Resolución No. 4 Relativa a La Denuncia Presentada por El Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, C. Mariano Trillo Quiroz, en Contra de La C. Gabriela de La Paz Sevilla Blanco y El Partido Accion Nacional, Misma que Se Radicó con El Número de Expediente 01/2008

Fecha de disposición25 Octubre 2008
Fecha de publicación25 Octubre 2008
SecciónAnexos
Número de Gaceta46

DEL GOBIERNO DEL ESTADOINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMARESOLUCIÓN No. 4

RELATIVA A LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, C. MARIANO TRILLO QUIROZ, EN CONTRA DE LA C. GABRIELA DE LA PAZ SEVILLA BLANCO Y EL PARTIDO ACCION NACIONAL, MISMA QUE SE RADICÓ CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 01/2008.

RESOLUCIÓN No. 4

PERÍODO INTERPROCESO 2006-2008 PROCEDIMIENTO SANCIONADOREXPEDIENTE NÚMERO 01/2008

DENUNCIANTE:

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO.

DENUNCIADOS: DIPUTADA GABRIELA DE LA PAZ SEVILLA BLANCO Y PARTIDO ACCIÓN NACIONAL.

SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA. 14 DE OCTUBRE DE 2008.

Colima, Colima, catorce de octubre de 2008 (dos mil ocho).

VISTOS

para resolver la denuncia presentada por el Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, el C. MARIANO TRILLO QUIROZ, ante este Consejo General, misma que se radicó con el número de expediente 01/2008, en contra de GABRIELA DE LA PAZ SEVILLA BLANCO, y del PARTIDO ACCION NACIONAL, emitiendo para ello los siguientes R E S U L T A N D O S :

  1. El día 11 (once) de septiembre de 2008, el C. MARIANO TRILLO QUIROZ, en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante la Oficina de Oficialía de Partes de este Instituto Electoral del Estado, formal denuncia en contra de la ciudadana GABRIELA DE LA PAZ SEVILLA BLANCO, así como del PARTIDO POLÍTICO ACCIÓN NACIONAL, al cual pertenece la referida ciudadana, por el uso de bienes públicos en apoyo a la realización de un acto cuya finalidad fue la promoción personal y la imagen del partido político antes señalado, así como la colocación de publicidad de un partido político en el interior del edificio que alberga a la escuela de educación primaria "MARINA NACIONAL", contraviniendo lo estipulado en los artículos 205 bis 9, fracción V, 211, 212 fracciones IV y V, y demás relativos del Código Electoral del Estado de Colima vigente al día 30 de agosto de 2008, manifestando al efecto las siguiente narración de hechos.

