Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 346/97, relativo a la dotación de tierras, a favor del poblado Rancho los Tamarindos, Municipio de San Marcos, Gro

Fecha de disposición26 Enero 2000
Fecha de publicación26 Enero 2000
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 346/97, relativo a la dotación de tierras, a favor del poblado Rancho los Tamarindos, Municipio de San Marcos, Gro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario 346/97, que corresponde al expediente 2620, relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por un grupo de campesinos radicados en el poblado Rancho los Tamarindos , ubicado en el Municipio de San Marcos, Estado de Guerrero, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Por escrito de veintitrés de abril de mil novecientos setenta y tres, un grupo de campesinos del poblado referido procedentemente, solicitó al Gobernador del Estado de Guerrero, dotación de tierras, señalando como de probable afectación a ex-hacienda de San Marcos, propiedad del Estado de Guerrero.

SEGUNDO.- La Comisión Agraria Mixta instauró el expediente el diez de octubre de mil novecientos setenta y tres, registrándolo con el número 2620.

La solicitud fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero el cinco de septiembre de mil novecientos setenta y tres.

TERCERO.- El Comité Particular Ejecutivo quedó integrado por Gilberto Suástegui, José Villanueve Cruz y Raquel Justo Carmona, como presidente, secretario y vocal, respectivamente.

CUARTO.- El nueve de noviembre de mil novecientos setenta y tres, la Comisión Agraria Mixta en el Estado designó a Miguel Angel Herrera Salinas para que levantara el censo; dicho comisionado rindió su informe el veintidós del mismo mes y año, en el que dice: En el poblado hay 163 (ciento sesenta y tres) habitantes, 27 (veintisiete) son jefes de familia, 23 (veintitrés) solteros mayores de dieciséis años y 50 (cincuenta) capacitados poseedores de 150 (ciento cincuenta) cabezas de ganado mayor.

QUINTO.- El veintisiete de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro, la Comisión Agraria Mixta comisionó a Humberto Cruz Bautista para que investigara el aprovechamiento y clasificación de los terrenos comprendidos dentro del radio legal de afectación. El comisionado rindió su informe el seis de enero de mil novecientos setenta y cinco, en el que manifiesta: se localizó el núcleo de población; en diferentes partes del terreno solicitado se encuentran palmas de cocoteros, abandonados. Los terrenos de temporal son debidamente explotados por los solicitantes. En los demás terrenos no se encuentra ninguna delimitación y están abandonados .

SEXTO.- Para los trabajos técnicos e informativos complementarios se comisionó a Gonzalo Vargas Navarrete, quien rindió su informe el siete de octubre de mil novecientos setenta y siete, en el que manifiesta: Los solicitantes me manifestaron que los lotes que ellos pretenden son los que se encuentran abandonados, son los de René Echarran, Ismael Damián Valdez, Ramón O farril, José Luis Aguilar, Alicia Kassen de Terrazas, María Martínez, Agustín García López y Rodolfo Rubio Ramírez. Estos lotes carecen de cercas.

SEPTIMO.- La Comisión Agraria Mixta emitió dictamen positivo el tres de mayo de mil novecientos setenta y siete, el cual así dice:

Primero.- Es procedente la solicitud de dotación de ejido promovida por el poblado RANCHO LOS TAMARINDOS , Municipio de San Marcos, Estado de Guerrero.

Segundo.- Es de dotarse al poblado RANCHO LOS TAMARINDOS una superficie total de 1,757-60-00 (mil setecientas cincuenta y siete hectáreas, sesenta áreas), de agostadero con 60% laborable que se tomaron: 491-00-00 (cuatrocientas noventa y una hectáreas), sobrantes de la Hacienda de San Marcos propiedad del Gobierno del Estado; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Manuel Rojo Pineda; 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Alfonso Nava; 48-80-00 (cuarenta y ocho hectáreas, ochenta áreas) de un lote sin nombre del propietario; 75-00-00 (setenta y cinco hectáreas) del ingeniero René Etcharren; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Leopoldo Castro; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) del profesor Gerardo B. Hernández; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Ismael Damián; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de María del Carmen Pérez de R.; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Gerardo Peña C.; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de José Luis Aguilar; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Juventino Pineda; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de María Navarrete; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Jesús Figueroa; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Alicia Kassen; 25-00-00 (veinticinco hectáreas) de Constantino Cabrera; 100-00-00 (cien hectáreas) de Elia Catalán de R.; 142-80-00 (ciento cuarenta y dos hectáreas, ochenta áreas) de Ramón O farril, 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Mario Romero; 100-00-00 (cien hectáreas) de Agustín García López; 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de María Martínez; 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Nicolás Wences; 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Rodolfo Rubio Ramírez; 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Alberto Alarcón; 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Salvador García Dávalos; 100-00-00 (cien hectáreas) de José Polín; y 50-00-00 (cincuenta hectáreas) de Donato Miranda Fonseca.

OCTAVO.- El Gobernador del Estado emitió su mandamiento el veintiuno de junio de mil novecientos setenta y siete, y fue publicado el dieciséis de junio del mismo año, en los mismos términos de la Comisión Agraria Mixta.

NOVENO.- El mandamiento fue ejecutado el once de septiembre de mil novecientos setenta y siete, por Eduardo Romero López, mismo que en su informe de veintiuno de septiembre de mil novecientos setenta y siete, manifestó ...el once de septiembre se dio posesión provisional al poblado denominado RANCHO LOS TAMARINDOS , Municipio de San Marcos, en el Estado de Guerrero, entregándose nuevamente 1,595-80-00 (mil quinientas noventa y cinco hectáreas, ochenta áreas) con 60% laborable, omitiéndose la entrega de 74-00-00 (setenta y cuatro hectáreas) por encontrarse sembradas de cocoteros y árboles frutales, y 87-80-00 (ochenta y siete hectáreas, ochenta áreas) no se afectan por encontrarse dentro del ejido de ampliación definitiva del poblado LAS VIGAS , Municipio de San Marcos, Guerrero.

DECIMO.- El once de diciembre de mil novecientos noventa, el Delegado Agrario en el Estado emitió su opinión en los siguientes términos:

Primero.- Es procedente la solicitud de dotación promovida por el poblado RANCHO LOS TAMARINDOS ;

Segundo.- Se modifica el mandamiento gubernamental emitido el veintiuno de junio de mil novecientos setenta y siete ;

Tercero.- Se dota al referido poblado de una superficie de 1,187-50-00 (mil ciento ochenta y siete hectáreas, cincuenta áreas), que se tomarán de la siguiente forma: 381-10-00 (trescientos ochenta y una hectáreas, diez áreas) del sobrante de la Ex-hacienda de San Marcos, propiedad del Gobierno del Estado y 806-40-00 (ochocientas seis hectáreas, cuarenta áreas) de diferentes propietarios .

UNDECIMO.- En sesión plenaria del once de febrero de mil novecientos ochenta y uno, el pleno del Cuerpo Consultivo Agrario aprobó dictamen positivo, cuyos términos son los siguientes: PRIMERO.- Es procedente la acción de dotación de ejido a favor del poblado Rancho los Tamarindos del Municipio de San Marcos, Estado de...

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