Duplican descansos en el sector público

AutorArturo Rivero

Seguramente usted laboró durante estos días, y observó cómo muchas personas gozaron de un gran puente. Lo más probable es que sean trabajadores del sector público.

Y es que los empleados del sector público llegan a descansar al año hasta el doble de días que los empleados del sector privado.

Según la Ley Federal del Trabajo, los asalariados de empresas puede descansar 7 días o máximo 8 si es un año de cambio de Gobierno. Los días obligados son 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, 20 de noviembre, 25 de diciembre y 1 de diciembre cada seis años, cuando se da el cambio de administración.

En tanto, los trabajadores de gobierno pueden descansar de forma obligatoria hasta 14 días.

En las dependencias públicas se trabaja medio tiempo el 12, 24, 31 de diciembre, 10 de mayo, 15 de septiembre y 1 de noviembre, y descanso de día completo el 2 de noviembre, según lo verificó REFORMA con diversas oficinas.

Se pudo corroborar que los trabajadores de las Secretarías de Estado no laboraron el 2 de noviembre, ni tampoco los de la Cámara de Diputados y de Senadores, así como los empleados de la Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos, Compañía de Luz Y Fuerza del Centro.

Y además de estos días, algunos sindicalizados de paraestatales han logrado más descansos al establecerlos como obligatorios en sus contratos colectivos de trabajo.

Tal es el caso del Sindicato Mexicano de Electricistas, quienes en su contrato...

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