    HECHOSI.- En fecha 30 (treinta) de agosto de 2008 (dos mil ocho), se llevó a cabo una reunión con la diputada Gabriela de la Paz Sevilla Blanco en la escuela primaria "MARINA NACIONAL", ubicada en la calle Aldama número 88, Colonia Libertad, de la Ciudad y Puerto de Manzanillo, Colima, lugar en el cual se colocarían en el exterior de la misma un pendón de aproximadamente un metro ochenta centímetros de largo por ochenta centímetro de ancho, en fondo color azul, en cuyo extremo superior se distingue una parábola irregular color naranja con bordes blancos, cargado hacia el lado izquierdo y a ese misma altura en el extremo derecho se distingue claramente el logotipo del partido Acción Nacional, que esta circundando por círculos y líneas que asemejan a figuras humanas con las extremidades superiores extendidas hacia arriba y simulando estar unidas entre sí, en colores azul y naranja alternadamente, con bordes blancos, ambas grafías simulan el primero el tallo y el segundo los pétalos de una flor, en la parte inferior de dicha grafía se distingue claramente el nombre de GABRIELA SEVILLA, en letras azules con bordes blancos y debajo del mismo un rectángulo en color naranjada en cuyo centro tiene impresa la palabra DIPUTADA en letras blancas, cabe señalar que dicho pendón fue colocado como ya se señalo en el exterior de la escuela en un poste con las características de los que utiliza la compañía de Teléfonos de México.. II.- De igual forma " es importante señalar que en el interior de la multicitada escuela en unos de los barandales que circulan una escalera que comunica la planta baja con el piso superior, se colocó un pendón con las mismas dimensiones del descrito en el párrafo anterior, en fondo azul y en el extremo superior se distingue una parábola irregular color naranja con bordes blancos, cargado hacia el lado izquierdo y a ese misma altura en el extremo derecho se distingue claramente el logotipo del partido Acción Nacional, que esta circundado por círculos y líneas que asemejan a figuras humanas con las extremidades superiores extendidas hacia arriba y simulando estar unidas entre si, en colores azul y naranja alternadamente, con bordes blancos, ambas grafías simulan el primero el tallo y el segundo los pétalos de una flor, en la parte inferior de dicha grafía se distingue claramente el nombre de GABRIELA SEVILLA, en letras azules con bordes blancos y debajo del mismo un rectángulo en color naranjada en cuyo centro tiene impresa la palabra DIPUTADA en letras blancas, en el centro de dicho pendón se ubica una fotografía donde aparece la diputada con otras personas al parecer en una comida, debajo de dicha fotografía se ubica una leyenda no visible en letras blancas, en el extremo izquierdo del pendón, de abajo hacia arriba se observa una línea hasta el centro medio, seguida de la leyenda SALUD Y CALIDAD DE VIDA todo en color naranja, En dicho acto colocó propaganda partidista en infraestructura de una empresa de comunicación, alusivo al partido Acción Nacional, y a su diputada por el distrito XII, GABRIELA SEVILLA, cabe señalar que en el extremo superior derecho de unos pendones colocados en dicha brigada se observa el emblema del Partido Acción Nacional. III.- Ahora bien en otra de las fotografías que se presentan como prueba a la presente denuncia se identifica a mi hoy denunciada junto con una persona del sexo femenino sentadas en una silla blanca al parecer de plástico, rodeando una mesa que contiene un mantel de color azul y en donde se encuentran depositados algunos documentos entre los cuales resaltan cuadernillos, con las mismas características de los que emite la PROFECO, puesto que en el mismo se distingue claramente el logotipo de la dependencia citada, y al parecer con la intención de entregar dichos cuadernillos a las personas asistentes a dicha reunión, así mismo al fondo se visualiza una persona al parecer del sexo femenino, dando la espalda que porta una playera en color naranja con las mismas grafías que el pendón citado en el punto primero de hechos de la presente denuncia. AGRAVIOS A) Las actividades descritas y que fueron realizadas por la denunciada son inobservantes a los dispuesto en el artículo 205 BIS-9 fracción V, toda vez que se hace uso de bienes públicos propiedad del Estado, en donde es público y notorio que el objetivo de la diputada en mención es posicionar tanto su imagen, como la del Partido Acción Nacional, violando el principio de equidad, legalidad y certeza que debe regir en materia electoral, puesto que como es sabido en los tiempos actuales no son de promoción electoral, ya que no se ha iniciado con las etapas ni de precampaña, ni de campaña señaladas claramente en el Código Electoral de nuestro Estado Vigente antes de la Reforma de agosto de 2008, violando los principios de legalidad, equidad y certeza, consagrada en nuestro máximo cuerpo de leyes B) Lo antes narrado violenta y me causa agravio a lo dispuesto en el artículo 211 del Código Electoral de nuestro Estado Vigente antes de la Reforma de agosto de 2008, puesto que al colocar propaganda de difusión de un partido político, en la escuela pública de referencia tanto en su interior como en su exterior, se corrompe lo ordenado en el artículo antes citado y de esta forma se vulnera los principios de legalidad, equidad y certeza, consagrada en nuestro máximo cuerpo de leyes. C )Me causa agravio el actuar del Partido Acción Nacional a través de su diputada Gabriela de la Paz Sevilla Blanco, al no observar lo dispuesto en el artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, ya que en lo particular en su fracción IV, señala la prohibición de fijarse o inscribir en los edificios públicos, así como de los monumentos o edificios artísticos o de interés históricos o cultural, incluyendo escuelas públicas y privadas, violentando los principios de legalidad, equidad y certeza, consagrada en nuestro máximo cuerpo de leyes. PRUEBAS A) DOCUMENTAL: Consistente en el periódico de circulación local en Manzanillo, denominado "EL CORREO DE MANZANILLO" de fecha lunes 01 de septiembre de 2008, documento con el cual se pretende acreditar que la hoy denunciada realizó una reunión en la Escuela "MARINA NACIONAL" de Manzanillo, Colima, puesto que en la página principal de dicho rotativo en el extremo inferior se observa la fotografía descrita en el punto segundo de hechos de la presente, prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente denuncia B) DOCUMENTAL: Consistente en el periódico de circulación estatal, denominada "EL NOTICIERO" de fecha lunes 01 de septiembre de 2008, documento con el cual se pretende acreditar que la hoy denunciada realizó una reunión en la Escuela "MARINA NACIONAL" de Manzanillo, Colima, haciendo uso del equipamiento de dicha escuela, puesto que en la página uno de la sección Manzanillo, de dicho periódico en el extremo inferior se observa la fotografía descrita en el punto primero de hechos de la presente y prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente denuncia. C) DOCUMENTAL: Consistente en el periódico de circulación local en Manzanillo, denominado "EL CORREO DE MANZANILLO" de fecha martes 02 de septiembre de 2008, documento con el cual se pretende acreditar que la hoy denunciada realizó una reunión en la Escuela "MARINA NACIONAL" de Manzanillo, Colima, puesto que en la página principal de dicho rotativo, se observa una entrevista en la cual la propia GABRIELA DE LA PAZ...

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