Acuerdo por el que se establecen las Normas de Disciplina, Austeridad y Aplicación Racional de los Recursos Presupuestarios para el Ejercicio Fiscal 2002 de la Auditoría Superior de la Federación

Fecha de disposición28 Febrero 2002
Fecha de publicación28 Febrero 2002
EmisorAUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

ACUERDO por el que se establecen las Normas de Disciplina, Austeridad y Aplicación Racional de los Recursos Presupuestarios para el Ejercicio Fiscal 2002 de la Auditoría Superior de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE DISCIPLINA, AUSTERIDAD Y APLICACION RACIONAL DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002 DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION.

ANTECEDENTES

  1. El primero de enero del año dos mil dos, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002.

  2. En el anexo 1, inciso A del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, se establece que el gasto neto total previsto para la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación importa la cantidad de $ 549,492,340.00.

  3. Los artículos 23, 27, 49 y 78 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, establecen obligaciones específicas en materia de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria a cargo de la Auditoría Superior de la Federación.

CONSIDERANDO

  1. Que el artículo 79, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones.

  2. Que el artículo 134 Constitucional, señala que la administración de los recursos federales deberá realizarse con eficiencia, eficacia y honradez, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

  3. Que el artículo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, menciona que las erogaciones previstas en este presupuesto que no se encuentren devengadas al treinta y uno de diciembre, no podrán ejercerse y que la Auditoría Superior de la Federación deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 15 de febrero estas erogaciones y reintegrar el importe disponible a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

  4. Que el artículo 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, señale que el Poder Legislativo, deberá sujetarse a las disposiciones en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que emitan sus órganos competentes. Dichas disposiciones deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 28 de febrero.

  5. Que el artículo 49 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, faculta al Poder Legislativo a otorgar estímulos por productividad, eficiencia y calidad en su desempeño, de acuerdo a las disposiciones que para estos efectos emitan las autoridades competentes, en los mismos términos de las disposiciones previstas en los artículos 46 y 47 del Presupuesto en comento. En tanto no se publiquen dichas disposiciones en el Diario Oficial de la Federación, no podrá otorgarse estímulo alguno.

  6. Que el artículo 78 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, instruye al Organo Interno de Control de la Auditoría Superior de la Federación para que, en ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control y vigilancia le confieren las disposiciones aplicables, establecerán sistemas de evaluación a fin de identificar la participación del gasto público en el logro de los objetivos para los que se destina, así como para comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este Decreto.

  7. Que con objeto de cumplir con los programas prioritarios y reducir de manera importante el gasto, respecto del ejercido en el año anterior, en particular aquél destinado a las actividades administrativas y de apoyo, es necesario reforzar las medidas de austeridad aplicadas durante el ejercicio fiscal 2001, por lo que la Auditoría Superior de la Federación aplicará en el ejercicio fiscal 2002 medidas de seguridad en todas las Unidades Administrativas que la integran.

    Atendiendo a los antecedentes y consideraciones expuestos, la Auditoría Superior de la Federación emite el siguiente:

    ACUERDO

    Primero. Este Acuerdo tiene por objeto establecer las Normas de Disciplina, Austeridad y Aplicación Racional de los Recursos Presupuestarios, mismas que se constituyen en los lineamientos de carácter general a que se refiere el Título Tercero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, que deberán observar las Unidades Administrativas de la Auditoría Superior de la Federación. Asimismo, la contratación de servicios, adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles que se realicen estarán sujetos a lo dispuesto en este Acuerdo. No serán aplicables las medidas referidas de este Acuerdo a las acciones para atender contingencias.

    Segundo. Las presentes normas son de carácter general y obligatorio para todos los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de lo que establece el propio Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 y demás disposiciones aplicables. Los esfuerzos que esta Entidad haga en la reducción del gasto en ningún momento implicará afectar el cumplimiento cabal de los objetivos y metas establecidos en cada uno de los programas sustantivos y prioritarios, así como de apoyo a...

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