Diario Oficial de la Federación de 18/09/2018 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXXX No. 12 Ciudad de México, martes 18 de septiembre de 2018
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Economía
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Cultura
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 125
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 18 de septiembre de 2018
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida el 7 de septiembre de 2018, en los
municipios de Acuña y Torreón del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficios número CJ/COE/286/2018 y CJ/COE/287/2018, recibidos con fecha 8 de septiembre
de 2018 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), y suscritos por el Gobernador del Estado d e
Coahuila de Zaragoza, Ing. Miguel Ángel Riquelme Solís, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB)
a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Acuña y T orreón de
dicha Entidad Federativa, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 7 y 8 de septiembre de 2018;
ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1516/2018, de fecha 8 de septiembre de 2018, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza s olicitados en los oficios
número CJ/COE/286/2018 y CJ/COE/287/2018 referidos con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-448 de fecha 10 de septiembre de 2018, la CONAGUA emitió el dictamen
técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa el día 7 de septiembre de 2018, para los
municipios de Acuña y Torreón del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Que el día 10 de septiembre de 2018, se emitió el Boletín de Prensa número 295/18, mediante el cual se dio
a conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Acuña y Torreón
del Estado de Coahuila de Zaragoza, por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 7 de septiembre de 2018,
con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa
Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de
salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA
SEVERA OCURRIDA EL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2018, EN LOS MUNICIPIOS
DE ACUÑA Y TORREÓN DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Acuña y Torreón del Estado de Coahuila de
Zaragoza, por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 7 de septiembre de 2018.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Coahuila de Zaragoza pueda acce der a los
recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a diez de septiembre de dos mil dieciocho.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Martes 18 de septiembre de 2018 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Todos Deben de Saber Quién es Jesús,
para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de
Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. JOSÉ LUZ VICENTE MORALES MUÑOZ DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA TODOS DEBEN DE
SABER QUIÉN ES JESÚS
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y
Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud d e registro de la
agrupación denominada IGLESIA TODOS DEBEN DE SABER QUIÉN ES JESÚS, para constituirse en
asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite
respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle “A” número 5, Fraccionamiento Fortín de las Flores, Delegación La Mesa, Municipio de
Tijuana, Estado de Baja California, C.P. 22114.
II.- Bien inmueble: Se relacionó para cumplir con su objeto el inmueble, ubicado en: Calle “A” número 5,
Fraccionamiento Fortín de las Flores, Delegación La Mesa, Municipio de Tijuana, Estado de Baja California,
C.P. 22114, mismo que fue manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la
determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el
siguiente: “Propagar el evangelio de nuestro Señor Jesucristo para beneficio de las familias en el mundo
entero…”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representantes: José Luz Vicente Morales Muñoz y/o Carlos Carrillo Aguayo.
VI.- Relación de asociados: José Luz Vicente Morales Muñoz, Carlos Carrillo Aguayo, Gabriel Padilla
Sánchez, Brazil Azamar Nuño Guerrero, Guillermo Ortega González, y Gilberto Antonio Urbina Morales
y Baez.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Consejo Directivo”, integrado por las personas y cargos siguientes: José Luz Vicente Morales Muñoz,
Presidente; Carlos Carrillo Aguayo, Vicepresidente; Gilberto Antonio Urbina Morales y Baez, Secretario; Brazil
Azamar Nuño Guerrero, Tesorero; Guillermo Ortega González,Vocal, y Gabriel Padilla Sánchez, Vocal.
IX.- Ministros de culto: José Luz Vicente Morales Muñoz, Carlos Carrillo Aguayo, Gabriel Padilla Sánchez,
Brazil Azamar Nuño Guerrero, Guillermo Ortega González y Gilberto Antonio Urbina Morales y Baez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-
El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz
León.- Rúbrica.

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