Diario Oficial de la Federación de 23/04/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXXXIX No. 17 México, D.F., jueves 23 de abril de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Instituto Mexicano del Seguro Social
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 23 de abril de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para
el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial, que celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Aguascalientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE SUS INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD PÚBLICA EN MATERIA DE MANDO POLICIAL”, EN LO SUCESIVO “SUBSIDIO”, QUE CELEBRAN EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO
EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ, Y EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD
FEDERATIVA”, REPRESENTADA POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. CARLOS LOZANO DE LA TORRE,
ASISTIDO POR EL JEFE DE GABINETE, EL C. ANTONIO JAVIER AGUILERA GARCÍA; SECRETARIO DE GOBIERNO,
EL C. SERGIO JAVIER REYNOSO TALAMANTES; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. EDUARDO
BAHENA PINEDA; EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA, EL C. FELIPE DE JESÚS MUÑOZ VÁZQUEZ Y EL
SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. ARMANDO FRANCISCO GUEL
MILONÁS, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LOS PARTICIPANTES” DE CONFORMIDAD CON EL
MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LOS PARTICIPANTES” protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas
74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 9 apartado A, del
Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE
EGRESOS”, y las demás disposiciones jurídicas aplicables al presente “CONVENIO”, razón por la cual se
obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos l egales y
administrativos conducentes.
DECLARACIONES:
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad
con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente
“LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría
de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional d e Seguridad Pública por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para celebrar el presente “CONVENIO”, de conformidad con los artículos 17 y 18,
fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 9 del “PRESUPUESTO DE EGRESOS”; 69, párrafo
segundo y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 5 y 8, fracción XII
del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y 17 de los
Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para el fortalecimiento
de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial para el ejercicio
fiscal 2015, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 2015, en lo
sucesivo “LINEAMIENTOS”.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio el
ubicado en avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, colonia Nueva Anzures,
delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
Jueves 23 de abril de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSIDIO” desi gna a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1,
colonia Nueva Anzures, delegación Miguel Hidalgo, código postal 11590, México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y población, libre y soberano en
cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y pop ular, como
lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados
II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, a
partir del 01 de Diciembre de 2010; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente
“CONVENIO”, en términos de los artículos 36 y 46 fracciones VII, inciso a) y XIX; 49 de la
Constitución Política del Estado de Aguascalientes, 2, 8, 9 y 13 fracción VII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Aguascalientes y demás disposiciones aplicables.
II.3 Se encuentra asistido por el Jefe de Gabinete, el Secretario de Gobierno, el Secretario de Seguridad
Pública, el Procurador General de Justicia del Estado y el Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de
Seguridad Pública, quienes cuentan con facultades para suscribir el “CONVENIO” conforme a lo
fracción VII, 15, fracción I, 24, fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Aguascalientes; 47, fracción IV, de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Morelos;
13, fracciones II, III y X, 22 y 39, fracción VIII de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública
de Aguascalientes.
II.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio, el
ubicado en Plaza de la Patria s/n, Zona Centro, Código Postal 20000, en la Ciudad de
Aguascalientes, Aguascalientes.
II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSIDIO” designa al Secretariado
Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sito en: Avenida de los Conos númer o 105,
Fraccionamiento Ojocaliente, C.P. 20190, en la Ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.
III. DECLARAN “LOS PARTICIPANTES”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el presente “CONVENIO” de acuerdo con el marco jurídico aplicable adhiriéndose
a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO Y NATURALEZA DE LOS RECURSOS. El presente “CONVENIO” tiene por objeto
que “EL SECRETARIADO” transfiera recursos presupuestarios federales del “SUBSIDIO” a “LA ENTIDAD
FEDERATIVA”, por conducto de la Secretaría de Finanzas, para apoyar sus programas en materia de
equipamiento y reorganización de estructuras de mando policial, y con ello, contribuir a fortalecer sus
instituciones de seguridad pública en materia de mando policial, conforme a los Programas con Prioridad
Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9, apartado A del “PRESUPUESTO DE EGRESOS”.
Los recursos del “SUBSIDIO” a que se refiere el objeto del presente “CONVENIO”, son no regularizables,
parcialmente concursables, y no pierden el carácter federal al ser transferidos según lo dispuesto en el artículo
4 de los “LINEAMIENTOS”. “LA ENTIDAD FEDERATIVA” libera a “EL SECRETARIADO” de la obligación de
ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aun y cuando los requiera para completar las acciones
derivadas del presente “CONVENIO”, o para cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo,
conforme lo previsto en el “PRESUPUESTO DE EGRESOS”.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL “SUBSIDIO”. De conformidad con el
“PRESUPUESTO DE EGRESOS” y los “LINEAMIENTOS”, “LA ENTIDAD FEDERATIVA” podrá recibir la
cantidad de $65,000,000.00 (SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) de los recursos del
“SUBSIDIO”, salvo que participe en la bolsa de recursos concursables, en cuyo caso podrá recibir recursos
adicionales. Recursos que deberán ser depositados en una cuenta bancaria específica productiva, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que permita
su identificación para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización a que se ref iere el inciso B) de la
Cláusula Tercera del presente “CONVENIO”.
Los destinos de gasto, rubros, acciones, metas, cuadros de conceptos y montos, así como cronogramas
de trabajo de los recursos convenidos, se incluirán en el Anexo Único, el cual una vez firmado por lo s
servidores públicos normativamente facultados formará parte integrante del presente “CONVENIO”.

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