Diputado Plantea Ley Sobre DesaparicióN Forzada

México, 1 Nov (Notimex).- El diputado Alejandro Carbajal González propuso la creación de una ley para prevenir, inhibir y sancionar la desaparición forzada de personas; establecer medidas de investigación y localización de estas víctimas e indagar su destino final.

Precisó que dicha legislación se denominaría Ley General para la Prevención, Búsqueda, Investigación y Sanción de Desaparición Forzada de Personas, y entre sus objetivos se encuentra crear el Registro Nacional de Personas Desaparecidas de forma Forzada y de Identificación Genética de Restos Humanos.

En la propuesta se menciona que "no es suficiente que las autoridades se comprometan a buscar a las víctimas del delito de desaparición forzada, sino asumir la responsabilidad de encontrarlas, situación que la ley vigente no resuelve".

Por ello, dijo, se propone derogar el capítulo III Bis del Código Penal Federal, denominado "Desaparición forzada de personas", para crear otro instrumento legislativo.

Con esta iniciativa, advirtió, no se debe permitir ni tolerar este delito, aun en situaciones de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales, por lo que debe castigarse incluso la tentativa de su comisión.

Mencionó que el derecho a la verdad en México carece de una política integral para hacer frente al fenómeno de las desapariciones forzadas, incluyendo la búsqueda de las víctimas, la identificación de restos y la exhumación de cadáveres.

El legislador del PRD comentó que se consideraría sujeto activo de este ilícito el servidor público que en ejercicio de sus atribuciones o con motivo de ellas detenga, prive de la libertad y mantenga oculta a una o más personas, o bien autorice, apoye o consienta que otros lo hagan, cualquiera que sea el método y motivación utilizados.

Ello, sin que reconozca la existencia de tal privación o niegue información fidedigna sobre el paradero de la o de las víctimas, impidiendo con ello el ejercicio de los recursos legales y las garantías procesales procedentes.

También a quienes, aun cuando no sean formalmente autoridades ni funcionarios, actúen aprovechando la autorización, el apoyo o la aquiescencia de funcionarios públicos.

Propuso penas que van hasta los 50 años de cárcel a quien cometa este delito y multas que alcanzan los mil días de salario mínimo, así como su destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo público por el tiempo que dure la pena de prisión impuesta.

Además, estipula que la Fiscalía General de la...

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