Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 347/97, relativo a la dotación de tierras, promovido por un grupo de campesinos del poblado Patria Chica, Municipio de Villa Corzo, Chis

Fecha de disposición27 Enero 1999
Fecha de publicación27 Enero 1999
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 347/97, relativo a la dotación de tierras, promovido por un grupo de campesinos del poblado Patria Chica, Municipio de Villa Corzo, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 347/97, que corresponde al expediente inicial 3243/D, relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "Patria Chica", ubicado en el Municipio de Villa Corzo, Estado de Chiapas, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- El veintiséis de enero de mil novecientos ochenta y dos, un grupo de campesinos radicados en el poblado denominado "Patria Chica", Municipio de Villa Corzo, Estado de Chiapas, elevó al Gobernador del Estado, solicitud de dotación de tierras para satisfacer sus necesidades agrarias, sin señalar predio de probable afectación.

SEGUNDO.- La Comisión Agraria Mixta mediante oficio número 889, de treinta y uno de marzo de mil novecientos ochenta y dos, instruyó al ingeniero Benjamín Mandujano Cruz, a fin de que se trasladara al poblado en estudio y verificara la existencia del mismo; el profesionista referido rindió su informe el cuatro de mayo de ese mismo año (legajo 1, a fojas 4 y 5); indicó que el poblado solicitante se encuentra localizado en terrenos presuntamente nacionales, donde están asentadas dieciocho casas habitación, construidas de madera rollizas con techos de palma y cartón, en las que viven aproximadamente 20 (veinte) familias, con una antigüedad de dos años.

TERCERO.- En sesión efectuada el once de junio de mil novecientos ochenta y dos, la Comisión Agraria Mixta en el Estado de Chiapas, instauró el expediente respectivo bajo el número 3243/D.

CUARTO.- La solicitud a que hemos hecho alusión fue publicada en el Periódico Oficial de Gobierno de esa entidad federativa el veintitrés de junio de mil novecientos ochenta y dos, bajo el número 25, tomo XLIV.

QUINTO.- El Comité Particular Ejecutivo quedó integrado por Esteban José Díaz, Santiago Chapo Díaz y Aníbal Alvarado, como presidente, secretario y vocal, respectivamente.

SEXTO.- Mediante oficio número 1755, de tres de agosto de mil novecientos ochenta y dos, la Comisión Agraria Mixta del Estado de Chiapas, instruyó al ingeniero Elías Alvarez Gómez, a fin de que llevara a cabo el levantamiento del censo general de población; profesionista que rindió su informe el doce de agosto de ese mismo año; indicó que existen 71 (setenta y un) habitantes en general, de los cuales 15 (quince) son jefes de familia y 23 (veintitrés) campesinos capacitados. El acta de clausura de la junta censal es de diez de agosto de mil novecientos ochenta y dos (legajo 1, foja 26).

SEPTIMO.- Por oficio número 653 de veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro, la Comisión Agraria Mixta de esa entidad federativa, designó al ingeniero José Rodas Velázquez, a efecto de que procediera a realizar los trabajos técnicos e informativos, relativos al estudio del radio legal de afectación, tendente a determinar la existencia de predios susceptibles de afectación, los cuales serían destinados para satisfacer las necesidades agrarias del poblado peticionario; el profesionista referido rindió su informe el catorce de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro (legajo 1, fojas 27 a 35), del que se desprende que dentro del radio legal de afectación únicamente se localizan los ejidos definitivos "San Pedro Buenavista", "San Marcos" y "Monte Rey".

Del mismo modo, el comisionado indicó haber inspeccionado los predios: "La Nueva España", "El Rosario", "Italia", "El Paraíso", "Atlántida", "Piedras Negras", "Las Palmas", "Rincón de las Flores", "Santa Fe", "Loma Bonita", Fracción "Nueva Cabaña", "Los Amates", "Nueva Cabaña", Cerro del Jubilete", "El Recuerdo", tres fracciones del predio "La Soledad", "El Palmar", "Loma de la Cruz", tres fracciones del predio "Argentina", "El Triunfo", "La Asunción", "El Roblito", fracción "Santa Fe", "Rincón Nicho", "Durango", "Santa Rosa", "Tapana", "Trinitaria", "El Mango", "El Ciprés", "La Libertad", "San José", "El Zapote", "Berling", "Las Flores", "Las Carolinas", "Mandatapana", "El Ocotillo", "La Estrella", "Las Naranjitas", "La Mesilla", tres predios "Innominados", "Santa Clara" y "Las Mariposas", destacando que de estos inmuebles, 37 (treinta y siete) son pequeñas propiedades rústicas, y 19 (diecinueve) de presunta propiedad nacional; el comisionado señaló que al momento de la inspección ocular los inmuebles se encontraron debidamente trabajados por sus propietarios y poseedores, dedicados a la agricultura y a la ganadería, con cultivos de maíz, ocotales, árboles frutales, zacate jaragua y pasto común.

Por otro lado, el comisionado en forma especial se refiere al predio denominado "San Ramón", presunto nacional, con superficie aproximada de 300-00-00 (trescientas hectáreas) clasificadas de agostadero cerril, con 50% (cincuenta) por ciento laborable; actualmente el inmueble está ocupado por Jesús Pereyra Cruz, según acta testimonial de veinticuatro de septiembre de mil novecientos setenta y nueve, suscrita por el Presidente y el Secretario del Honorable Ayuntamiento de Villa Corzo, que a su vez contiene los testimonios de Enrique Alvarado Alvarez, Francisco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR