Acuerdo por el que se da a conocer la distribución de los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal entre los Municipios del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal de 2003.

Pág. 128 PERIODICO OFICIAL 31 de enero de 2003
PODER EJECUTIVO
ACUERDO por el que se da a conocer la distribu-
ción de los recursos del Fondo para la Infraestructu-
ra Social Municipal entre los municipios del Estado
de Querétaro para el ejercicio fiscal de 2003.
CONSIDERANDO
Que el Presupuesto de Egresos de la Fede-
ración para el ejercicio fiscal de 2003, en su artículo
11, prevé recursos en el Ramo 33 Aportaciones
Federales para Entidades Federativas y Municipios,
para el Fondo para la Infraestructura Social Munici-
pal.
Que los recursos del Fondo para la Infraes-
tructura Social Municipal deben ser distribuidos
entre los municipios mediante la fórmula y metodo-
logía señaladas en el capítulo V de la Ley de Coor-
dinación Fiscal.
Que el mismo Presupuesto de Egresos esta-
blece que los Estados deben publicar antes del 31
de enero de 2003, previo convenio con la Secretar-
ía de Desarrollo Social, la distribución municipal de
estos fondos, así como la fórmula y metodología
aplicada, justificando cada uno de sus elementos.
Que la fórmula debe ser igual a la indicada
en la mencionada Ley, con el propósito de enfatizar
el carácter redistributivo de estos recursos hacia
aquellos Municipios con mayor magnitud y profun-
didad de pobreza extrema.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en
los artículos 26 y 115 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 22, 31, 32 y 37 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Fede-
ral; 2, 33, 34, 35 y 44 de la Ley de Planeación; 25,
32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal;
los Artículos 57 fracción XI y 59 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro
Arteaga; 2, 7 y 20 de la Ley Orgánica de la Admi-
nistración Pública del Estado, expido el presente
ACUERDO
PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por
objeto dar a conocer la fórmula y la metodología
para la distribución entre los municipios de las apor-
taciones federales previstas en el Fondo para la
Infraestructura Social Municipal para el ejercicio
fiscal de 2003 y las asignaciones presupuestales
resultantes de la aplicación de dicha metodología.
SEGUNDO.- El total de recursos que con-
forman el Fondo para la Infraestructura Social Mu-
nicipal asciende a la cantidad de $264,734,412
(doscientos sesenta y cuatro millones setecientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos doce pesos 00/100
M.N.).
TERCERO.- Las aportaciones del Fondo pa-
ra la Infraestructura Social Municipal sólo podrán
ser utilizadas en las obras, acciones sociales bási-
cas e inversiones, que beneficien directamente a
sectores de población que se encuentren en condi-
ciones de rezago social y de pobreza extrema, en
los siguientes rubros: agua potable, alcantarillado,
drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrifi-
cación rural y de colonias pobres, infraestructura
básica de salud, infraestructura básica educativa,
mejoramiento de vivienda, caminos rurales e infra-
estructura productiva rural, señaladas en el artículo
33 del capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal y
deberán ser aprobadas por las comunidades y sus
representantes o vocales al interior de los Comités
de Planeación para el Desarrollo Municipal.
CUARTO.- La fórmula aplicada para la distri-
bución de este Fondo entre los Municipios es la
siguiente suma ponderada que representa al Indice
Municipal de Pobreza (IMP):
IMPi = Ri1
β
1 + Ri2
β
2 + Ri3
β
3 + Ri4
β
4.
Donde:

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