Lineamientos Específicos del Subprograma de Apoyos Directos al Ingreso Objetivo de Maíz, Trigo y Sorgo, ciclo agrícola otoño-invierno 2004/2005

Fecha de disposición10 Junio 2005
Fecha de publicación10 Junio 2005
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS Específicos del Subprograma de Apoyos Directos al Ingreso Objetivo de Maíz, Trigo y Sorgo, ciclo agrícola otoño-invierno 2004/2005.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

JOSE RODOLFO FARIAS ARIZPE, Director en Jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA), Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con fundamento en los artículos 14, 16, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. de la Ley de Planeación; 1o., 22, 32 fracciones IV, VI, IX y XIII, 56, 79, 104, 105, 109 y 188 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 49, 50, 51, 52, 53, 65, 66 y 71 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 (PEF 2005); 1o., 2o., 3o. fracción III, 18, 32, 33, 35, 43, 44 y 48 del Reglamento Interior de la SAGARPA, vigente; 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., 6o., 7o., 8o., 9o., 10o., 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 75, 76, 77, 79, 80, 81, 84, y demás relativos de las Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Productor por Excedentes de Comercialización para Reconversión Productiva, Integración de Cadenas Agroalimentarias y Atención a Factores Críticos (Reglas), publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el día 17 de junio de 2003, y de las Modificaciones y Adiciones a dichas Reglas, publicadas en el DOF el 9 de abril y 28 de julio de 2004, y

CONSIDERANDO

Que el espíritu de las Reglas y sus correspondientes Subprogramas y Esquemas de Apoyo, particularmente el Subprograma de Apoyos Directos al Ingreso Objetivo, estriba en la entrega de subsidios con el propósito de garantizar un ingreso objetivo mínimo, el cual dé certidumbre a los productores agrícolas, privilegiando a los productores de bajos ingresos, en las regiones del país que presentan excedentes comercializables estacionales y/o problemas de comercialización que impactan a la baja los precios pagados a los mismos en detrimento de su ingreso, y que el otorgamiento de estos apoyos, contribuye a mejorar la competitividad de sus productos en el mercado con una mayor rentabilidad económica, impulsando la diversificación productiva, la integración de las cadenas agroalimentarias y el desarrollo regional;

Que para la determinación del Apoyo Complementario al Ingreso, la SAGARPA por conducto de ASERCA debe considerar las características, comportamiento y dinámica del proceso producción-comercialización de los granos y oleaginosas establecidos en el...

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