De las Disposiciones Generales
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín |
Cargo del Autor | Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN) |
Páginas | 449-450 |
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ARTÍCULO 6. Infracciones patronales
Se consideran infracciones a la Ley y sus reglamentos, los siguientes hechos u omisiones de los Patrones:
No inscribirse o hacerlo fuera de tiempo ante el Infonavit
I. No inscribirse ante el Instituto o hacerlo fuera del plazo establecido en la Ley y el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
No inscribir a los trabajadores o hacerlo fuera de tiempo
II. No inscribir a cada uno de sus Trabajadores ante el Instituto o hacerlo en forma extemporánea. La omisión de inscribir a un Trabajador constituye una infracción por sí misma en relación con cada caso individual;
No efectuar los descuentos por amortización de créditos
III. No efectuar la retención al Salario de los Trabajadores de los Descuentos para la amortización de los créditos de vivienda cuando exista la obligación de hacerlo de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
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Proporcionar datos falsos en los avisos afiliatorios
IV. Proporcionar datos falsos en la información relativa a su inscripción, en la de los Trabajadores a su servicio, así como en la que se requiera en los diversos avisos que debe presentar, conforme a la Ley;
No presentar la información para la individualización de las aportaciones y descuentos
V. No presentar la información necesaria para llevar a cabo la individualización de las Aportaciones y Descuentos de los Trabajadores por quienes efectuó el pago o el entero correspondiente;
No solventar los errores u omisiones en que haya incurrido
VI. No solventar los errores u omisiones en que haya incurrido en la información que tiene obligación de presentar al Instituto en los términos de la Ley y sus reglamentos;
No comunicar los cambios de su situación
VII. Omitir la presentación de los avisos de cambio de domicilio y denominación o razón social de la empresa, aumento o disminución de obligaciones fiscales, suspensión o reanudación de actividades, incluyendo el esta-llamiento de huelgay laterminación de la misma, clausura, fusión, escisión, enajenación y declaración de quiebra o suspensión de pagos, así como cualquier otra circunstancia que afecte su registro ante el Instituto o presentarlos extemporáneamente;
No presentar o presentar fuera de tiempo los avisos...
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