De los Ejidatarios, Comuneros, Colonos y Pequeños Propietarios

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas697-698
ARTÍCULO 93

Incorporación voluntaria de trabajadores del campo

Los sujetos de aseguramiento del campo señalados en los artículos 13, fracción III, y 235 de la Ley, para ser considerados como tales, deberán encontrarse dedicados en forma directa a las labores de carácter agrícola, ganadera, forestal o mixtas.

ARTÍCULO 94

Causales de terminación de la incorporación de los trabajadores del campo

La incorporación voluntaria de los sujetos a que se refiere este Capítulo, además de lo previsto en el artículo 88 de este Reglamento, terminará por incorporación al régimen obligatorio a través de Decreto del Ejecutivo Federal, en los...

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