Diario Oficial de la Federación de 28/04/2023 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación28 Abril 2023
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 19 Ciudad de México, lunes 18 de diciembre de 2023
CONTENIDO
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Marina
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Fiscalía General de la República
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Avisos
Indice en página 466
2 DIARIO OFICIAL Lunes 18 de diciembre de 2023
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se da a conocer la suspensión de labores de la Secretaría de Relaciones Exteriores durante el
segundo periodo vacacional 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones
Exteriores.
ALICIA ISABEL ADRIANA BÁRCENA IBARRA, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4 y 9, fracción XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo no se consid eran
días hábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes, los que se harán del
conocimiento público mediante acuerdo del titular de la Depend encia respectiva, que se publicará en el Diario
Oficial de la Federación;
Que el numeral 76, fracciones I, II y IV, del “Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las
materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de
Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Man ual del Servicio Profesional
de Carrera”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, así como sus reformas,
establece que, las vacaciones se otorgarán conforme a las disposiciones legales aplicables; que son días de
descanso obligatorio los que determinan las leyes aplicables, y que la suspensión de labores de las
Instituciones se deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación;
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 70 de las Condiciones Generales de Trabajo de la
Secretaría de Relaciones Exteriores, los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos de
servicio, disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno, en las fechas
oficiales que se señalen;
Que el numeral Tercero del “Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de s uspensión de labores
de la Secretaría de Relaciones Exteriores para el año 2023”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
09 de diciembre de 2022, establece que en la atención de solicitudes de acceso a la información por parte de
la Unidad de Transparencia se estará conforme al calendario de suspensión de la bores que en su oportunidad
determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
asimismo, su numeral Cuarto señala que el segundo periodo vacacional se dará a con ocer mediante Acuerdo
que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, una vez que la Secretaría de Educación Pública
determine el calendario escolar para el ciclo lectivo 2023-2024, y
Que a fin de brindar certeza y seguridad jurídica al público en general respecto de los días que no correrán
plazos durante el segundo periodo vacacional de 2023, en los procedimientos que s e tramitan ante esta
Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- De conformidad con las disposiciones legales respectivas, se suspenderán las labores en la
Secretaría de Relaciones Exteriores del 18 de diciembre de 2023 al 02 de enero de 2024, considerándos e
como inhábiles los días mencionados para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos que
se tramitan o deban tramitarse en esta Dependencia, por lo que durante dicho periodo no correrán términos;
reanudándose las labores el 03 de enero de 2024, con las excepciones y modalidades que se señalan en los
artículos siguientes.
SEGUNDO.- Los titulares de las distintas unidades administrativas de la Secretaría deberán designar al
personal que se quedará de guardia para atender los asuntos que pudieran presentarse durante el
periodo citado.
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TERCERO.- Para la atención de las solicitudes de acceso a la información, por parte de la Unidad de
Transparencia de la Secretaría, se estará conforme al calendario oficial de días inhábiles, para el año 2023 y
enero de 2024, establecido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales, a través de Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de en ero
de 2023.
Por lo anteriormente expuesto, se informa que como último día para tramitar las solicitudes de acceso a la
información en la Unidad de Transparencia de esta Secretaría, será el 20 de diciembre de l presente año, por
lo que, del 21 al 29 de diciembre de 2023 y del 1 al 5 de enero de 2024, se d eberán considerar como
días inhábiles.
CUARTO.- La Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica, recibirá promociones
ordinarias hasta el 15 de diciembre de 2023, reanudando la recepción de las mismas el 02 de enero de 2024.
Para la atención de asuntos urgentes dicha Unidad Administrativa establecerá guardias de personal, que
permitan atender cualquier eventualidad durante las fechas señaladas.
QUINTO.- La Dirección General de Servicios Consulares no recibir á promociones de trámites o servicios
durante el periodo vacacional que comprende del 18 de diciembre de 2023 al 02 de enero de 2024,
reanudándose las actividades el 03 de enero de 2024, a las 9:00 horas.
SEXTO.- Las Oficinas de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores localizadas tanto en la
Ciudad de México como en el interior de la República Mexicana, no suspenderán labores, por lo que segu irán
brindando servicio en los horarios establecidos, con excepción de los días 25 de diciembre de 2023 y 1 de
enero de 2024, los cuales son días de descanso oficial.
SÉPTIMO.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos, ubicada en Plaza Juárez número 20, Planta Baja,
Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06010, Ciudad de México, brindará
atención al público hasta las 13:00 horas del 15 de diciembre de 2023 y reanudará actividades el 03 de enero
de 2024, para operar en el horario habitual de 9:00 a 15:00 horas.
A excepción de los días inhábiles por disposición de ley, durante el periodo y domicilio señalado en el
párrafo anterior, la Oficialía de Partes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos establecerá una guardia
para la recepción de correspondencia, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas.
Para los siguientes procedimientos, la atención al público será conforme a lo siguiente:
I. Respecto de los trámites y servicios concernientes a procedimientos de Nacionalidad, Naturalización
y Artículo 27 Constitucional, la recepción de promociones que se realice hasta las 13:00 horas del 15
de diciembre de 2023, será aplicable tanto para las presentadas de manera presencial en el área de
atención al público como de las enviadas a través de medios electrónicos. De igual forma, dicha
disposición será aplicable para los Módulos de Atención al Público de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos, ubicados dentro de las Oficinas de Pasaportes de Mérida, Monterrey, Pachuca y
Tijuana (Aeropuerto).
II. La Dirección de Cooperación Procesal Internacional recibirá documentación hasta el día 15 de
diciembre de 2023, entendiéndose por ésta, cualquier tipo de documentación o notificación, ya sea
presentada de manera física o por cualquier medio electrónico, en el entendido que todo aq uello que
llegue de manera electrónica después de esta fecha no le correrán términos y empezarán a correr
plazos para ser atendidos hasta el día de reinicio de labores.
OCTAVO.- En las fechas citadas, el Centro de Enlace Diplomático atenderá cualquier consulta de carácter
urgente en los siguientes números telefónicos: 5536866041, 5536866046 y 5536866047.
Siendo el horario del Centro de Enlace Diplomático el habitual, es decir de 18:00 a 09:00 horas del día
siguiente, de lunes a viernes, sábados, domingos y días festivos las veinticuatro horas.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el 18 de diciembre de 2023.
Dado en la Ciudad de México, a los 13 días del mes de diciembre de 2023.- La Secretaria de Relaciones
Exteriores, Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra.- Rúbrica.

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