Diario Oficial de la Federación de 16/10/2023 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación16 Octubre 2023
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 12 Ciudad de México, lunes 16 de octubre de 2023
CONTENIDO
Cámara de Senadores
Secretaría de Gobernación
Secretaría de la Defensa Nacional
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec
Comisión Nacional para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 374
2 DIARIO OFICIAL Lunes 16 de octubre de 2023
PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE SENADORES
SALDOS en moneda nacional al 30 de septiembre de 2023 del fideicomiso en el que la Cámara de Senadores
participa como fideicomitente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Sena do de la República.-
LXV Legislatura.- Cámara de Senadores.- Secretaría General de Servicios Administrativos.
SALDOS en moneda nacional al 30 de septiembre de 2023 del fideicomiso en el que la Cámar a de
Senadores participa como fideicomitente.
CIFRAS EN MONEDA NACIONAL DEL FIDEICOMISO DE INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN No. 1705,
“Para Apoyar la Construcción y Equipamiento del Nuevo Recinto de la Cámara de Senadores”.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Federal de Pres upuesto y Responsabilidad
Hacendaria, se dan a conocer los ingresos y egresos, destino y saldo en moneda nacional del fideicomiso en
el que la Cámara de Senadores participa como fideicomitente.
Fideicomiso de Inversión y Administración 1705
“Para Apoyar la Construcción y Equipamiento del Nuevo Recinto de la Cámara de Senadores”.
Fideicomitente: Cámara de Senadores.
Fideicomiso Disponibilidad al 30 de Flujo de Efectivo Disponibilidad al 30 de
Número junio de 2023 Ingresos Egresos septiembre de 2023
1705 $871,996,608.99 $25,138,123.70 $1,248,581.40 $895,886,151.29
1/ 2/
1/ Aportaciones al patrimonio del Fideicomiso e intereses cobrados sobre inversiones financieras.
2/ Se refieren a erogaciones efectuadas por el fiduciario BANOBRAS, conforme al programa presupuesto aprobado por el
Comité Técnico por concepto de: Pagos por honorarios fiduciarios, honorarios coordinación administrativa, impuestos,
predial, derechos por suministro de agua y energía eléctrica.
Ciudad de México, a 12 de octubre de 2023.- Secretario General, Mauricio Farah Gebara.- Rúbrica.
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las
entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de
personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida
por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación, por
conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, y el Estado de Sinaloa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.-
Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE
SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA
REALIZAR ACCIONES DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE
DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA
NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN,
POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO
POR SU TITULAR KARLA IRASEMA QUINTANA OSUNA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA
“CNBP”; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, RUBÉN ROCHA MOYA; EL SECRETARIO
GENERAL DE GOBIERNO, ENRIQUE INZUNZA CÁZAREZ; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, ENRIQUE
Lunes 16 de octubre de 2023 DIARIO OFICIAL 3
ALFONSO DÍAZ VEGA; Y LA TITULAR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, KARINA
ELIZABETH MÁRQUEZ CALDERÓN, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, EN SU CARÁCTER DE
BENEFICIARIA DEL SUBSIDIO; Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”,
DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 26 de enero de 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por
el que se emiten los Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las Entidades Federativas a través de
sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en e l marco de la Ley
General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del
Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para el Ejercicio Fiscal 2023”, (en lo sucesivo “Lineamientos”),
cuyo objeto es establecer los requisitos, procedimientos y disposiciones para el otorgamiento, admi nistración,
ejercicio, seguimiento y evaluación de los recursos de los subsidios a los que podrá n acceder las Comisiones
Locales de Búsqueda de las entidades federativas constituidas legalmente, en el marco de la Ley General en
Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema
Nacional de Búsqueda de Personas (“Ley General”), para implementar proyectos que contribuyan a las
acciones de búsqueda y localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas.
Con fecha 31 de marzo de 2023, fue celebrado el Convenio de Coordinación y Adhesión para el
otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de B úsqueda para
realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la “Ley General”, entr e la Secretaría de
Gobernación, por conducto de la “CNBP” y el Gobierno del Estado de Sinaloa (“CONVENIO”).
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, (PEF 2023), el correspondiente
al Ramo 04 Gobernación, Programas Federales, Otros Subsidios, U-008 Subsidios para las acciones de
búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas subsidios y subvenciones; prevé una asignación
de $811’421,430.00 (Ochocientos once millones cuatrocientos veintiún mil cuatrocie ntos treinta pesos
00/100 M.N.), para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación a las entidades
federativas por medio de las Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de
personas, en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, de los
cuales a la fecha, queda pendiente la asignación de la cantidad de $248,890,407.71 (Doscientos cuarenta y
ocho millones ochocientos noventa mil cuatrocientos siete pesos 71/100 M.N.), por concepto de la bolsa de
recursos concursables.
Mediante oficio número SGG-137/2023, de fecha 03 de julio de 2023, el Gobierno del Estado de Sinal oa,
solicitó a la “CNBP” celebrar el presente instrumento jurídico. Lo anterior, con fundame nto en los artículos 22,
23, 24, 25 y 26 de los “Lineamientos” y en términos de la Cláusula Vigésima del “CONVENIO”.
Por oficio número SEGOB/CNBP/4322/2023, de fecha 26 de julio de 2023, la “CNBP” autorizó la
procedencia de la solicitud de acceso al recurso concursable solicitado.
En virtud de lo anterior, y toda vez que resulta necesario utilizar la totalidad de los recursos destinados
para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para realizar acciones de búsqueda y
localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas, “LAS PARTES” manifiestan su interés en celebrar
el presente Convenio Modificatorio al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. La “CNBP” declara que:
I.1. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del “CONVENIO”, las Declaraciones
manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes, con excepción de las expresadas en e l
presente Convenio Modificatorio, por lo que se tienen por reproducidas y ratificadas en su
integridad como si a la letra se insertaran en el presente Convenio Modificatorio.

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