Dictamen

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10 de julio de 2015
HONORABLE ASAMBLEA
La Presidencia de la Diputación Permanente, envió a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales
y de Salud, Asistencia y Bienestar Social, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, Iniciativa de Ley que
crea el organismo público descentralizado, denominado "Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado
de México" (COPRICEM) sectorizado a la Secretaria de Salud de la Entidad.
Agotado el estudio de la iniciativa de decreto, nos permitimos, con fundamento en lo señalado en los artículos 68, 70, 72 y
82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en relación con lo previsto en los
artículos 70, 73, 75, 78, 79 y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, dar cuenta a
la "LVIII" Legislatura del siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
El Titular del Ejecutivo Estatal, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, presentó al conocimiento y resolución de la "LVIII" Legislatura,
la iniciativa de decreto motivo del presente dictamen.
Del estudio realizado se desprende que la iniciativa de decreto, busca la creación del organismo público descentralizado
sectorizado a la Secretaría de Salud.
CONSIDERACIONES
Conforme lo dispuesto en el artículo 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México,
compete a la Legislatura el conocimiento y la resolución de la iniciativa de decreto, pues se faculta para expedir leyes para
el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.
A partir de los años 80, la Secretaría de Salud de la Federación inició una restructuración institucional de la atención salud
pública, con políticas de modernización, sectorización, descentralización y participación comunitaria de funciones de control,
regulación y fomento sanitarios en materia de salubridad general, sujeta a disposiciones de carácter federal y mediante la
firma de acuerdos de coordinación específicos.
Bajo estas condiciones, el 7 de marzo de 1987, el Gobierno Federal firmó con el Estado de México un acuerdo de
coordinación, que se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el 18 de marzo de 1987, con el objeto de distribuir
competencias entre la Federación y el Estado, descentralizar y establecer las bases y modalidades en el ejercicio de las
funciones de control y regulación sanitaria, que en materia de salubridad general otorga la Ley General de Salud a la
Secretaría de Salud.
El acuerdo comprende el otorgamiento y revocación de autorizaciones, la vigilancia sanitaria, la aplicación de medidas de
seguridad, la imposición de sanciones a los titulares de los establecimientos a que se refiere la legislación sanitaria
aplicable, el trámite y resolución de los recursos de inconformidad, así como las actividades relacionadas con el fomento
sanitario, entendiéndose por control y regulación sanitaria el conjunto de actos que lleva a cabo la autoridad en la
prevención de riesgos y mejoramiento de las condiciones de salud de la población.
El 20 de agosto de 1996, el Ejecutivo Federal y el Gobierno del Estado de México suscribieron el Acuerdo Nacional para la
Descentralización de los Servicios de Salud, en el que se comprometieron a realizar las acciones necesarias para concretar
sus respectivas responsabilidades en la conducción y operación de los servicios de salud, contemplando la creación de un
organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud del Estado, que de manera especializada se encargara de
ejecutar estas facultades y atribuciones, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre
de 1996.
El 5 de julio de 2001, mediante Decreto del Ejecutivo Federal se creó la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos
Sanitarios, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual tiene por objeto el ejercicio de las atribuciones
de regulación, control y fomento sanitarios que le corresponden a la Secretaría de Salud.
Enmarcado bajo el Programa Nacional de Salud 2001-2006 que estableció estrategias para reforzar la rectoría del Estado
para la protección contra riesgos sanitarios, la Secretaría de Salud, con la participación de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios y el Estado de México, representado por el entonces Gobernador Constitucional,
firmaron el 27 de junio de 2003 un Acuerdo Específico de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control
y fomento sanitarios, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2004.
Ahora bien, el Plan de Desarrollo del Estado de México de 2011-2017 establece que la modernización del marco jurídico es
una línea de acción para constituir una Administración Pública moderna que impulse el desarrollo y garantice la estabilidad
institucional. Por lo tanto una línea de acción del Estado es generar una simplificación administrativa y adecuación
normativa, implementando reformas y modificaciones administrativas para impulsar las mejores prácticas en políticas
gubernamentales.

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