Diario Oficial de la Federación de 15/05/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXL No. 11 México, D.F., viernes 15 de mayo de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Turismo
Procuraduría General de la República
Instituto Mexicano del Seguro Social
Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Consejo de la Judicatura Federal
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Avisos
Indice en página 105
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 15 de mayo de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de inundación costera ocurrida del 2 al 4 de mayo de 2015,
en 4 municipios del Estado de Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2, fracción XXIV, 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61,
62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59,
fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por
el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); así como
5 último párrafo y 10 del “Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergenc ias
FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio sin número, recibido con fecha 5 de mayo de 2015 en la Coordinación Nacional de
Protección Civil (CNPC), el Gobernador del Estado de Guerrero, Dr. Salvador Rogelio Ortega Martínez,
solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de
Emergencia para los municipios de Acapulco de Juárez, San Marcos, Tecoanapa, Ayutla de los Libres,
Florencio Villarreal, Cuautepec, Copala, San Luis Acatlán, Azoyú, Igualapa, Cuajinicuilapa,
Tlacoachistlahuaca, Ometepec, Xochistlahuaca, Marquelia, Juchitán, Coahuayutla de José María Izazaga,
La Unión de Isidoro Montes de Oca, Zihuatanejo de Azueta, Petatlán, Técpan de Galeana, Atoyac de Álvarez,
Benito Juárez, y Coyuca de Benítez de dicha Entidad Federativa, por la presencia de inundación costera
provocada por elevación extraordinaria de oleaje del 2 al 4 de mayo de 2015; ello, con el propósito de acceder
a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/585/2015, de fecha 5 de mayo de 2015, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) la opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Guerrero
solicitados en el oficio sin número referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-0315 de fecha 6 de mayo de 2015, la CONAGUA emitió opinión técnica
corroborando el fenómeno de inundación costera del 2 al 4 de mayo de 20 15, para los municipios Acapulco de
Juárez, Técpan de Galeana, Benito Juárez y Coyuca de Benítez del Estado de Guerrero.
Que el día 7 de mayo de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 292, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Acap ulco de
Juárez, Técpan de Galeana, Benito Juárez y Coyuca de Benítez del Estado de Guerrero, por la presencia
de inundación costera ocurrida del 2 al 4 de mayo de 2015, con lo que se activan los rec ursos del Fondo para
la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos
para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE
INUNDACIÓN COSTERA OCURRIDA DEL 2 AL 4 DE MAYO DE 2015, EN 4 MUNICIPIOS
DEL ESTADO DE GUERRERO
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Acapulco de Juárez, Técpa n de Galeana,
Benito Juárez y Coyuca de Benítez del Estado de Guerrero, por la presencia de inundación costera ocurrida
del 2 al 4 de mayo de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Guerrero pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a siete de mayo de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.
Viernes 15 de mayo de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de inundación costera ocurrida del 2 al 4 de mayo de 2015,
en 6 municipios del Estado de Oaxaca.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2, fracción XXIV, 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61,
62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59,
fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por
el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); así como
5 último párrafo y 10 del “Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergenc ias
FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número SEGEGO/CEPCO/0170/2015, recibido con fecha 6 de mayo de 2015 en la
Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), el Secretario General de Gobierno del Estado d e Oaxaca,
Lic. Alfonso José Gómez Sandoval Hernández, solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de
la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Santiago Pinotepa Nacional,
San Pedro Pochutla, Santa María Colotepec, Santa María Huatulco, Villa de Tututepec de Melchor Ocampo,
Santa María Tonameca, San Pedro Mixtepec –Dto. 22- y Salina Cruz de dicha Entidad Federativa, por la
ocurrencia de inundaciones costeras que se presentaron por los vientos intensos, de form a tal, que el agua de
mar penetró tierra adentro en las zonas mencionadas, generando el cubrimiento de extensiones de terreno
durante los días 2, 3 y 4 de mayo de 2015; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la
Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/588/2015, de fecha 6 de mayo de 2015, la CNPC solicitó a la Comisión
Nacional del Agua (CONAGUA) la opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia CNPC
estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Oaxaca
solicitados en el oficio SEGEGO/CEPCO/0170/2015 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-316 de fecha 7 de mayo de 2015, la CONAGUA emitió opinión técnica
corroborando el fenómeno de inundación costera del 2 al 4 de mayo de 2015, para los municipios de San
Pedro Pochutla, Santa María Colotepec, Santa María Huatulco, Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, Santa
María Tonameca y San Pedro Mixtepec –Dto. 22- del Estado de Oaxaca.
Que el día 7 de mayo de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 293, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Sa n Pedro
Pochutla, Santa María Colotepec, Santa María Huatulco, Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, Santa María
Tonameca y San Pedro Mixtepec –Dto. 22- del Estado de Oaxaca, por la presenc ia de inundación costera
ocurrida del 2 al 4 de mayo de 2015, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de
Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos par a atender las
necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE
INUNDACIÓN COSTERA OCURRIDA DEL 2 AL 4 DE MAYO DE 2015,
EN 6 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de San Pedro Pochutla, Santa María Colotepec,
Santa María Huatulco, Villa de Tututepec de Melchor Ocampo, Santa María Tonameca y San Pedro Mixtepec
–Dto. 22- del Estado de Oaxaca, por la presencia de inundación costera ocurrida del 2 al 4 de mayo de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Oaxaca pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a siete de mayo de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente
Espinosa.- Rúbrica.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR