Dictamen

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GACETA
173 EL GO ES I E Ft 1.4
17 de diciembre de 2014
E
estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado
Li re y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
d I Estado, este ordenamiento jurídico se encuentra debidamente refrendado por
J sé S. Manzur Quiroga Secretario General de Gobierno del Estado de México.
R itero a Usted, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRET RIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORA LE ASAMBLEA
La Presid ncia de la Legislatura, remitió a la Comisión Legislativa de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su
estudio y élaboración del dictamen correspondiente, Iniciativa con proyecto de Decreto por la que se reforma la Ley
Orgánica •e la Administración Pública del Estado de México y el Libro Tercero del Código Administrativo del Estado de
México.
En atenci
permitimo
Estado Li
.
Poder Leg
f
n de la tarea encomendada y después de haber estudiado con detenimiento la iniciativa de decreto, nos
, con sustento en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
re y Soberano de México, en correlación con lo señalado en los artículos 70, 73, 78, 79 y 80 del Reglamento del
slativo del Estado Libre y Soberano de México, emitir el siguiente:
DICTAMEN
ANTECE ENTES
El Titular el Ejecutivo Estatal, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la
Constituci n Política del Estado Libre y Soberano de México, sometió al conocimiento y resolución de la "LVIII" Legislatura,
la iniciativa de decreto motivo del presente dictamen.
Los integ z ntes de la Comisión Legislativa apreciamos que la iniciativa de decreto propone, fundamentalmente: crear la
Secretarí de Cultura, la Secretaría de Movilidad, reuniendo las funciones de la actual Secretaría del Transporte y que la
Secretarí•de Desarrollo Urbano absorba las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Metropolitano.
CONSIDE ACIONES
Compete la Legislatura conocer y resolver la iniciativa de decreto, toda vez que, en términos
de
lo previsto en el artículo
61 fracció I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se encuentra facultada para expedir leyes
para el ré men interior del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.
Encontra os que con apego a la premisa de la eficacia e innovación gubernamental, la iniciativa propone la creación de la
Secretarí de Cultura y la nueva Secretaría de Movilidad que habrá de reunir las funciones de la actual Secretaría del
Transport • que la Secretaria de Desarrollo Urbano absorba las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Metropolitano,
destacan .o que los tres cambios que se proponen, encuentran su base en una lógica incrementalista y desde un enfoque
de mejor permanente de la administración pública que generen las condiciones de un desarrollo integral para los
mexiquen .es.

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