Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos de los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social en las microrregiones, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de México

Fecha de disposición13 Febrero 2007
Fecha de publicación13 Febrero 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos de los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social en las microrregiones, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LOS PROGRAMAS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL EN LAS MICRORREGIONES, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, LICENCIADO ANTONIO SANCHEZ DIAZ DE RIVERA, Y EL DELEGADO EN EL ESTADO DE MEXICO, EL LICENCIADO GUSTAVO ARTURO VICENCIO ACEVEDO Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MEXICO, EN LO SUCESIVO EL ESTADO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, LICENCIADO ALEJANDRO OZUNA RIVERO Y EL SECRETARIO DE FINANZAS, PLANEACION Y ADMINISTRACION Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MEXICO, LICENCIADO LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MEXICO 2005, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

I. Con fecha 19 de abril de 2005, los Gobiernos Federal y del Estado de México, celebraron “EL CONVENIO MARCO, que tiene por objeto ejecutar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y marginación, mejorando las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.

Por acuerdo de las partes, se establece en la Cláusula Séptima de EL CONVENIO MARCO, que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación respectiva a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.

II. “LA SEDESOL manifiesta que la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante los oficios-circular números 307-A-1318 y 307-A-1372 de fecha 20 y 30 de diciembre del 2004, respectivamente, y mediante oficio 312.A.-001258 de fecha 19 de agosto de 2004, que emite la Dirección General de Programación y Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de las asignaciones de recursos que le corresponden, conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005.

III. “LA SEDESOL a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano declara que la inversión total federal de los programas señalados en la Cláusula Tercera, así como el desglose de la inversión federal para los programas señalados en los anexos que forman parte de este Acuerdo, se encuentran adscritos a esta Subsecretaría, conforme lo establece el artículo 6, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004.

Con base en lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 34 de la Ley de Planeación; 50 y 61 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005; el Acuerdo mediante el cual se identifican las Microrregiones por sus condiciones de rezago y marginación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2002; en los artículos 6 fracción V, 17 fracción VI, 22 fracción VII, 23 fracción VIII, 24 fracción VII, 33 fracción III, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004; en las Reglas de Operación de los Programas de Subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social vigentes, así como en lo previsto por los artículos 1, 2, 3, 13, 19, 22, 23 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 12, 15, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 50 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y de conformidad con lo establecido en “EL CONVENIO MARCO, las partes celebran el presente Acuerdo de Coordinación en los términos de las siguientes:

CLAUSULAS

DEL OBJETO.

PRIMERA. “LA SEDESOL y “EL ESTADO celebran el presente Acuerdo que tiene por objeto la distribución y ejercicio de recursos de los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, en las microrregiones y regiones.

“LA SEDESOL y “EL ESTADO, se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementario para los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.

DE LA CONCURRENCIA Y ARTICULACION DE ESFUERZOS EN TERRITORIOS ESPECIFICOS.

SEGUNDA. “LA SEDESOL y “EL ESTADO, promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos, para el desarrollo local, dirigidos a aquellas microrregiones que por sus condiciones de marginación así lo requieran, atendiendo el rezago estructural del territorio, y se brindará atención diferenciada con apoyos específicos a la población en pobreza, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera de “EL CONVENIO MARCO, por lo que ambas partes convienen la atención a las microrregiones y regiones, conforme a la distribución establecida en el Anexo 1 y 1A.

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE LA SEDESOL.

TERCERA. “LA SEDESOL asignará a “EL ESTADO, recursos presupuestarios federales del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, conforme a lo establecido en el artículo 61 de dicho ordenamiento legal, por la cantidad total de: $23938,000.00 (veintitrés millones novecientos treinta y ocho mil pesos 00/100 M.N.).

Dichos recursos serán destinados a los siguientes programas: para el Desarrollo Local (Microrregiones); Opciones Productivas; Empleo Temporal; 3X1 para Migrantes, de acuerdo a la distribución territorial del Anexo Dos.

De conformidad con la distribución territorial referida, “LA SEDESOL establece las metas federales en el Anexo Dos.

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS DE EL ESTADO.

CUARTA. “EL ESTADO se compromete a aportar recursos financieros por la cantidad de $13000,000. 00 (trece millones de pesos 00/100 M.N.), provenientes del Presupuesto de Egresos del Estado de México, para el ejercicio fiscal 2005, en los programas federales acordados de conformidad con los programas referidos en la Cláusula Tercera de este Acuerdo, y la distribución territorial del Anexo Dos, mediante la estructura financiera y programática descrita en el Anexo Tres.

De conformidad con la distribución territorial referida, “EL ESTADO establece las metas estatales en el Anexo Tres.

QUINTA. La ministración de recursos federales del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social y de los recursos complementarios aportados por EL ESTADO”, se hará considerando la estacionalidad del gasto y en su caso el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal y de la Secretaría de Finanzas, Planeación y Administración del Gobierno del Estado de México, respectivamente.

SEXTA. De la aplicación y ejercicio de los recursos señalados será responsable “EL ESTADO, los municipios, beneficiarios y demás instancias ejecutoras, de acuerdo a los instrumentos que se suscriban al efecto y de conformidad con lo establecido en las reglas de operación de los programas federales publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

DE LAS RESPONSABILIDADES.

SEPTIMA. Los programas del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, se sujetarán en su instrumentación, operación, ejecución, evaluación, medición y seguimiento a lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, a las respectivas reglas de operación, a las demás disposiciones legales federales aplicables y a los instrumentos jurídicos, técnicos y operativos derivados de las reglas de operación y a la distribución de la inversión y metas consolidadas federal y estatal que se establecen en el Anexo Cuatro.

OCTAVA. “LA SEDESOL y “EL ESTADO convienen en que podrán proponer modificaciones a la asignación de recursos entre programas y microrregiones, cuando por causas justificadas así se requiera. Dichas propuestas se formularán en el seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, COPLADEM, y se integrarán conjuntamente por EL ESTADO” y “LA SEDESOL, esta última por conducto de su Delegado en el Estado, quienes suscribirán las comunicaciones correspondientes, y las remitirán a oficinas centrales para su dictamen y gestión procedente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En ningún caso, las partes, podrán modificar el monto asignado correspondiente a las zonas de atención prioritaria denominadas microrregiones, que se definen en el presente documento establecidas en el Anexo 1 y 1A, y que están integradas por municipios de muy alta y alta marginación sin contar con la aprobación a nivel central de “LA SEDESOL.

La ejecución de los programas tendrá su sustento en propuestas de...

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