SE REFORMAN DIVERSOS DISPOSITIVOS DE LA LEY DE LA ADMINISTRACI�N P�BLICA PARAESTATAL.

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Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo.-

Nayarit.

LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:

Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:

DECRETO

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXVIII Legislatura, decreta:

Reformar diversos dispositivos de la Ley de la

Administración Pública Paraestatal.

ARTÍCULO ÚNICO Se reforman los artículos 1o; 3o, primer párrafo; 4o; 13; y 17, primer párrafo; se adiciona el párrafo segundo al artículo 13; todos de la Ley de la

Administración Pública Paraestatal, para quedar de la siguiente forma.

Artículo 1o.- La presente Ley regulará los Organismos Descentralizados, Empresas Públicas que constituya el Gobierno del Estado y los Fideicomisos

Públicos Paraestatales que considere necesario crear para un fin específico.

Artículo 3o.- Son Organismos Descentralizados, Empresas Públicas y

Fideicomisos Públicos Paraestatales los que reúnan los siguientes requisitos:

  1. y II.- …

Artículo 4o.- El Ejecutivo del Estado tendrá facultades para designar Contralor, Comisario o Supervisor; el cual vigilará las operaciones de los Organismos de las

Empresas Públicas o Fideicomisos Públicos Paraestatales, realizando auditorias, inspecciones técnicas o supervisiones, para garantizar su adecuado funcionamiento.

Artículo 13.- Los Fideicomisos Públicos Paraestatales a que se refiere esta Ley, serán los que establezca el Gobierno del Estado, siendo en todos los casos el

Fideicomitente único la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado. El

Fideicomitente deberá recabar previamente la opinión por escrito de la Secretaría encargada de la coordinación del sector correspondiente para la integración de los

Comités Técnicos. En todos los casos un representante del fideicomitente, cuando menos, formará parte del Comité Técnico.

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Sábado 15 de Diciembre de 2007 Periódico Oficial 3

No tendrán el carácter de Fideicomisos Públicos paraestatales aquellos

Fideicomisos de Financiamiento que se constituyan en términos de la Ley de Deuda

Publica del estado de Nayarit.

Artículo 17.- Están obligados los Organismos...

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