Disposiciones Generales

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas767-768

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ARTÍCULO 1.

Objeto del Reglamento y definición de conceptos

El presente ordenamiento establece las normas reglamentarias a que se sujetará la prestación del servicio del Registro Público de Comercio.

Para efecto de este Reglamento se entiende por:

I. Acreedor: La persona en cuyo favor se otorga una garantía mobiliária;

II. Garantía mobiliária: Es el efecto de un acto jurídico mercantil por medio del cual se constituye, modifica, transmite o cancela una garantía o un privilegio especial o un derecho de retención en favor del acreedor, sobre un bien o conjunto de bienes muebles, para garantizar el cumplimiento de una obligación;

III. Ley: La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

IV. Otorgante: La persona que otorga una garantía mobiliária;

V. Registro: El Registro Público de Comercio;

VI. RUG: El Registro Único de Garantías Mobiliárias, como una sección del Registro;

VII. Secretaría: La Secretaría de Economía;

VIII. SIGER: El Sistema Integral de Gestión Registrai; y

IX. Sistema: El programa informático establecido por la Secretaría para operar el RUG, y que incluye la página electrónica de la red mundial denominada Internet, a través de la cual el público podrá tener acceso al mismo, así como la base de datos nacional a que hace referencia el artículo 32-Bis 3 del Código de Comercio.

ARTÍCULO 2.

Finalidad del RPC y formas oficiales para la inscripción

El Registro Público de Comercio tiene por objeto dar publicidad a los actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con los comerciantes y que conforme a la legislación lo requieran para surtir efectos contra terceros. Para la inscripción de los actos mercantiles que conforme a las leyes sean susceptibles de ello, se utilizarán las formas precodificadas que la Secretaría, en términos de lo dispuesto por el artículo 20 del Código de Comercio, dé a conocer mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación. Los responsables de las oficinas del Registro, no podrán solicitar otros requisitos distintos a los que se incorporen en dichas formas.

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La inscripción de actos a que se refiere este artículo se efectuará en...

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