Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen las Normas generales de control interno en el ámbito de la Administración Pública Federal, publicado el 27 de septiembre de 2006   

Fecha de disposición27 Septiembre 2006
Fecha de publicación12 Mayo 2008
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se reforma el diverso por el que se establecen las Normas generales de control interno en el ámbito de la Administración Pública Federal, publicado el 27 de septiembre de 2006.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 37, fracciones I, II, III, VI y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 11, 60, 61 y 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 15 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 2, 7 y 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 305 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 6, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 14 del Acuerdo por el que se establecen las Normas generales de control interno en el ámbito de la Administración Pública Federal, publicado el 27 de septiembre de 2006 en el Diario Oficial de la Federación, señala que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, deberán informar a la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, a los órganos de gobierno correspondientes, así como al Comité de Control y Auditoría o equivalente, al finalizar cada ejercicio y a más tardar el 31 de marzo del año siguiente, el estado que guarda el Control Interno Institucional, y los avances más importantes efectuados al respecto;

Que en términos del artículo mencionado, el informe a que se refiere el considerando precedente, debe formularse conforme a lo establecido en la Guía para la Elaboración del Informe Anual del Estado que Guarda el Control Interno Institucional, la cual se encuentra publicada en la página de Internet de la Secretaría de la Función Pública;

Que las Normas a que alude el considerando primero de este Acuerdo, constituyen una mejor práctica internacional basada en un nuevo modelo de control interno, que pocos países han adoptado, el cual contribuye a promover el logro razonable de los objetivos y metas institucionales en un marco ético, así como a fomentar la transparencia y el ejercicio eficiente y eficaz de los recursos públicos;

Que conforme a la experiencia obtenida por parte de la Secretaría de la Función...

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