Diario Oficial de la Federación de 26/01/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXVI No. 18 México, D.F., lunes 26 de enero de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Comisión Nacional de Hidrocarburos
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Avisos
Indice en página 126
$37.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 26 de enero de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
DECRETO por el que se adiciona un párrafo al artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE ADICI ONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 60 BIS DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE.
Artículo Único.- Se adiciona un párrafo cuarto y se recorre el subsecuente al artículo 60 Bis de la Ley
General de Vida Silvestre para quedar como sigue:
Artículo 60 Bis. ...
...
...
Queda prohibida la utilización de ejemplares de mamíferos marinos en espectáculos itinerantes.
...
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
México, D.F., a 9 de diciembre de 2014.- Dip. Silvano Aureoles Conejo, Presidente.- Sen. Miguel
Barbosa Huerta, Presidente.- Dip. Laura Barrera Fortoul, Secretaria.- Sen. Lucero Saldaña Pérez,
Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintitrés de enero de dos mil quince.-
Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
SECRETARIA DE ECONOMIA
AVISO de consulta pública sobre la cancelación de las normas mexicanas NMX-A-091-INNTEX-2000,
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría d e Economía.-
Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas
AVISO DE CONSULTA PÚBLICA SOBRE LA CANCELACIÓN DE LAS NORMAS MEXICANAS
QUE SE INDICAN
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 3 fracción X, 51-A último párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 fracción V
Reglamento Interior de esta Secretaría, publica el aviso de consulta pública sobre la cancelación
de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que se encuentran bajo el ámbito de
competencia del Organismo Nacional de Normalización denominado Instituto Nacional de Normalización
Textil, A.C. (INNTEX).
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,
estas normas mexicanas se publican para consulta pública sobre su cancelación, a efecto de que dentro de
los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios sobre dicha cancel ación ante la
Dirección General de Normas para que en los términos de la Ley se cons ideren en el seno del Organismo que
las propuso en calle Tolsá número 54 Colonia Centro, código postal 06040, México, D.F . Tel: 5588 0572 y
5588 7822, Fax: 5578 6210 y/o a los correos electrónicos: rpineda@inntex.org.mx y vpalacios@inntex.org.mx.
Lunes 26 de enero de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
El texto completo de las normas que se indican pueden ser consultadas en la Dirección General de
Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco,
Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
CLAVE O CÓDIGO TÍTULO DE LA NORMA
NMX-A-091-INNTEX-2000 INDUSTRIA TEXTIL-TELAS NO TEJIDAS-DETERMINACION DEL ESPESOR
DE LOS MATERIALES TEXTILES-METODO DE PRUEBA (CANCELA A LA
NMX-A-091-1969).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece el método de prueba para determinar el espesor de los materiales
textiles, las condiciones que deben cumplirse, las características de sus componentes y sus propiedades
físicas. Es aplicable también a los materiales textiles tejidos y enfeltrados (algodón, lana y otras fibras
naturales y artificiales).
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana no equivale a ninguna Norma Internacional por no existir referencia alguna al
momento de su elaboración.
NMX-A-105-1968 DETERMINACION DEL ENCOGIMIENTO POR LAVADO DE TELAS PRE-
ENCOGIDAS.
Objetivo y campo de aplicación
El Método de Prueba que esta Norma establece, es para la determinación del encogimiento de telas y
prendas fabricadas con telas conteniendo ya sea algodón, lino o mezclas de algodón o lino con otras
fibras, al ser sometidas a los procesos de lavado doméstico, ya sean manuales o mecánicos e
industriales. El encogimiento por lavado es el cambio en distancias medidas debido a procedimientos de
lavado.
Concordancia con normas internacionales
No existe
NMX-A-148-1984 INDUSTRIA TEXTIL - DETERMINACION DE LA SOLIDEZ DE LOS COLORES
AL PLISADO - PLISADO POR VAPOR-METODO DE PRUEBA
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece el procedimiento para determinar la resistencia del color de los materiale s
textiles de todas clases y en todas sus formas, a la acción del proceso de plisado por vapor. Los
materiales no se plisan durante la prueba y se enfatiza que la prueba no tiene por o bjeto determinar la
calidad del proceso de plisado. Se proporcionan tres pruebas que difieren en severidad. Dependiendo d e
los requerimientos se pueden utilizar una o más de ellas.
Concordancia con normas internacionales
No existe
NMX-A-188-1995-INNTEX METODO DE PRUEBA PARA, DETERMINAR EL PUNTO DE FUSION DE
FIBRAS QUIMICAS.
Objetivo y campo de aplicación
La presente norma establece el método de prueba para la determinación del punto de fusión de fibras
químicas, por medio del aparato Fisher-Johns. El método es aplicable a cualquier tipo de fibra química,
hilos o telas, así como también a resinas y compuestos orgánicos sensibles al calor.

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