Dictamen

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6 de abril de 2015
HONORABLE ASAMBLEA
La Presidencia de la "LVIII" Legislatura, remitió a las Comisiones Legislativas de Legislación y Administración Municipal y,
de Recursos Hidráulicos, para su estudio y dictamen correspondiente, Iniciativa de Decreto por la que se autoriza al
Organismo Público Descentralizado para la prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del
Municipio de Lerma, a desincorporar cuatro inmuebles de su propiedad para que sean enajenados mediante subasta
pública.
Desarrollado el estudio de la iniciativa y ampliamente discutida en las comisiones legislativas, nos permitimos, con
fundamento en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en correlación con lo
previsto en los artículos 70, 73, 75, 78, 79 y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de
México, dar cuenta a la Legislatura en Pleno del siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
La iniciativa en estudio fue presentada a la aprobación de la Legislatura, por el Titular del Ejecutivo Estatal, en uso de las
facultades contenidas en los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
México.
Mediante la iniciativa se busca recibir de la Legislatura, la autorización en favor del Organismo Público Descentralizado para
la prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Lerma, a desincorporar cuatro
inmuebles de su propiedad para que sean enajenados mediante subasta pública.
CONSIDERACIONES
La Legislatura es competente para conocer y resolver la iniciativa de decreto, en términos de lo establecido en la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y demás disposiciones normativas aplicables, que
considerando en todos los casos el desarrollo del municipio, como ámbito de gobierno más inmediato a los habitantes de la
Entidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Destacamos que el Organismo Público Descentralizado para la prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento del Municipio de Lerma, se encarga de suministrar de agua potable, alcantarillado y saneamiento a las
comunidades del municipio.
Desprendemos de la exposición de motivos que el Organismo Público Descentralizado, tiene una deuda por un monto de
$12'644,635.96 (doce millones seiscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y cinco pesos 96/100 M.N.), con el H.
Ayuntamiento de Lerma, por derechos de agua en bloque retenidos por FORTAMUNDF al Ayuntamiento de Lerma por parte
de la Comisión Nacional del Agua.
Se refiere en la iniciativa que el Organismo no cuenta con los recursos necesarios para pagar la deuda al H. Ayuntamiento
de Lerma, por lo que debe allegarse de otros medios para el cumplimiento de dicha obligación.
En este contexto, siendo el Organismo Público Descentralizado, propietario de cuatro inmuebles, que fueron recibidos como
dación en pago, es decir, no fueron adquiridos por el Organismo para cubrir alguna necesidad propia del mismo; en dos de
ellos solo se tiene permitido la construcción de casas unilaterales, los otros dos terrenos tienen uso de suelo de industria, en
los que se podrían construir naves industriales, bodegas, entre otras; determinó aprovecharlos para el pago de la deuda

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