Acuerdo relativo a la autorización para que el Lic. Edgar Montes Benitez, Presidente Municipal de Tolimán, Qro., y la C. Eloísa de la Cruz de la Cruz, Regidora Síndico Municipal; otorguen poder con cláusula especial de representación patronal. Municipio de Tolimán, Qro.

Pág. 4716 PERIÓDICO OFICIAL 3 de mayo de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO JOSÉ GUADALUPE GARCÍA MORA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO,
EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 02 dos de abril de 2013 dos mil trece, el H.
Ayuntamiento del Municipio de Tolimán, aprobó el Acuerdo relativo a la autorización para que el Lic. Edgar
Montes Benitez Presidente Municipal de Tolimán, Qro.; y la C. Eloísa de la Cruz de la Cruz Regidora Sindico
Municipal otorguen poder con clausula especial de representación patronal, el cual señala textualmente:
“…CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
2450 y 2484 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE DEL ESTADO DE QUERETARO; 692 FRACCION III DE LA LEY
FEDERAL DEL TRABAJO Y 30 PARRAFO II, 31 FRACCION I, XIII, 33 FRACCION V Y VI, DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los municipios tienen personalidad jurídica y patrimonio propios, así como la facultad de
autorizar a la sindico municipal para delegar la representación legal en defensa de los intereses
municipales.
2. Que los Ayuntamientos son competentes para celebrar en los términos que señala esta ley, convenios
con otros municipios, con el Estado y con los particulares, a finde coordinarse y asociarse para la más
eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan, o
para cualquier otro aspecto de índole administrativo, que requiera de auxilio técnico y operativo.
3. Que de conformidad con lo dispuesto por el párrafo II del artículo 30 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro, es facultad del Ayuntamiento de Tolimán, la publicación de los acuerdos, bandos,
circulares y reglamentos municipales, los cuales deberán ser aprobados por mayoría absoluta de los
miembros del Ayuntamiento, de conformidad con el reglamento respectivo. Y para su entrada en vigor y
respectiva difusión, deberán ser publicados en la gaceta municipal correspondiente; en caso de que el
Municipio no cuente con ella, se dará cumplimiento a esta disposición a través del Periódico Oficial del
Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”.
4. Que el artículo 33 fracción V y VI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro señala que el
Sindico Municipal procurara la defensa y promoción de los intereses municipales, así mismo llevara la
representación legal del municipio ante toda clase de tribunales federales y estatales, y además podrá
delegar esta representación por acuerdo del Ayuntamiento en los casos en que el municipio tenga un
interés.
5. Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 02 de Abril de 2013, el Ayuntamiento de Tolimán
aprobó por unanimidad el Acuerdo relativo a la autorización para que el Lic. Edgar Montes Benítez
Presidente Municipal de Tolimán, Qro; y la C. Eloísa de la Cruz de la Cruz Regidora Sindico Municipal
otorguen poder con clausula especial de representación patronal.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Tolimán, en el punto cuarto del acta de cabildo de fecha 02 de abril
del 2013, aprobó por unanimidad de sus integrantes, el siguiente:

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