Disolución y Liquidación de las Cámaras

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas927-927

Page 927

ARTÍCULO 35.

Causas de disolución de las cámaras

Las cámaras se disolverán:

I. Por acuerdo de la Asamblea General, que deberá ser convocada especialmente para este efecto;

II. Cuando no cuenten con recursos suficientes para su sostenimiento o para el cumplimiento de su objeto en términos de esta Ley; y

III. En caso de que la Secretaría emita resolución que revoque su autorización, por las causas previstas en esta Ley.

ARTÍCULO 36.

Encargados de la liquidación de una cámara

La liquidación estará a cargo de al menos un representante de la Secretaría, uno...

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