Diario Oficial de la Federación de 15/08/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXVII No. 12 Ciudad de México, martes 15 de agosto de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Salud
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 125
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 15 de agosto de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa el día 15 de julio de 2017 en los municipios
de Chihuahua y Dr. Belisario Domínguez del Estado de Chihuahua, el día 22 de julio de 2017 en 4 municipios de
dicha entidad federativa; así como por inundación fluvial y pluvial el día 15 de julio de 2017 en los municipios
de Chihuahua y Juárez; el día 21 de julio de 2017 en el Municipio de Ojinaga y el día 23 de julio de 2017 en el
Municipio de Saucillo de dicha entidad federativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 28 de julio de 2017 se emitió el Boletín de Prensa número 214/17, mediante el cual se dio a
conocer que la Secretaría de Gobernación (SEGOB) por conducto de la Coordinación Nacional de Protección
Civil (CNPC), emitió una Declaratoria de Emergencia para el Estado de Chihuah ua por la presencia de lluvia
severa ocurrida el día 15 de julio de 2017 en los municipios de Chihuahua y Dr. Belisario Domínguez, el día 22
de julio de 2017 en los municipios de Ascensión, Casas Grandes, Janos y Nuevo Casas Grandes; así como
por inundación pluvial y fluvial en los municipios de Chihuah ua y Juárez el día 15 de julio de 2017; en Ojinaga
el día 21 de julio de 2017 y en Saucillo el día 23 de julio de 2017; publicándose la Declaratoria en el Diario
Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2017.
Que mediante oficio número DGPC/0806/2017, de fecha 7 de agosto de 2017, la Dirección General de
Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten,
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha des aparecido la situación de
emergencia por la cual fue emitida.
Que el 7 de agosto de 2017, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 227/17, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para el Estado de Chihuahua por la pr esencia
de lluvia severa ocurrida el día 15 de julio de 2017 en los municipios d e Chihuahua y Dr. Belisario Domínguez,
el día 22 de julio de 2017 en los municipios de Ascensión, Casas Grandes, Janos y Nuevo Casas Grandes;
así como por inundación pluvial y fluvial en los municipios de Chihuahua y Juárez el día 15 de julio de 2017;
en Ojinaga el día 21 de julio de 2017 y en Saucillo el día 23 de julio de 2017.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA EL DÍA 15 DE
JULIO DE 2017 EN LOS MUNICIPIOS DE CHIHUAHUA Y DR. BELISARIO DOMÍNGUEZ DEL ESTADO
DE CHIHUAHUA, EL DÍA 22 DE JULIO DE 2017 EN 4 MUNICIPIOS DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA;
ASÍ COMO POR INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL EL DÍA 15 DE JULIO DE 2017 EN LOS MUNICIPIOS
DE CHIHUAHUA Y JUÁREZ; EL DÍA 21 DE JULIO DE 2017 EN EL MUNICIPIO DE OJINAGA Y EL DÍA
23 DE JULIO DE 2017 EN EL MUNICIPIO DE SAUCILLO DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para el Estado de Chihuahua por la presencia de lluvia severa el día 15 de julio
de 2017 en los municipios de Chihuahua y Dr. Belisario Domínguez, el 22 de julio de 2017 en los municipios
de Ascensión, Casas Grandes, Janos y Nuevo Casas Grandes, así como por inundación pluvial y fluvial el día
15 de julio de 2017 en los municipios de Chihuahua y Juárez; el día 21 de julio de 2017 en Ojinaga, y el día 23
de julio de 2017 en Saucillo.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de los
LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a siete de agosto de dos mil diecisiete.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Martes 15 de agosto de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Obejas de Jesucristo, para constituirse en
asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. AGAPITO JARAMILLO CARRISALES Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA OBEJAS DE
JESUCRISTO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada OBEJAS DE JESUCRISTO, para constituirse en asociación religiosa; solicitud
presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos
principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Basquetbolistas número 500, lote 20, manzana 530, colonia La Alianza Parcela 17,
municipio de Monterrey, Estado de Nuevo León, código postal 64103.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble denominado Misión Ríos de
Agua Viva, ubicado en calle Basquetbolistas número 500, lote 20, manzana 530, colonia La Alianza Parcela
17, municipio de Monterrey, Estado de Nuevo León, código postal 64103, en uso bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Predicar el Evangelio de Jesucristo y discipular a personas a las Sagradas Escrituras
a fin de que puedan entablar una relación personal con Jesucristo como su Señor y Salvador y que a través
de este encuentro tengan una vida transformada en lo individual, lo familiar y lo social”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Agapito Jaramillo Carrisales.
VI.- Relación de asociados: Agapito Jaramillo Carrisales, Sergio Jaramillo González, Tania Stephania
Arlaeth Jaramillo García, Sergio Hiram Jaramillo García y Honorato Mariscal Contreras.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Agapito Jaramillo Carrisales, Presidente;
Sergio Jaramillo González, Vicepresidente; Tania Stephania Arlaeth Jaramillo García, Tesorera; Sergio Hiram
Jaramillo García, Secretario; y Honorato Mariscal Contreras, Vocal.
IX.- Ministros de culto: Agapito Jaramillo Carrisales, Sergio Jaramillo González, Tania Stephania Arlaeth
Jaramillo García, Sergio Hiram Jaramillo García y Honorato Mariscal Contreras.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de julio d e dos mil diecisiete.- El Director
General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

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