Dictamen

Página 6 16 de noviembre de 2016
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA
La Presidencia de la “LIX” Legislatura remitió a las Comisiones Legislativas Para la Atención de Grupos Vulnerables y de
Derechos Humanos para su estudio y dictamen, Iniciativa de Decreto por el que reforman las fracciones XIV y XXVIII, del
artículo 3 de la Ley Para la Protección, Integración y Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Estado de México.
Desarrollado el estudio cuidadoso de la iniciativa y discutida a satisfacción de los integrantes de las Comisiones Legislativas,
nos permitimos, con fundamento en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,
en concordancia con lo dispuesto en los artículos 13 A, 70, 73, 78, 79 y 80 del Reglamento d el Poder Legislativo del Estado
Libre y Soberano de México, emitir el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
El Titular del Ejecutivo Estatal presentó a la Legislatura, la iniciativa de decreto, a la aprobación de la Legislatura en uso de
las facultades que le confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México.
De conformidad con el estudio de la iniciativa de decreto desprendemos que acota e integra los trastornos de tallas y peso,
como motivos de discapacidad, a fin de armonizar la legislación local para asegurar el respeto integro de sus derechos
humanos.
CONSIDERACIONES
La “LIX” Legisl atura es competente para estudiar, y resolver la iniciativa de decreto, en atención a lo previsto en el artículo
61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que la faculta para expedir leyes, decretos o
acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.
Apreciamos que la Iniciativa de reforma a la Ley Para la Protección, Integración y Desarrollo d e las Personas con
Discapacidad del Estado de México, propone incluir expresamente en el texto de dicho orde namiento, la declaración de la

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