Acuerdo A/005/2013 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se crea la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO A/005/2013 DEL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE CREA LA FISCALÍA CENTRAL DE INVESTIGACIÓN PARA LA ATENCIÓN DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS.

Con fundamento en los artículos, 21 y 122 apartado D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 21, 23 y 24 fracciones XVIII y XXXIV de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 4 y 5 de su Reglamento; y,

CONSIDERANDO

Que la investigación de los delitos en el Distrito Federal, es facultad del Ministerio Público y de la Policía de Investigación, ésta siempre bajo la conducción y mando del primero, la cual debe ser desempeñada bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, imparcialidad y respeto a los derechos humanos, consagrados por los artículos 21 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos, de los que el Estado Mexicano es parte.

Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 5, párrafo tercero, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 20 y 31, de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, Reglamentaria del artículo 73, fracción XXI, párrafo primero, en Materia de Trata de Personas, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 9, 29 y 30 de la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal; 1, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, tiene competencia para la investigación de los delitos de trata de personas en sus diversas modalidades.

Que el Estado Mexicano ha ratificado diversos instrumentos internacionales, a través de los cuales se ha comprometido a combatir de una manera eficaz el delito de trata de personas en cualquiera de sus modalidades, entre los que destacan los de Trata de Personas con fines de explotación sexual, Pornografía Infantil y Turismo Sexual, en términos de lo dispuesto por los artículos 2, 3, 4, 6 y 9 del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente de Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; y por los artículos 3 y 8 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía.

Que en la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal y en su Reglamento, se establece que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal debe fortalecer el combate a la Trata de Personas, a través de la profesionalización de su investigación, así como de la adecuada y oportuna atención para las víctimas directas, indirectas y testigos.

Que el delito de trata de personas es un delito grave y para su atención se requiere de una unidad especializada con personal capacitado, que atienda, además, aquellos otros que se cometen contra el libre desarrollo de la personalidad y la afectación a la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.

Que resulta prioritario establecer lineamientos y políticas institucionales que hagan eficiente e integral la atención de los delitos antes señalados, que exigen una protección efectiva por parte del Estado.

He tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se crea la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas, adscrita a la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas...

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