Editorial

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AGOSTO 2011OPCIONES 11
REVISTA ENCICLOPÉDICA TRIBUTARIA OPCIO-
NES LEGALES-FISCALES, Año 4, No. 33,
Agosto de 2011, es una publicación
mensual editada por el Corporativo
Reyes Mora Advisors, S. de R.L. de
C.V. Salvador Agraz, No. 40, piso 6
Edificio Eurocenter, Col. Santa Fe,
Delegación Cuajimalpa, C.P. 5109,
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do Guillermo Reyes Mora. Reservas
de Derechos al Uso Exclusivo No.
04-2008-072910015300-102, ISSN:
en trámite. Licitud de Título No.
14343, Licitud de Contenido No.
11916, ambos otorgados por la Co-
misión Calificadora de Publicaciones
y Revistas Ilustradas de la Secretaría
de Gobernación. Impresa por Roma
Color, Pascual Orozco No.70 Col.
San Miguel, Delegación Iztacalco C.P.
08650, México, D. F., éste número
se terminó de imprimir el 29 de
Julio de 2011. REVISTA ENCICLOPÉDICA
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EDITORIAL
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Consejo Editorial
El lenguaje en su creación y construcción, adapta múltiples niveles para
comunicar y hacer surgir una idea, un concepto o una situación espe-
cífica, para el Derecho –así como para otras disciplinas– el lenguaje
es la piedra angular en la cual fundamenta causas, discursos, normas,
disposiciones y leyes. Por lo anterior, resulta sumamente importante que
el uso que de el lenguaje tengamos sea lo más conciso posible, para que la
interpretación de los textos jurídicos sea la apropiada, está por demás decir,
que el lenguaje, muchas veces es la pauta o la guía de la cual partimos para
elaborar la defensa de las causas. Cuando la redacción de la norma no es clara,
suele darse una mala aplicación de la ley, o bien, una interpretación subjetiva
que en la mayoría de los casos contraviene con el objetivo inicial por el cual
una ordenanza es creada. De igual manera, lo hacedores de leyes no deben
perder de vista que nuestro país hace parte de numerosos ordenamientos
de carácter internacional, lo cual nos vuelve copartícipes de criterios uni-
versales como en el caso concreto de los derechos humanos, y es sobre este
tema en particular, que hacemos énfasis en la resolución anunciada en días
anteriores la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual determina
que los efectivos castrenses podrán ser juzgados por tribunales civiles en los
casos de violaciones a los derechos humanos, esto permeado por la situación
actual de nuestra nación con miras hacia un mejor ordenamiento y respeto
a las garantías individuales que todo ciudadano ostenta; con esto, llega el
momento de que los poderes de la unión trabajen en conjunto para contar
lo antes posible con un sólido ámbito legal que no permita interpretaciones
subjetivas que al momento de la aplicación vean más por el infractor que por
el agraviado, y así evitar a toda costa que la búsqueda de la justicia continúe
siendo –como muchas veces es– un escenario inalcanzable.

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