Avalan Diputados Pensión Universal para Adultos y Seguro de Desempleo

(Ampliación)

México, 24 Oct. (Notimex).- La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 417 votos en favor, 19 en contra y tres abstenciones, el dictamen que eleva a rango constitucional la Pensión Universal para Adultos Mayores y el Seguro de Desempleo.

El texto avalado por el pleno reforma los artículos 4, 73 y 123 de la Constitución en materia de seguridad social universal.

Asimismo señala que "el Estado garantizará los derechos de los adultos mayores, velará porque reciban servicios de salud y promoverá su integración social y participación en las actividades económicas y culturales de su comunidad".

También se modifica la fracción XXIX del apartado A del Artículo 123 constitucional, por el que se señala que la Ley del Seguro Social comprenderá seguros de cesantía en edad avanzada y de desempleo.

Posteriormente se discutieron 15 reservas presentadas por el PRD, PAN, Movimiento Ciudadano y PT, de las cuales 14 fueron desechadas y sólo fue aceptada la que pedía precisar el sentido del párrafo segundo del segundo transitorio, con lo que se aprobó en lo particular por 340 votos a favor, 36 en contra y tres abstenciones.

Los diputados realizaron cambios al documento del Ejecutivo y lo envían a la colegisladora para su discusión y eventual ratificación, y posteriormente pase a las 31 legislaturas estatales pues se requiere el voto aprobatorio de al menos la mitad más una para ser publicada en el Diario Oficial de la Federación.

A su entrada en vigor, el Congreso de la Unión contará con 180 días para elaborar las leyes secundarias y hacer viable este mandato constitucional.

El documento establece que "los adultos mayores tendrán el derecho a recibir una pensión para apoyar sus gastos básicos de manutención durante la vejez, en los términos y condiciones que determinen las leyes que expida el Congreso de la Unión".

Asimismo se modifica el Artículo 73, fracción XXIX-T, para establecer que el Congreso de la Unión tiene facultad para legislar en materia de protección de los adultos mayores, con objeto de cumplir lo previsto en el Artículo 4 de la Constitución.

En un artículo segundo transitorio se establece que el Congreso de la Unión preverá que los adultos mayores que cumplan 65 años a partir de 2014 que requieran apoyo para sufragar sus gastos básicos de manutención durante su vejez, reciban una pensión a partir de dicho año.

Asimismo preverá que periódicamente se revise esa edad para que, con base en los estudios demográficos que determine...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR