Dictamen Que Aprueba la Adición de las Fracciones Xxix y Xxx Al Artículo 10, la Fracción Xiv del Artículo 22, la Reforma Al Párrafo Primero del Artículo 111, la Reforma del Primer Párrafo del Artículo 159, Así Como, la Adición a éste del Numeral 148, Además, la Adición Al Artículo 3° Transitorio Que Contiene el Tabulador de Sanciones el Numeral 148, Todos del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Villa de álvarez, COLIMA.

DEL GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA
DICTAMEN
QUE APRUEBA LA ADICIÓN DE LAS FRACCIONES XXIX Y XXX AL ARTÍCULO 10, LA FRACCIÓN XIV DEL
ARTÍCULO 22, LA REFORMA AL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 111, LA REFORMA DEL PRIMER
PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 159, ASÍ COMO, LA ADICIÓN A ÉSTE DEL NUMERAL 148, ADEMÁS, LA ADICIÓN
AL ARTÍCULO 3° TRANSITORIO QUE CONTIENE EL TABULADOR DE SANCIONES EL NUMERAL 148,
TODOS DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.
DEL GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA
REFORMA Y ADICIÓN DE DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL
MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.
C. FELIPE CRUZ CALVARIO, Presidente Municipal de Villa de Álvarez, Colima, a sus habitantes hace SABER:
Que el H. Cabildo ordenó se publique la Reforma y Adición de Diversos Artículos del Reglamento de Tránsito y
Vialidad del Municipio de Villa de Álvarez, Colima. Analizado en Sesión Ordinaria de fecha 07 de Mayo del 2019,
en donde se Aprobó por Unanimidad de los integrantes del Cabildo dicha Reforma, así como su publicación en el
Periódico Oficial El Estado de Colima.
HONORABLE CABILDO DE VILLA DE ÁLVAREZ.
P R E S E N T E S.
La COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS, integrada por los munícipes que suscriben el presente Dictamen,
en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 90, fracción II, y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Colima; 42, 45, f racción I, inciso a), y 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, así como los artículos
3 fracción I, inciso d), 23 fracción I, 24, 74 fracción I, 75 fracciones II y III; y 76 fracción I, 90 fracciones I y IV del Reglamento
de Gobierno del Municipio de Villa de Álvarez, Colima, tiene a bien presentar ante este H. CABILDO EL DICTAMEN QUE
REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE
VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA, Y
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que los Munícipes tienen la obligación de desempeñar las comisiones que se les confieren, con toda
responsabilidad y eficacia, contando para ello con la colaboración de los funcionarios de la administración Municipal,
dando cuenta de sus gestiones al Pleno del Cabildo, mediante los dictámenes correspondientes, por lo que, con
fundamento en el artículo 76, f racciones I, II y III, así como el artículo 90 del Reglamento de Gobierno del Municipio de
Villa de Álvarez, Colima, que señala como facultad de las comisiones proponer, discutir y dictaminar los asuntos
municipales; recibir, analizar, discutir y aprobar en su caso los asuntos turnados por el Cabildo; y presentar las reformas
o adiciones de los Reglamentos Municipales, presentamos el dictamen correspondiente a fin de REFORMAR Y
ADICIONAR DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLA DE
ÁLVAREZ, COLIMA.
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, los
Cabildos funcionan mediante Comisiones, las cuales se encargan de estudiar, examinar y resolver los asuntos
municipales, y vigilar que se ejecuten las disposiciones y acuerdos adoptados.
TERCERO.- El procedimiento de Reglamentación Municipal, se encuentra previsto en el Titulo Séptimo denominado "Del
Procedimiento de Reglamentación Municipal".
Este Título en su artículo 106 establece que el Ayuntamiento, por conducto del cabildo, está f acultado para aprobar,
reformar, adicionar, derogar o abrogar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos y disposiciones administrativas
de observancia general aplicables dentro del territorio municipal.
Los ordenamientos jurídicos municipales, aprobados por el cabildo deberán guardar concordancia y observar las
disposiciones de la Constitución General, de las Leyes Federales, de la Constitución, de la Ley, así como leyes estatales
y reglamentación municipal vigente.
CUARTO.- El capítulo Quinto de Ley del Municipio Libre del Estado de Colima en su numeral 47 fracción I inciso P,
establece la facultad para la presentación de este tipo de facultades, ya que a la letra "Presentar al Ayuntamiento
iniciativas de Reglamentos, Bandos y demás disposiciones administrativas de observancia general y de reformas y
adiciones, en su caso" y por los numerales 90 fracción I de conformidad con el Reglamento de Gobierno del Municipio
de Villa de Álvarez, Colima; que a la letra dice" Proponer iniciativas y dictámenes de Reglamentos Municipales y demás
disposiciones generales para el Municipio, así como de sus reformas.
Tomo 104, Colima, Col.,bado 18 de Mayo del año 2019; Núm. 37 pág. 1416

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