Dictamen

4 de agosto de 2016 Página 11
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA
Por acuerdo de la Presidencia de la Diputación Permanente, fue encomendado a la Comisión
Legislativa de Límites Territoriales del Estado de México y sus Municipios, el estudio y
dictamen, de la Iniciativa de Decreto por la que se aprueba el Convenio Amistoso para la
Precisión y Reconocimiento de Límites Territoriales, suscrito por los Ayuntamientos de
Toluca y Otzolotepec, Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.
Habiendo concluido el estudio de la iniciativa y suficientemente discutida en el seno de la
comisión legislativa, con fundamento en lo previsto en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo, en relación con lo señalado en los artículos 13 A, 70, 73, 78,
79 y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, nos
permitimos dar cuenta a la Legislatura en Pleno del siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
El Titular del Ejecutivo Estatal, en uso de las facultades que le confieren los artículos 51
fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México,
remitió a la consideración de la Legislatura por conducto de la Diputación Permanente, la
iniciativa de decreto motivo del presente dictamen.
Apreciamos que a través de la iniciativa de decreto se busca contar con la aprobación de la
Legislatura, en relación con el Convenio Amistoso para la Precisión y Reconocimiento de
Límites Territoriales, que, en su oportunidad, suscribieron los Ayuntamientos de Toluca y
Otzolotepec, Estado de México.
CONSIDERACIONES
Es competencia de la Legislatura conocer y resolver la iniciativa de decreto, en atención a lo
señalado en el artículo 61 fracciones XXV y XXVII de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de México, que la facultan para legislar en materia municipal, considerando en
todos los casos el desarrollo del Municipio, como ámbito de Gobierno más inmediato a los
habitantes de la Entidad; y fijar los límites de los municipios del Estado y resolver las
diferencias que se presenten en los mismos.

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