Analisis del efecto economico de la aplicacion de una medida de salvaguarda: el caso de la industria del triplay.

AutorP

Resumen: Este artículo presenta un modelo aplicado de equilibrio general para analizar el posible impacto de aplicar una medida de salvaguarda a las importaciones de triplay. Los cálculos realizados muestran lo siguiente. En primer lugar, si se aplica una medida de salvaguarda de 35% a las importaciones de triplay, se beneficia a la producción de este sector, pero se reduce la producción de la economía mexicana en su conjunto. Segundo, el efecto sobre el bienestar del consumidor es también negativo. En consecuencia, la salvaguarda debiera ser eliminada.

Palabras clave: triplay, salvaguarda, modelos aplicados de equilibrio general.

Abstract: This paper uses an applied general equilibrium model to analyze the eventual effect of the application of a safeguard measure to the imports of plywood panels (three-ply). Basic results suggest the following. In first place, a safeguard measure of 35% applied to the imports of plywood panels increases the domestic production of this good, but it reduces the aggregate production of the Mexican economy. In second place, the effect on the consumer welfare is negative too. As a consequence, the safeguard should be eliminated.

Keywords: plywood panels, safeguard, applied general equilibrium models.

Introducción

na de las medidas utilizadas para proteger a una industria en una economía con apertura comercial es la aplicación de una medida de salvaguarda a las importaciones de bienes que puedan estar afectando negativamente a la producción nacional. El Acuerdo sobre Salvaguardas de la Organización Mundial del Comercio establece en su artículo 2 que un país miembro podrá aplicar una medida de salvaguarda a un producto cuando las importaciones de dicho producto "han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en su relación con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional que produce productos similares o directamente competidores". En México, la Ley de Comercio Exterior en su artículo 45 define a las salvaguardas como aquellas que "regulan o restringen temporalmente las importaciones de mercancías idénticas, similares o directamente competitivas a las de producción nacional y que tienen como objeto prevenir o remediar el daño serio y facilitar el ajuste de los productores nacionales".

La misma Ley de Comercio Exterior establece en su artículo 88 que al aplicar una medida de salvaguarda la Secretaría de Economía vigilará que esta medida evite en lo posible "que repercuta negativamente en otros procesos productivos y en el público consumidor".

Es precisamente esta restricción la que puede ser fundamental para decidir aplicar la medida de salvaguarda, ya que toda imposición temporal o permanente de aranceles debe afectar de manera negativa al consumidor. Al implementarse la salvaguarda, el consumidor tiene que pagar más por el producto en cuestión, ya sea que lo compre importado (ya que tendría que pagar la salvaguarda) o lo compre nacional y tenga que pagar mayores precios debido al desplazamiento de la demanda hacia estos bienes. De la misma manera, los productores nacionales que utilizan el bien en cuestión como insumo deben pagar más por su importación, lo que incrementa sus costos y eleva sus precios para cuidar sus márgenes de ganancia.

El objetivo del presente trabajo consiste en utilizar un caso real para medir el impacto económico que tiene aplicar una medida de salvaguarda en el bienestar del consumidor, la producción del bien en cuestión y la de los productos relacionados. El caso real utilizado es el de la industrial del triplay (madera contrachapada). Debido al incremento importante que tuvieron las importaciones de triplay provenientes principalmente de Estados Unidos, Chile, Indonesia y Malasia, los productores nacionales agrupados en la Asociación Nacional de Fabricantes de Tableros de Madera, A.C. (ANAFATA) solicitaron al gobierno mexicano la aplicación de una medida de salvaguarda a las importaciones de triplay. La Secretaría de Economía publicó el 15 de agosto de 2002 la aceptación de la solicitud y el inicio de la investigación. En esta resolución, se presentan datos con los cuales la ANAFATA justifica su petición. Algunos países incrementaron de manera significativa sus exportaciones de triplay a México durante el año 2000; tal es el caso de Estados Unidos, Indonesia, Malasia y Chile que incrementaron sus exportaciones en un 47, 78, 132 y 145%, respectivamente. Mientras tanto, en el mismo año, la producción nacional de triplay para el mercado interno se redujo en 15%. En el mismo año, el consumo de madera contrachapada se incrementó en 22 por ciento.

