Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se disponen los mecanismos para la distribución de las Listas Nominales de Electores definitivas con fotografía que se entregarán a los Consejos Locales y Distritales y a los partidos políticos y coaliciones, y por el que se expiden lineamientos para el cotejo de las mismas...

Fecha de disposición12 Abril 2006
Fecha de publicación12 Abril 2006
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se disponen los mecanismos para la distribución de las Listas Nominales de Electores definitivas con fotografía que se entregarán a los Consejos Locales y Distritales y a los partidos políticos y coaliciones, y por el que se expiden lineamientos para el cotejo de las mismas en los Consejos Distritales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG58/2006.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se disponen los mecanismos para la distribución de las Listas Nominales de Electores definitivas con fotografía que se entregarán a los Consejos Locales y Distritales y a los partidos políticos y coaliciones, y por el que se expiden lineamientos para el cotejo de las mismas en los Consejos Distritales.

Antecedentes

  1. Por acuerdo de este Consejo General del 22 de noviembre de 1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 del mismo mes y año, se creó la Comisión del Registro Federal de Electores, misma que tiene entre sus facultades auxiliar a este órgano colegiado en el cumplimiento de las atribuciones que le competen en la materia.

  2. En sesión ordinaria de este Consejo General, celebrada con fecha 30 de mayo de 2003, se aprobó el Acuerdo por el que se dispusieron los mecanismos para el cotejo de las Listas Nominales de Electores definitivas con fotografía que se entregarían a los Consejos Locales y Distritales, y a los partidos políticos y coaliciones, con motivo de la elección federal del 6 de julio de 2003, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio del mismo año.

  3. En sesión ordinaria del Consejo General, celebrada el día 19 de diciembre del 2005, se resolvió sobre la solicitud de registro del Convenio de Coalición “Por el bien de todos” para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

  4. En sesión ordinaria del Consejo General, celebrada el día 19 de diciembre del 2005, se resolvió sobre la solicitud de registro del Convenio de Coalición “Alianza por México” para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    Considerando

  5. Que el artículo 41, párrafo segundo, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, mismo que será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño, y que tendrá a su cargo en forma integral y directa las actividades relativas a las listas de electores.

  6. Que de conformidad con el artículo 73, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, este Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección del Instituto Federal Electoral, es responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  7. Que en los términos del artículo 82, párrafo 1, incisos j) y z) del mismo ordenamiento legal, este Consejo General tiene entre sus atribuciones las de dictar los lineamientos relativos al Registro Federal de Electores, así como los necesarios para hacer efectivas sus atribuciones.

  8. Que tal y como lo dispone el artículo 92, párrafo 1, inciso h) del Código electoral federal, entre las facultades de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores se encuentra la de proporcionar a los órganos competentes del Instituto, y a los partidos políticos nacionales, las Listas Nominales de Electores, en los términos de que dispone dicho ordenamiento legal.

  9. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 155, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, las Listas Nominales de Electores son las relaciones elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores que contienen el nombre de las personas incluidas en el Padrón Electoral, agrupadas por distrito y sección, a quienes se ha expedido y entregado su Credencial para Votar con fotografía.

  10. Que el párrafo 1, del artículo 161 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores elaborará e imprimirá las...

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