Dictamen Técnico que autoriza la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura del fraccionamiento de tipo residencial denominado ―Bojai Residencial‖, ubicado en el predio rústico denominado El Refugio, Delegación Municipal Epigmenio González. Municipio de Querétaro, Qro.

11 de septiembre de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 18735
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 30 FRACCIÓ N II
INCISO D Y F, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 4 DE LA LEY DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO; , 11, 12, 13 FRACCIÓN III, 14
FRACCIONES I, II, III, IV, VI, VII, X, XIV Y XV, 15 FRACCIONES I, 1 6, 184, 186, 187, 190 Y 196 DEL CÓDIGO URBANO
DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 FRACCIONES I Y V, DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; Y DE
CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL ACUERDO DE CABILDO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE
FACULTADES A L A SECRETARÍA DE DESARROLLO S USTENTABLE MUNICIPAL PARA EMITIR AUTORIZACIONES
EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO.
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y se encuentran facultados para emitir
disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.
2. Que en atención a lo dispuesto p or el Artículo 30 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro,
otorga a los Ayuntamientos atribuciones para organizar su funcionamiento y estructura, para regular en forma
sustantiva y adjetiva las materias de su compete ncia, a través de bandos, reglamentos, decretos, acuerdos,
circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria
en el municipio, determinando su vigencia y permanencia.
3. Que los Artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 73 del Código Municipal de
Querétaro y conforme al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de octubre de 2003 por el que se
crea la Secretaría de Desarrollo Sustentable, refieren que ésta Dependencia es la encargada de regular el
ordenado crecimiento urbano municipal.
4. Que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 13 de noviembre de 2012, el H. Ayuntamiento del Municipio de
Querétaro aprobó el delegar fa cultades a la Secretaría de Desarrollo Sustentable Municipal para emitir
autorizaciones en materia de desarrollo urbano, acuerdo publicado en Gaceta Oficial de fecha 11 (once) de
Diciembre de 2012 (dos mil doce) y en el Periódico Oficial ―La Sombra de Arteaga‖ en fe cha 18 (dieciocho) de
Enero de 2013 (dos mil trece), en el c ual el H. Ayuntamiento del Municipio de Querétaro delega entre otras
facultades a ésta Secretaría Desarrollo Sustentable, la emisión de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización en materia de Fraccionamientos y en atención al artículo 4 de la Ley de Procedimientos
Administrativos del Estado de Querétaro, se encuentra legalmente facultada para la emisión del presente acto
administrativo.
5. Que mediante escrito presentado por el Lic. Andrés Palacios García, Representante Legal de la persona moral
denominada PAGALPA, S.A.P.I. de C.V.; en esta Secretaría de Desarrollo Sustentable con fecha 20 de mayo de
2015, solicita la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura del fraccionamiento de tipo
residencial denominado “BOJAI RESIDENCIAL”, ubicado en el predio rustico denominado El Refugio,
Delegación Municipal Epigmenio González, de esta ciudad; y req uiere a esta autoridad administrativa para que
determine lo conducente, apoyado en el siguiente:
DICTAMEN TÉCNICO
1. Mediante escritura pública número 67,482 de fecha 31 de enero de 2014, instrumento i nscrito en el Registro Público de
la Propiedad bajo el folio mercantil electrónico 46049 - 1 de fecha 17 de febrero de 2014, se hace constar la constitución de
la Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable denominada PAGALPA S.A.P.I. de C.V. por parte de los
señores Mayra del Carmen García Morales, Mayra Luz Pala cios García, Paulina Guadalupe Palacios García, Manuel
Palacios García, Andrés Palacios García, y Lucía Palacios García, nombrando al señor Andrés Palacios García como
Presidente del consejo de Administración.
2. Mediante Escritura Pública número 68,248 de fecha 14 de abril de 2014, Instrumento inscrito en el Registro Público de
la Propiedad bajo el folio Inmobiliario 00365785/0003 de fecha 30 de junio de 2014, se hace constar la transmisión
mediante la aportación en especie, del predio rustico llamado El Refugio, Municipio de Querétaro, que celebran de una
parte los señores Mayra del Carmen Garc ía Morales y Mayra Luz, Paulina Guadalupe, Manuel, Andrés y Lucía, todos ellos
de apellidos Pa lacios García, en carácter de Herederos a bienes del señor Manuel Palacios Alcocer, quienes comparecen

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