Disposiciones Generales

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas225-228

ARTÍCULO 1.

Objeto del IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos consagrados en Ley del Seguro Social, tiene por objeto organizar y administrar el Seguro Social, que es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional, para garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

ARTÍCULO 2.

Definiciones legales

Para los efectos de este Reglamento, serán aplicables las definiciones establecidas en el artículo 5o.-A de la Ley del Seguro Social, así como las siguientes:

Comisión

I. Comisión: la Comisión de Vigilancia;

Cuerpo de gobierno

II. Cuerpo de Gobierno: Grupo de servidores públicos de los Organos de Operación Administrativa Desconcentrada de nivel jerárquico inmediato inferior al de su titular, cuyas funciones son ejercidas en los términos de los manuales respectivos;

Organos colegiados

III. Organos Colegiados:

a) Consejos Consultivos Delegacionales, y

b) Juntas de Gobierno de las Unidades Médicas de Alta Especialidad.

Organos de operación administrativa desconcentrada

IV. Organos de Operación Administrativa Desconcentrada:

a) Delegaciones estatales y regionales, y

b) Unidades Médicas de Alta Especialidad.

Organos normativos

V. Organos Normativos: Las direcciones a que se refiere el artículo 3o., fracción II, de este Reglamento, así como las unidades y coordinaciones que de ellas dependan;

Organos operativos

VI. Organos Operativos:

a) Unidades de Servicios Médicos y no Médicos;

b) Subdelegaciones;

c) Oficinas para Cobros del Instituto Mexicano del Seguro Social, y

d) Otras unidades administrativas.

Organos superiores

VII. Organos Superiores: Los que señala el artículo 257 de la Ley;

Reglamento

VIII. Reglamento: El presente ordenamiento, y

Secretaría General

IX. Secretaría General: La Secretaría General del Instituto.

ARTÍCULO 3.

Direcciones normativas

Para el estudio, planeación, atención y ejecución de los asuntos y actos que le competen al Instituto, contará con:

I. Secretaría General;

II. Direcciones Normativas:

a) Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones;

b) Dirección de Finanzas;

c) Dirección de Incorporación y Recaudación;

d) Dirección de Innovación y Desarrollo...

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