Con el objeto de cuantificar los efectos de la imposición de una medida de salvaguarda a las importaciones de triplay sobre la economía en su conjunto, se desarrolló un modelo aplicado de equilibrio general que permite medir el resultado de la imposición de la medida en los siguientes indicadores:

  1. Cambios en el bienestar del consumidor, medidos a partir de la variación compensada.

  2. Producción de triplay.

  3. Producción en sectores relacionados.

  4. Importaciones sectoriales.

    Tomando como año base el 2000, se calibró el modelo y se realizó una simulación que consistió en elevar el arancel promedio vigente antes de la imposición de la medida de salvaguarda (15.64%) al nivel promedio después de la imposición de ésta (35 por ciento).

    Para realizar las simulaciones se utilizaron dos versiones de un modelo aplicado de equilibrio general. Este tipo de modelos han sido ampliamente utilizados para analizar efectos de políticas comerciales. La primera versión, al suponer competencia perfecta y rendimientos constantes a escala en todos los sectores, forma parte de lo que se conoce como modelos de primera generación. (1) La segunda versión incorpora rendimientos crecientes a escala y una estructura de oligopolio homogéneo en la industria del triplay, por lo que se podría considerar dentro de los modelos de segunda generación. La introducción de este tipo de estructura de mercado ha sido ampliamente hecha en diversos modelos de comercio internacional, y el modelo de Harris (1984) fue el primero en incorporarla. El aporte de este artículo, por lo tanto, no radica en hacer alguna innovación teórica relacionada con la elaboración de este tipo de modelos, sino en ser el primero que aplica uno de ellos a un caso real para medir el impacto de la imposición de una medida de salvaguarda. El modelo aquí presentado permite medir efectos que de otra forma sería muy difícil capturar.

    A pesar de la conveniencia de utilizar este tipo de modelos, es importante mencionar las limitaciones de este tipo de análisis. El modelo es estático y analiza el impacto que se tendría si el único cambio exógeno que ocurre es la imposición de la salvaguarda, lo que genera tres limitaciones al análisis. Primero, no se puede saber el tiempo que llevará pasar del equilibrio original al nuevo con la salvaguarda. Una vez que se alcanza el nuevo equilibrio, se sabe cuáles son los cambios en las variables del modelo, pero no el tiempo que transcurrió para que se presenten dichos cambios. Por lo tanto, tampoco se puede determinar el efecto acumulado de imponer la salvaguarda durante un determinado número de años. Segundo, no se toma en cuenta que las salvaguardas implican para las empresas protegidas llevar a cabo toda una serie de cambios tecnológicos de manera que, al terminar el periodo de la salvaguarda, puedan competir en mejores condiciones con los oferentes extranjeros tanto en el mercado nacional como internacional. Tercero, al considerar que el único cambio exógeno que se presenta es la imposición de la salvaguarda, a los efectos presentados en este trabajo se deben agregar aquellos que se deriven de variaciones en la actividad económica, el tipo de cambio y los precios internacionales del triplay.

    El artículo está organizado de la siguiente manera. La sección I muestra el modelo utilizado para realizar las simulaciones. La sección II muestra las fuentes de información consultadas y la forma en que se sistematizaron los datos para poder calibrar el modelo. La sección III muestra los resultados obtenidos al simular la imposición de la medida de salvaguarda a las importaciones de triplay. Por último, en la sección IV presentan las conclusiones.

    1. El modelo

      Para realizar las simulaciones se utilizaron dos versiones de un modelo de equilibrio general aplicado. La primera asume que todos los mercados son competitivos, en tanto que la segunda considera que la industria del triplay se comporta como un oligopolio competitivo. (2) Para fines expositivos, primero se presentará el modelo que asume mercados competitivos y, posteriormente, se indicarán los cambios necesarios para modelar a la industria del triplay como un oligopolio competitivo. El número de sectores es de 15, y la industria del triplay es representada por el sector 5.

      I.1. Consumo

      Las familias son representadas por un consumidor típico que demanda bienes tanto importados como nacionales. Su decisión la basa tanto en la importancia que tiene dicho bien para él (independientemente de que el bien sea importado o de origen nacional) y en los precios relativos de los bienes nacionales e importados.

      Como es tradicional en este tipo de modelos, se asumirá que el consumidor representativo demanda bienes compuestos, los cuales son el resultado de la combinación de bienes nacionales e importados. La composición de dichos bienes dependerá de los precios relativos de los bienes que lo conforman.

      El problema de maximización de utilidad del consumidor está dado por:

      [EXPRESIÓN MATEMÁTICA IRREPRODUCIBLE EN ASCII.]

      Donde [C.sub.i] representa el consumo del bien compuesto i, [P.sub.i] representa el precio del bien compuesto i en México, s representa la tasa de ahorro del consumidor representativo (proporción del ingreso disponible que es ahorrado) e [I.sub.d] representa el ingreso disponible, y está dado por:

      ...

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