 54; 55; 99;
105 fracción II inciso f); 110 y 111 por lo que hac e a la denominación del Instituto Naci onal Elect oral, y
116, fracción IV, de esta Constitución, entrarán en vigor en la misma fecha en que lo hagan las
normas a que se refiere el Transitorio Segundo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el transitorio
Quinto siguiente.
II. Decreto por el que se expide la Ley Ge neral de Instituciones y Proce dimientos Electorales. El
veintitrés de m ayo de dos mil catorce, en el Diario Oficial d e la F ederación, s e publicó el “ Decreto por el qu e
se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reforman y adicionan di versas
disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabili dades Administrativas de
los Servidores Públicos. ” Dicho dec reto expi de la Ley General de Institucion es y Procedimientos Electoral es,
la cual prevé en sus artículos transitorios primero, noveno y décimo lo siguiente:
Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publi cación en el Diario Oficial de la
Federación.
Noveno. Por única ocasión, los procesos electorales ordinarios federales y locales correspondientes a
las elecciones respectivas que tendrán lugar el primer domingo de junio del año 2015, iniciarán en la
primera semana del mes de octubre del año 2014. Para tal efect o el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral aprobará los ajustes necesarios a los plazos establecidos en la presente Ley.
Décimo. Para los p rocesos electorales locales cuya jornada electoral se realice en 2015, el Consejo
General del Instituto deberá desarrollar el pr oceso de d esignación de los integrantes de los Consejos
Generales de los órganos locales, en los términos de los párrafos 1, 2, y 3 inciso c) de la fracción IV del
artículo 116 de los Constit ución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a más tardar el 30 de
septiembre de 2014.
10 de octubre de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12037
III. Reformas constitucionales en e l Estado de Que rétaro y sustitución del Instituto Electora l de
Querétaro. El veintiséis de junio del presente año, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Querétaro La Sombra de Arteaga , se publicó la “Ley que reforma y adicio na di versas disposiciones de la
Constitución Política del Estado de Querétaro, e n materia política-elector al”. Dichas reformas pre vieron e n el
artículo séptimo transitorio que los act uales Conseje ros del Instituto Electoral d e Querétaro y su estructura
orgánica continuara n en su encargo hasta en tanto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral
realizara las designaciones de los nuevos integrantes del Instituto Electoral del Estado de Querétaro.
Asimismo, de conformidad con el artículo segundo transitorio de las modificaciones constitucionales de
mérito, a partir del veintisiete de junio del año en c urso, el Instituto Electoral del Estado de Querétaro
sustituyó al Instituto Electoral de Querétaro.
IV. Publicación de la Ley que reforma , de roga y adiciona diversas di sposiciones de la Ley Electoral del
Estado de Querétaro. E l veintinueve de junio d el presente año se publicó la “Ley que reforma, deroga y
adiciona diversas disposicion es de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.”, el cual en sus artículos
tercero y cuarto transitorios estableció lo siguiente:
Artículo Tercero. El Consejo G eneral del Instituto Electoral del Estado de Querétaro estará facultado
para emitir l os reglamentos, acuerdos y disposic iones administrativas conducentes para hacer e fectivas
las disposiciones de esta Ley y garantizar la ad ecuada preparació n, desarrollo y vigilancia del proceso
electoral ordinario 2014-205. …
Artículo Cuarto. Por única ocasión, los procesos electorales ordinarios locales correspondientes a las
elecciones respecti vas que tendrán lugar el p rimer domingo de ju nio del año 2015 inic iarán el primer día
del mes de octubre del año 2014.
V. Sesión de la Comi sión Jurídica. En fecha dieciocho de septiembre de dos mil catorce, se llevó a cabo la
sesión extraordi naria de l a Comisión Jurídica, en la que dentro de los pu ntos a desa hogar se encontraba da r
a conocer el documento denomi nado Calendario Electoral 2014 -2015, sesión en la que se decretó un
receso con la finalidad de analizar y en su cas o incorporar aquellas obser vaciones que emitieran los
integrantes del C onsejo Gener al, de lo ant erior, no se desprendió ningún tipo de obs ervación, quedan do a
consideración del órgano colegiado el instrumento en comento, el cual fue aprobado por mayoría de los
integrantes de la propia comisión.
VI. Remisión del dictamen a la Secretaría Ejecutiva. Mediante oficio número CJ/137/201 4 de fecha 23 de
septiembre de dos mil catorce, se remitió a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Ge neral del Instituto
Electoral de Queréta ro, el dictamen correspondiente para someter a consideración del máximo órgano d e
dirección, lo relativo a la propuesta del Calendario Electoral 2014-2015.
VII. Sesión extraordinaria del Consejo Genera l. El primero de octub re del año en curs o se sometió a la
consideración del órgano s uperior de dirección el Acu erdo d el Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Queréta ro, por el que se aprueba el proyecto de dictamen mediante el cual la Comisión Jurídica
somete a la consideración del Consejo General el Calendario Electoral 2014 -2015 del Instituto Electoral del
Estado de Q ueréta ro”, el cual fue rechazado por unanimidad, por lo que en términos del artículo 98 del
Reglamento Interior de este Instituto se dictaron los lineamientos para que se presentara el nuevo proyecto
de acuerdo, que corresponde al artículo 103 fracción I de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.
CONSIDERANDO:
Primero. Competencia. De acuerdo a lo establecido por el artículo 65, fracción XXX de la Ley Electoral del
Estado de Querétaro, el Consejo General, como autoridad en la materia, tiene competencia para dictar los
acuerdos e implementar l os mecanismos neces arios para la debida o bservación de la Ley. En este orden de
ideas, el artículo 56 fraccio nes I, II, III y IV de la Ley Electoral vigente en el Estado, en lo que int eres a, señala
que, son fines del Instituto Electoral del Estado de Quer étaro, contribuir al desa rrollo de la vida dem ocrática de
los ciudadanos resident es en el Estado; preservar el fortalecimi ento del régimen de partidos políticos y la

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