Extracto de la Declaración de extinción del derecho de ejercer la patente de agente aduanal de quien en vida llevó el nombre de Gerardo Rafael Acosta Rodríguez

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Regulación Aduanera.- Expediente 05/166/AGA/3412/GAR/2010 800-02-02-00-00-2011-1839. Extracto de la Declaración de Extinción del Derecho de Ejercer la Patente de Agente Aduanal de quien en vida llevó el nombre de Gerardo Rafael Acosta Rodríguez.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 4o., 7o. fracciones VII y XVIII y 8o. fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995 con su última reforma del 06 de mayo de 2009, artículos 2 apartado B, fracción I, inciso b, 9 penúltimo párrafo, 11 fracción IV y párrafos siguientes a la fracción LXXXVII en relación con el 12 apartado B, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007 y reformado el día 29 de abril de 2010 mediante Decreto publicado en dicho órgano oficial, en relación con los diversos 159 y 166, párrafo segundo de la Ley Aduanera, esta Administración Central de Regulación Aduanera ordena publicar un extracto de la Declaración de Extinción del Derecho de Ejercer la Patente de Agente Aduanal contenida en el oficio número 800-02-02-00-00-2010-1825, de fecha 22 de febrero de 2010, dictada en el expediente 05/166/AGA/3412/GAR/2010, abierto a nombre del C. Gerardo Rafael Acosta Rodríguez, que en su parte conducente señala:

"... DECLARACION

PRIMERO.-

Se declara que el fallecido Gerardo Rafael Acosta Rodríguez, no designó agente aduanal sustituto en los términos previstos por el artículo 163 fracción VII de la Ley Aduanera, por lo que no existe persona alguna que tenga derecho, para ejercer las funciones de agente aduanal por sustitución de la patente 1233 adscrita a la Aduana de Tijuana, con autorización para actuar en aduanas distintas a la de su adscripción número 3412.

SEGUNDO.-

Se declara extinguido el derecho de ejercer la patente de...

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