Diario Oficial de la Federación de 26/04/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXIII No. 18 Ciudad de México, miércoles 26 de abril de 2017
CONTENIDO
Auditoría Superior de la Federación
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
Banco de México
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Avisos
Indice en página 111
$37.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 26 de abril de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia San Jorge de las Cumbres en
Monterrey, N.L., para constituirse en asociación religiosa; derivada de Arquidiócesis de Monterrey, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA EN TIDAD
INTERNA DE ARQUIDIOCESIS DE MONTERREY, A.R., DENOMINADA PARROQUIA SAN JORGE DE LAS CUMBRES
EN MONTERREY, N. L.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
entidad interna denominada PARROQUIA SAN JORGE DE LAS CUMBRES EN MONTERREY, N. L. para
constituirse en asociación religiosa; derivada de ARQUIDIOCESIS DE MONTERREY, A.R., solicitud
presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos
principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: avenida Linces número 402, identificado como lote 001, manzana 419, fraccionamiento
Puerta de Hierro sector Linces, municipio de Monterrey, Estado de Nuevo León.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en aveni da
Linces número 402, identificado como lote 001, manzana 419, fraccionamiento Puerta de Hierro sector Linces,
municipio de Monterrey, Estado de Nuevo León, bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Propagar la Verdad Evangélica en todo su territorio, mediante las c elebraciones litúrgicas
y populares, con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los seres humanos”.
IV.- Representantes: Rogelio Cabrera López, Santiago Gutiérrez Sáenz, Amancio Olmos Gómez,
Humberto Rojas Reyes y/o Eduardo Servando Guerra Sepúlveda.
V.- Relación de asociados: Rogelio Cabrera López, Santiago Gutiérrez Sáenz, Amancio Olmos
Gómez, Humberto Rojas Reyes, José Antonio Muguerza Garza y Eduardo Servando Guerra Sepúlveda.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Gobierno Interno”, integrado por las personas y cargos siguientes: Rogelio Cabrera López, Arzobispo de
Arquidiócesis de Monterrey, A. R., Director General y Representante Legal; Santiago Gutiérrez Sáenz,
Representante Legal de Arquidiócesis de Monterrey, A. R.; Amancio Olmos Gómez, Ecónomo de
Arquidiócesis de Monterrey, A. R. y Representante Legal; Humberto Rojas Reyes, Párroco y Representante
Legal; José Antonio Muguerza Garza, Vicario Adscrito; y Eduardo Servando Guerra Sepúlveda,
Representante Legal de Arquidiócesis de Monterrey, A. R.
VIII.- Ministros de Culto: Rogelio Cabrera López, Santiago Gutiérrez Sáenz, Amancio Olmos Gómez,
Humberto Rojas Reyes y José Antonio Muguerza Garza.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día sigui ente
de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de abril de dos mil diecisiete.-
El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.-
Rúbrica.
Miércoles 26 de abril de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia San Juan Pablo II en
Escobedo, N.L., para constituirse en asociación religiosa; derivada de Arquidiócesis de Monterrey, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA EN TIDAD
INTERNA DE ARQUIDIOCESIS DE MONTERREY, A.R., DENOMINADA PARROQUIA SAN JUAN PABLO II EN
ESCOBEDO, N. L.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
entidad interna denominada PARROQUIA SAN JUAN PABLO II EN ESCOBEDO, N. L. para constituirse
en asociación religiosa; derivada de ARQUIDIOCESIS DE MONTERREY, A.R., solicitud presentada en la
Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que
a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calzada Anáhuac y Canal Pluvial sin número, fraccionamiento Calzadas de Anáhuac,
municipio de General Escobedo, Estado de Nuevo León, Código Postal 66059.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Parroquia
San Juan Pablo II En Escobedo, N. L., ubicado en calzada Anáhuac y Canal Pluvial sin número,
fraccionamiento Calzadas de Anáhuac, municipio de General Escobedo, Estado de Nuevo León, Código
Postal 66059, bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Propagar la Verdad Evangélica en todo su territorio, mediante las c elebraciones litúrgicas
y populares, con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los seres humanos”.
IV.- Representantes: Rogelio Cabrera López, Santiago Gutiérrez Sáenz, Amancio Olmos Gómez, Jesús
Alejandro Ramos Cantú y/o Eduardo Servando Guerra Sepúlveda.
V.- Relación de asociados: Rogelio Cabrera López, Santiago Gutiérrez Sáenz, Amancio Olmos Gómez,
Jesús Alejandro Ramos Cantú y Eduardo Servando Guerra Sepúlveda.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Gobierno Interno”, integrado por las personas y cargos siguientes: Rogelio Cabrera López, Arzobispo de
Arquidiócesis de Monterrey, A. R., Director General y Representante Legal; Santiago Gutiérrez Sáenz,
Representante Legal de Arquidiócesis de Monterrey, A. R.; Amancio Olmos Gómez, Ecónomo
de Arquidiócesis de Monterrey, A. R. y Representante Legal; Jesús Alejandro Ramos Cantú, Párroco
y Representante Legal; y Eduardo Servando Guerra Sepúlveda, Representante Legal de Arquidiócesis de
Monterrey, A. R.
VIII.- Ministros de Culto: Rogelio Cabrera López, Santiago Gutiérrez Sáenz, Amancio Olmos Gómez
y Jesús Alejandro Ramos Cantú.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día sigui ente
de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los cuatro días del mes de abril de dos mil diecisiete.-
El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.-
Rúbrica.

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